Juzgado de Letras y Garantía de Quintero.

CAMILA FERNANDA QUIROZ DIAZ C/ ALEJANDRO JOVINO MARCHANT MARÍN

Rol

O-1568-2021

Fecha

27 de septiembre de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 1 N° 1, 1, 3 , 9, 1, 67, 69, 96 N° 3 del Código Penal; arts. 3 , 36, , 3 8, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18. 16, SE DECLARA: I.- Que se condena a ALEJANDRO JOVINO MARCHANT MARÍN, cédula de identidad N° 19.6 .93 - , ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, y a la accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de Amenazas Simples contra las personas, previsto y sancionado en el artículo 96 N° 3 del Código Penal, por hechos ocurridos con fecha 19 de julio de 1, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en grado de consumado. II.- Que, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de las pena privativa de libertad impuestas por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de su domicilio, CRS de Valparaíso, por el término de UN AÑO, debiendo cumplir además las condiciones establecidas en el artículo ° de la Ley 18. 16. Deberá presentarse a dicho centro dentro de días Código: QXXJXQSHMXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl contados desde que la sentencia se encuentre firme o ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta, abonándose a su favor el tiempo de ejecución de dicha pena sustitutiva, debiendo certificarse en su oportunidad. III.- Que se dará lugar a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 18. 16, dado que el sentenciado cumple con los requisitos establecidos en dicha norma, oficiándose al Registro Civil para que omita de su certificado de antecedentes para fines laborales la anotación a que ha dado origen la presente sentencia, una vez ejecutoriada. IV.-

Fallo

Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 1 N° 1, 1, 3 , 9, 1, 67, 69, 96 N° 3 del Código Penal; arts. 3 , 36, , 3 8, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18. 16, SE DECLARA: I.- Que se condena a ALEJANDRO JOVINO MARCHANT MARÍN, cédula de identidad N° 19.6 .93 - , ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, y a la accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de Amenazas Simples contra las personas, previsto y sancionado en el artículo 96 N° 3 del Código Penal, por hechos ocurridos con fecha 19 de julio de 1, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, en grado de consumado. II.- Que, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de las pena privativa de libertad impuestas por la de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social de su domicilio, CRS de Valparaíso, por el término de UN AÑO, debiendo cumplir además las condiciones establecidas en el artículo ° de la Ley 18. 16. Deberá presentarse a dicho centro dentro de días Código: QXXJXQSHMXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl contados desde que la sentencia se encuentre firme o ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado

Texto Completo (Preview)

Sentencia en Procedimiento Simplificado: Quintero, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro.- (La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada).- Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 1 N° 1, 1, 3 , 9, 1, 67, 69, 96 N° 3 del Código Penal; arts. 3 , 36, , 3 8, 3

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