ACOSTA/
Rol
V-773-2020
Fecha
16 de junio de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció Roberto Acosta Muñoz, chileno, divorciado, Ingeniero, cedula nacional de identidad N° 7.106.817-K, en representación de Minera Meridian Limitada, sociedad chilena del giro minería, RUT N° 96.508.670-6, ambos con domicilio en Cerro Colorado N° 5240, Torre del Parque II, oficina A, piso 9, comuna de Las Condes, Santiago, quien solicita la constitución de una concesión de exploración, denominada “PEREGRINO VIII 8”, con una superficie de 100 hectáreas, cuyo punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Freirina, provincia de Huasco, Región de Atacama. SEGUNDO: Que, el pedimento fue presentado el día 23 de noviembre de 2020, a las 09:48 horas, asignándosele el Rol V-773-2020, ordenándose inscribir y publicar con fecha 24 de noviembre de 2020. TERCERO: Que, a folio 5, se acompañó documento que da cuenta que se inscribió el pedimento, con fecha 24 de noviembre de 2020, a fojas 1413 N° 734 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Freirina del año 2020. Con igual fecha se acompañó copia de la publicación, que da cuenta de que se realizó el día lunes 7 de diciembre de 2020, en el Boletín Oficial de Minería N° 42.824. CUARTO: Que, con fecha 28 de enero de 2021, igualmente a folio 5, se acompañó el comprobante del pago de la tasa a beneficio fiscal por la suma de $25.515, pagada con fecha 10 de diciembre de 2020, y el comprobante del pago de la primera patente por la suma de $9.503, pagada el 19 de enero de 2021. QUINTO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.M. 6.778.500,00 292.700,00 V1 6.779.000,00 292.200,00 V2 6.779.000,00 293.200,00 V3 6.778.000,00 293.200,00 V4 6.778.000,00 292.200,00 SEXTO: Que, a folio 7, rola Ord. N° 2371, por el que se remite informe del Servicio Nacional de Geología y Minería de Atacama, de fecha 12 de abril de 2021, mediante el cual se informa que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y que, en efecto, la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y esta queda comprendida dentro del terreno pedido. SÉPTIMO: Que, a folio 8, con fecha 16 de abril de 2021, se trajeron los autos para fallo. OCTAVO: Que, en mérito de lo anterior, se observa que se han cumplido en tiempo y forma todas las exigencias legales. Y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1º inciso 2º, 22, 26, 28, 34, 43, 46, 52, 53 inciso 1º, 55, 57, 87, 90 y 232 del Código de Minería; el artículo 42 inciso 1º del Reglamento del Código de Minería contenido en el Decreto Supremo N° 1, de fecha 3 de enero de 1986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, el 27 de febrero de 1987; y los artículos 817, 826 y 828 del Código de P
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, QUEDA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “PEREGRINO VIII 8” Rol Nacional N° 03302-4833-5, con una superficie total de cien (100) hectáreas, a favor de MINERA MERIDIAN LIMITADA, ya individualizada y SE APRUEBA su plano. II.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y publíquese. III.- Inscríbase la presente sentencia, y IV.- Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese en su oportunidad. Dictada por SANDRA JANETT ORELLANA ARAYA, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Freirina. En Freirina, a dieciséis de junio de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la sentencia que antecede. SOR/eng Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-06-16T13:52:25-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Freirina CAUSA ROL : V-773-2020 CARATULADO : ACOSTA/ Freirina, dieciséis de junio de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció Roberto Acosta Muñoz, chileno, divorciado, Ingeniero, cedula nacional de identidad N° 7.106.817-K, en representación de Minera Meridian Limitada, sociedad chilena del g
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