Juzgado de Garantía de Parral.

NN C/ ALADINO RODRIGO LEIVA PÉREZ

Rol

O-1694-2023

Fecha

2 de octubre de 2024

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El día 29 de diciembre de 2023, a las 22:50 horas, a raíz de un control policial en calle San Martín con Bosque, Parral, Carabineros sorprendió a Aladino Leiva Peña portando entre sus vestimentas la cantidad de 32 papelillos cuadriculados contenedores de 5,47 gramos de pasta base de cocaína, que no estaba destinada al consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo y tampoco destinada a tratamiento médico, y $33.810 en efectivo, proveniente de la venta. Además mientras esperaban la constatación de lesiones luego de la detención, Aladino Leiva Pérez amenazó al funcionario de Carabineros Suboficial Danilo Pincheira Badilla que se encontraba en ejercicio de sus funciones profiriendo las siguientes expresiones: “No sabís con quien te metiste, paco culiao, soy el chico Leiva, el que la lleva en la Arrau Méndez, y mañana por la mañana cuando salga a la calle te voy a matar de un balazo”, provocando un serio y fundado temor en el funcionario de verse expuesto a un mal mayor por la agresividad del acusado PARRAL, dos de octubre de dos mil veinticuatro. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70 del Código Penal; articulo 4 ley 20.000, artículo 417 del código de justicia militar, 388 y siguiente, 406 del Código Procesal Penal; Ley 18.216 se declara: Código: UUQRXQZXUNG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a ALADINO RODRIGO LEIVA PÉREZ, cédula de identidad 0012966458-4, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 29 de diciembre de 2023, como AUTOR del delito de Trafico de pequeñas cantidades (art. 4)., y de Amenazas a carabineros, en perjuicio de DANILO PINCHEIRA BADILLA, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de DOCIENTOS OCHO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y multa de DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y por el delito de Amenazas a cara

Fundamentos

considerando séptimo de esta sentencia, se sustituye de inmediato la pena de multa de 10 UTM por 30 días de privación de libertad o reclusión. IV.- Que según lo razonado en el considerando séptimo de esta sentencia las penas privativas de libertad que suman trescientos cuarenta y un días, más la pena sustituir de multa de diez unidades tributarias mensuales suman un total de doscientos setenta y nueve días, plazo que el imputado a estado privado de libertad por esta causa desde el día 29 de diciembre de 2023 hasta el día de hoy 02 de octubre de 2024, por lo cual todas las penas privativas de libertad como la sustitutiva de la multa se darán por cumplidas el día de hoy . V.- Dese cumplimiento a lo dispuesto en el articulo17 inciso 2° de la ley 19.970. VI.- Que no se condena en costas. VII .- Se decreta el comiso de las especies incautadas, la droga y el dinero. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese la sentencia. RIT Nº 1694 - 2023 RUC Nº 2301434307-5 Dictada por JOHN LANDERO SALGADO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Parral. SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PRESENTE SENTENCIA FUE DICTADA ORALMENTE EN AUDIENCIA DE ESTA MISMA FECHA Y SU CONTENIDO ÍNTEGRO SE ENCUENTRA REGISTRADO EN EL SISTEMA DE AUDIO DE ESTE JUZGADO DE GARANTÍA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 41 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. Código: UUQRXQZXUNG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: UUQRXQZXUNG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-02T14:21:26-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70 del Código Penal; articulo 4 ley 20.000, artículo 417 del código de justicia militar, 388 y siguiente, 406 del Código Procesal Penal; Ley 18.216 se declara: Código: UUQRXQZXUNG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a ALADINO RODRIGO LEIVA PÉREZ, cédula de identidad 0012966458-4, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 29 de diciembre de 2023, como AUTOR del delito de Trafico de pequeñas cantidades (art. 4)., y de Amenazas a carabineros, en perjuicio de DANILO PINCHEIRA BADILLA, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de DOCIENTOS OCHO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y multa de DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y por el delito de Amenazas a carabineros CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN SU GRADO MÁXIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas. III.- Que según lo razonado en el considerando séptimo de esta sentencia, se sustituye de inmediato la pena de multa de 10 UTM por 30 días de privación de libertad o reclusión. IV.- Que según lo razonado en el considerando séptimo de esta sentencia las penas privativas de libertad que suman trescientos cuarenta y un días, más la pena sustituir de multa de diez unidades tributarias mensuales suman un total de doscientos setenta y nue

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RUC N° : 2301434307-5 RIT N° : 1694 - 2023 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO 1 : Trafico de pequeñas cantidades (art. 4). DELITO 2 : Amenazas a carabineros (art. 417 cód. j.militar). IMPUTADO : ALADINO RODRIGO LEIVA PÉREZ. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0012966458-4 DOMICILIO : POBLACION ARRAU MENDEZ, CALLE DOS SUR Nº 600, Parral. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9 AGRAVANTES : no co

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