10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MICHEL ALEXIS LÓPEZ URRUTIA

Rol

O-130-2024

Fecha

30 de septiembre de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que el día 5 de enero del año , en horas de la noche, el imputado MICHEL ALEXIS LÓPEZ URRUTIA fue sorprendido en el sector de Arturo Alessandri con Pasaje Pio XII, comuna de Pedro Aguirre Cerda, transfiriendo a Danny Mauricio Marambio Valdivieso un envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedor de cocaína con un peso bruto de 8 milígramos; además en su poder se encontró 8 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de cocaína base con un peso bruto de gramos y miligramos, todo ello sin contar con las autorizaciones respectivas, además de . mil pesos de dinero en efectivo, de diferente denominación. Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro.- Vistos, oídos los intervinientes y teniendo presente: Lo dispuesto en los artículos , 3, N° , 4, 5, 8, 2 , 30, 50, 68, 6 , 70 del Código Penal; artículo y 4 de la Ley 20.000; artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal Se declara: l.- Que se condena a MICHEL ALEXIS LÓPEZ URRUTIA, ya individualizado, a la pena de doscientos cincuenta y ocho días de presidio menor en su grado mínimo, multa de seis Unidades Tributarias Mensuales y suspensión de cargo u oficio Código: GHDYXQKZMUF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de TRÁFICO DE DROGAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, hecho perpetrado el día 5 de enero del año en territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que la pena corporal impuesta se tendrá por cumplida con los días que permaneció privado de libertad por estos antecedentes, esto es desde el día de enero del año , al día de hoy. III.- Que la multa impuesta deberá ser enterada en parcialidades mensuales, iguales y sucesivas, de unidad tributaria mensual, que serán pagaderas el último día hábil de cada mes, la primera de ellas, desde el mes siguiente al que quede ejecutoriada esta sentencia. IV.- Se decreta el comiso de las espec

Fallo

Se declara: l.- Que se condena a MICHEL ALEXIS LÓPEZ URRUTIA, ya individualizado, a la pena de doscientos cincuenta y ocho días de presidio menor en su grado mínimo, multa de seis Unidades Tributarias Mensuales y suspensión de cargo u oficio Código: GHDYXQKZMUF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de TRÁFICO DE DROGAS EN PEQUEÑAS CANTIDADES, hecho perpetrado el día 5 de enero del año en territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que la pena corporal impuesta se tendrá por cumplida con los días que permaneció privado de libertad por estos antecedentes, esto es desde el día de enero del año , al día de hoy. III.- Que la multa impuesta deberá ser enterada en parcialidades mensuales, iguales y sucesivas, de unidad tributaria mensual, que serán pagaderas el último día hábil de cada mes, la primera de ellas, desde el mes siguiente al que quede ejecutoriada esta sentencia. IV.- Se decreta el comiso de las especies incautadas. V.- Ejecutoriada la sentencia se determinará la huella genética del sentenciado que será incluida en el Registro de Condenados conforme a lo dispuesto en el artículo de la Ley . . VI.- Que habiendo el sentenciado renunciado a su derecho a un juicio oral, se le exime del pago de las costas de esta causa. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Re

Texto Completo (Preview)

RUC : - RIT : - MAGISTRADO : CLAUDIO ORTEGA LOYOLA NOMBRE IMPUTADO : MICHEL ALEXIS LÓPEZ URRUTIA CEDULA DE IDENTIDAD : . . - DOMICILIO : Pasaje BUZETA Nº , comuna de Lo Espejo. FISCAL : ORIETTA GALDAMES ARANCIBIA DEFENSOR PRIVADO : CRISTIAN BUSTAMANTE GUTIÉRREZ TRIBUNAL : 10º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : treinta de septiembre de dos mil veinticuatro CIRCUNSTANCIAS MODIFICA

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