MINISTERIO PUBLICO C/ MANUEL JESÚS JARA LAZO
Rol
O-3269-2023
Fecha
1 de octubre de 2024
Materia
USURPACION DE NOMBRE.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos Que el día 20 de agosto de 2023, a las 14:00 horas aproximadamente, con ocasión del partido de futbol profesional entre los equipos de Colo Colo y Universidad Católica en el Estadio Monumental, ubicado en Avenida Marathon N°5300, de la comuna de Macul, el requerido MANUEL JESÚS JARA LAZO, con la finalidad de ingresar al recinto deportivo, exhibió a personal de Carabineros la cédula de identidad de DAVIS CAMILO JARA LAZO, número 17.589.811-5, persona viva y existente, identificándose como tal y usurpando el nombre de la víctima. Delito y grado de desarrollo Usurpación de nombre en contexto de la ley sobre violencia en los estadios, prescrito y sancionado en el artículo 214 del Código Penal con relación al artículo 17 de la ley N° 19.327, en grado de desarrollo de consumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE a don MANUEL JESÚS JARA LAZO, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Usurpación de nombre en contexto de la ley sobre violencia en los estadios, prescrito y sancionado en el artículo 214 del Código Penal con relación al artículo 17 de la ley N° 19.327, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 20 de agosto de 2023, en la comuna de Macul. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. SENTENCIA EJECUTORIADA. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: NYTXXQCVYXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-02T11:51:20-0300
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE a don MANUEL JESÚS JARA LAZO, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Usurpación de nombre en contexto de la ley sobre violencia en los estadios, prescrito y sancionado en el artículo 214 del Código Penal con relación al artículo 17 de la ley N° 19.327, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 20 de agosto de 2023, en la comuna de Macul. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. SENTENCIA EJECUTORIADA. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: NYTXXQCVYXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-02T11:51:20-0300
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2300898377-1 RIT : 3269 – 2023 IMPUTADO : MANUEL JESÚS JARA LAZO Cédula de Identidad : 16.071.869-2 Nacionalidad : Chilena Fecha de nacimiento : 26-08-1985 Domicilio : PARCELA 20, LOTE 5, LAS COLONIAS, Paine PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : Uno de octubre de dos mil veinticuatro JUEZ : VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVED
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica