EDUARDO ANDRES CUBILLOS OJEDA C/ ROCIEL BLADIMIR AGUILANTE CHICUY
Rol
O-516-2024
Fecha
25 de septiembre de 2024
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a don ROCIEL BLADIMIR AGUILANTE CHICUY, RUN . . - , ya individualizado, a la pena DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO; multa de UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; accesoria legal de SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR por el plazo de AÑOS; y accesoria legal de suspensión para cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con sanción vigente, descrito y sancionado en el artículo 196, en relación a los artículos 110 y 209 inciso 2°, todos de la ley N° 18.290 de Tránsito, perpetrado en Calbuco el día 0 de mayo de 0 . II.- Que se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la RECLUSIÓN PARCIAL, por igual término, bajo la modalidad de RECLUSIÓN NOCTURNA, consistente en el encierro del condenado en su domicilio, ubicado en TOMAS LOS LONCOS S/N, de la comuna de Calbuco, entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente. El control y fiscalización del cumplimiento de esta pena sustitutiva quedará a cargo del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Puerto Montt, bajo la modalidad de Monitoreo Telemático. Sólo en caso que no exista factibilidad técnica, el control se realizará por el mismo Centro, a través de la fiscalización de Carabineros de Chile. Ofíciese al Departamento de Monitoreo Telemático, con el objeto que se evacúe un informe de factibilidad Código: CFPYXQXCQM
Texto Completo (Preview)
DICTA SENTENCIA: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Calbuco, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 47, 297, 340 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 15 N° 1, 30, 49
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