BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/DISTRIBUIDOR Y COMERCIALIZADORA LIMITADA
Rol
C-35886-2019
Fecha
15 de junio de 2021
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, comparece Rigoberto Guti rrez Cabezas, abogado, ené representaci n judicial del Banco de Cr dito e Inversiones, sociedad an nima bancaria,ó é ó cuyo gerente general y representante legal es Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos domiciliados en calle Miguel Cruchaga N 920, piso 8, comuna de Santiago eº interpone demanda de interponer demanda de terminaci n inmediata de contratos deó arrendamiento, por no pago de rentas, en contra de la Sociedad Distribuidora y Comercializadora Limitada, entidad del giro de su denominaci n, representada poró Nicol s Andr s Urtubia Basualdo, empresario, en su calidad de arrendatario, y en contraá é de ste ltimo en calidad de fiador y codeudor solidario de la sociedad arrendataria,é ú ambos domiciliados en Avenida Santa Teresa N 133, comuna de Los Andes, Regi n de° ó Valpara so.í Fundamenta su presentaci n, se alando que su representada celebr ó ñ ó cuatro contratos de arrendamiento de bienes muebles con la precitada sociedad, los cuales se individualizan a continuaci n.ó Respecto del Contrato N 1, refiere que p° or escritura privada de fecha 22 de febrero de 2018, protocolizada en la Notar a P blica de Santiago de F lix Jara Cadotí ú é con fecha 23 de marzo de 2018, anotada bajo el Repertorio N 8776-2018, su° representada celebr un contrato de arrendamiento de bienes muebles, denominadoó Condiciones Especiales , con la Sociedad Distribuidora y Comercializadora Limitada,“ ” en virtud del cual dio en arrendamiento a la demandada, una Camioneta; marca: MITSUBISHI; modelo: L200 KATANA CRT 2.4; n mero de motor 4N15UBM3760;ú n mero de chasis: MMBJJKL10HH025506: color: ROJO; a o: 2018; Placa Patenteú ñ nica: KGWX.39-5, cuya renta de arrendamiento ser a pagado con 24 rentas iguales,Ú í mensuales y sucesivas por un monto de $730.149, m s Impuesto al Valor Agregadoá (I.V.A.), cada una de ellas, las que ser an pagadas todos los d as 05 de cada mes, aí í contar del d a 5 de abril de 2018.í Expone que llegada
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, notificados legalmente los demandados stos noé comparecieron al juicio, el que se sigui en su rebeld a.ó í SEGUNDO: Que, la demandante acompa a los autos, entre otros: 1.)ñó Condiciones Especiales, Contrato de Arrendamiento Con Opci n de Compra de Bienó Mueble Banco de Cr dito e Inversiones con Sociedad Distribuidora y Comercializadoraé Limitada N Operaci n 77174, de fecha 22 de febrero de 2018; 2.) Condiciones° ó LLV C-35886-2019 Foja: 1 Especiales, Contrato de Arrendamiento Con Opci n de Compra de Bien Mueble Bancoó de Cr dito e Inversiones con Sociedad Distribuidora y Comercializadora Limitada Né ° Operaci n 77169, de fecha 22 de febrero de 2018; 3.) Condiciones Especiales, Contratoó de Arrendamiento Con Opci n de Compra de Bien Mueble Banco de Cr dito eó é Inversiones con Sociedad Distribuidora y Comercializadora Limitada N Operaci n° ó 77176, de fecha 22 de febrero de 2018; 4.) Condiciones Especiales, Contrato de Arrendamiento Con Opci n de Compra de Bien Mueble Banco de Cr dito e Inversionesó é con Sociedad Distribuidora y Comercializadora Limitada N Operaci n 77175, de fecha° ó 22 de febrero de 2018; 5.) Certificado de Protocolizaci n Contrato de Arrendamientoó Condiciones Generales Banco de Cr dito e Inversiones, de fecha 9 de octubre de 2014,é Repertorio N 15.046-2014 de la Notar a P blica de Santiago de Osvaldo Pereira° í ú Gonz lez; 6.) Actas