Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

GRUPO AMÉRICA LIMPIEZA S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COQUIMBO

Rol

I-40-2022

Fecha

27 de julio de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que, con fecha 26 de julio de 2022, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, se llevó a efecto audiencia única de conciliación, contestación y prueba en causa RIT I-40-2022 RUC 22-4-0412472-6, a la que comparecen ambas partes. El reclamante es GRUPO AMÉRICA LIMPIEZA S.A., RUT 76.210.159-8, domiciliada en Av. Venezuela N° 9576, comuna de Recoleta, y es representada por el abogado Luis Díaz López. La demandada es INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE COQUIMBO, representada legalmente por Lorena Miranda Cornejo, domicilio en calle Melgarejo N° 980, 3r piso, comuna de Coquimbo, representada por la abogada Andrea Ruiz Fuentes. SEGUNDO: Que, el actor reclama en contra de la resolución de multa N° 8087/22/12 de fecha 16 de junio de 2022 , siendo sancionada la reclamante por “NO LLEVAR CORRECTAMENTE EL LIBRO DE ASISTENCIA Y DE HORAS TRABAJADAS POR TENER BORRONES Y ENMENADURAS, FIRMAR DE CORRIDO, RESPECTO DE LA TRABAJADORA OLGA HERNANDEZ REYES, DURANTE EL MES DE MAYO DE 2022, ESPECÍFICAMENTE FIRMÓ DE CORRIDO DESDE EL 02.05.2022 AL 14.05.2022, TIENE ENMENDADO EL HORARIO DE SALIDA 07.05.2022 Y LA SEMANA DEL 23 AL 28 DEL AÑO EN CURSO Y EL INGRESO DEL DIA 30.05.2022 ” “En el dicho error los dependientes de la trabajadora con calidad de superiores jerárquicos suyos, o quienes cumplen funciones administrativas, no han podido legalmente intervenir el libro y no lo han hecho. Ahora, las inexactitudes que se pueden producir en punto a esas firmas, son atribuibles ya a la intención positiva de cometerlas, ya a mero error, descuido o negligencia del trabajador, pero nada autoriza a tenerlas por cometidas, sin más, intencionadamente. En el caso de la trabajadora Olga Hernández Reyes, ninguno de los errores cometidos por ella en la firma del libro, son intencionales, lo revelan claramente las enmendaturas, pues ella misma ha estampado todas las horas que aparecen registradas y ella misma las ha enmendado. Hay, pues, evidente error en la formulación de la pretendida infracción, error que nace de defectos propios de la fiscalización. Ello obliga a dejar sin efecto la multa cursada por la resolución que reclamo.”

Fallo

Por tanto, solicita tener por “interpuesta reclamación contra la Sra. Inspectora Provincial del Trabajo de Coquimbo, doña Lorena Patricia Miranda Cornejo, ya individualizada, superiora jerárquica de la fiscalizadora Sra. Carolina Beatriz Gómez Araya, pcr la multa única que esta última cursó a mi representada a través de la Resolución N° 8087/22/12, de 16 de junio de 2022, multa que se ha especificado y controvertido en el exordio. Solicito que, dada la cuantia de la multa, esta reclamación sea sometida a la tramitación monitoria y que, en definitiva, sea acogida, dejándose sin efecto la o, en subsidio, rebajándola al minimo de 3 UTM.” TERCERO: Que, la reclamada solicita el rechazo, por encontrarse la fiscalización y la multa ajustada a derecho, encontrándose las alegaciones íntegramente grabadas en audio. CUARTO: Que, por estimar el tribunal que existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, fija como tales los siguientes: 1. Efectividad de existir un error en la interposición de la infracción 8087/22/12 de fecha 16 de junio de 2022. Hechos y circunstancias. I. Prueba ofrecida y rendida. QUINTO: Que, la parte demandante ofreció e incorporó la siguiente prueba documental: 1) Resolución reclamada, la N° 8087/22/12 de 16 de junio de 2022, de la Inspección Provincial del Trabajo de Coquimbo, suscrita por la Fiscalizadora Sra. Carolina Gómez Araya. 2) Contrato de la trabajadora Olga Patricia Hernández Reyes RUT 26.041.265-5, domiciliada en Av. Portugal 1113, El Sauce

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintisiete de julio de dos mil veintidós. Vistos y considerando: PRIMERO: Que, con fecha 26 de julio de 2022, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, se llevó a efecto audiencia única de conciliación, contestación y prueba en causa RIT I-40-2022 RUC 22-4-0412472-6, a la que comparecen ambas partes. El reclamante es GRUPO AMÉRICA LIMPIEZA S.A., RUT 76.210.159-8, domicili

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