de Entrega, Orden de Compra N 44909, N 44906, N 44907 y Ná ° ° ° ° 44908, de fechas 27 de febrero de 2018, respectivamente; 7.) Certificados de Inscripci nó y Anotaciones Vigentes en el Registro de Veh culos Motorizados del Servicio de Registroí Civil e Identificaci n de los veh culos Placa Patente nica: KGWX.39-5; KGWX.37-9;ó í Ú KGWX.40-9 y KGWX.38-7, todos de fecha 17 de diciembre de 2019, documentos no objetados de contrario, que de conformidad a lo dispuesto por el art culo 346 N 3 delí ° C digo de Procedimiento Civil en concordancia con los art culos 1.700 y 1.702 deló í C digo Civil permiten tener por acreditada, por una parte, la existencia y estipulacionesó del contrato cuya terminaci n y pago de rentas se demanda en autos, y al mismo tiempoó el cumplimiento oportuno del demandante de sus obligaciones correlativas, respecto de la entrega de la especie arrendada. TERCERO: Que la parte demandada no ha acreditado como era de su cargo el cumplimiento de sus obligaciones, especialmente la de pago del canon mensual pactado, por lo que procede en consecuencia acoger la demanda de terminaci n s lo en la formaó ó que se dir m s adelante. á á CUARTO: Que en los contratos de arrendamiento, sin alterar su naturaleza jur dica, debe entenderse la obligaci n del arrendatario de pagar las rentas deí ó arrendamiento por los periodos en que se produzca efectivamente el uso que le fuera conferido, procediendo la condena s lo por las rentas de arrendamiento hasta laó restituci n material de la especie arrendada.ó QUINTO: Que en lo tocante a la cantidad demandada por la actora, ha
Fallo
fallo cause ejecutoria.í Sin perjuicio de lo se alado precedentemente, las sumas que resultaren de lañ liquidaci n o c lculo que eventualmente se practicar en su oportunidad, deberó á á á necesariamente ser rebajada a una suma equivalente al duplo de las obligaciones dinerarias por concepto de rentas, tal como lo precept a el art culo 1.544 del C digoú í ó Civil. OCTAVO: Que, tambi n se acceder a condenar solidariamente a Nicol sé á á Andr s Urtubia Basualdo, por estipularlo as las partes en la cl usula und cima delé í á é contrato, tal como se dir en lo resolutivo de este fallo.á Y, de conformidad al m rito de lo expuesto y teniendo adem s presente lo queé á disponen los art culos 1437, 1445, 1489, 1511, 1544, 1545, 1698, 1915 y siguientes delí C digo Civil; 144, 160, 169, 170, 346 N 3, 680 y siguientes del C digo deó º ó Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se acoge la demanda de fecha 9 de marzo de 2020, en cuanto se declara que el contrato de arrendamiento de fecha 22 de febrero de 2018 que lig a lasó partes respecto de: - Una camioneta; marca: MITSUBISHI; modelo: L200 KATANA CRT 2.4; n mero de motor 4N15UBM3760; n mero de chasis: MMBJJKL10HH025506: color:ú ú ROJO; a o: 2018; Placa Patente nica: KGWX.39-5; ñ Ú LLV C-35886-2019 Foja: 1 - Una camioneta; marca: MITSUBISHI: modelo: L200 KATANA CRT 2.4; n mero de motor: 4N15UBM3667; n mero de chasis: MMBJJKL10HH025428; color:ú ú ROJO; a o: 2018; Placa Patente nica: KGWX.37-9.ñ Ú - Una camioneta; marca: MITSUBISHI: modelo
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C-35886-2019 Foja: 1 FOJA: 33 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-35886-2019 CARATULADO : BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/DISTRIBUIDOR Y COMERCIALIZADORA LIMITADA Santiago, quince de Junio de dos mil veintiuno VISTOS: Que, a folio 1, comparece Rigoberto Guti rrez Cabezas, abogado, ené representaci n judicial del Banco de Cr dito e Inversiones,
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