7º Juzgado de Garantía de Santiago

ROLANDO ALEXIS MEDINA SAGAL C/ KEIDER DANIEL MANRIQUE

Rol

O-4251-2023

Fecha

25 de septiembre de 2024

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297, LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El 4 y 5 de abril de 2023, en horas indeterminadas, en el módulo 88 del Centro de Detención Preventiva Santiago 1, ubicado en la comuna de Santiago, los imputados internos Keider Daniel Manrique y José Ramón Uzcategui Rodríguez, golpearon y apuñalaron en distintas partes del cuerpo a la víctima interno César Daniel García Martínez y lo obligaron a llamar a su pareja Fiorela Maravic para que esta realizara depósitos de dinero, bajo amenaza de seguir golpeándolo. A raíz de lo anterior la pareja de la víctima realizó depósitos de dinero en la cuenta que fue aportada por los imputados. La víctima resultó con heridas cortopunzantes en brazo izquierdo, muslo posterior izquierdo, brazo derecho, hematomas múltiples en el rostro y herida punzante en la mano izquierda de carácter menos graves. El 4 y 5 de abril de 2023, en horas indeterminadas, en el módulo 88 del Centro de Detención Preventiva Santiago 1, ubicado en la comuna de Santiago, los imputados internos Keider Daniel Manrique y José Ramón Uzcategui Rodríguez, agredieron a la víctima interno Freddy Waldir Santos Ruiz, lo quemaron con una lata calentada con encendedores en distintas partes del cuerpo, lo obligaron a sacarse la ropa y con una punta de lata marcaron su espalda y le apuñalaron el pie derecho, además le propinaron golpes de pie y de puño y lo obligaron a llamar a su pareja Yanina Marín para que esta realizara depósitos de dinero para” pagar la estadía en la pieza de la unidad penal” o de lo contrario lo iban a apuñalar. A raíz de lo anterior la pareja de la víctima realizó depósitos de dinero para evitar que se continuara con la agresión. La víctima resultó con hematoma en el ojo izquierdo. Marcas realizadas con una lata en la espalda que representan tres números 6 y una es trella y una herida cortopunzante en los ortejos del pie derecho de carácter menos graves. Código: YXMQXQCUSSE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El 5 de a

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a JOSE RAMON UZCATEGUI RODRIGUEZ, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de dos delitos de Amenazas extorsivas, previsto y sancionado en el artículo n° del Código Penal, hechos acaecidos en la comuna de Santiago, el día 4 y 5 de abril de 2023, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que se condena a JOSE RAMON UZCATEGUI RODRIGUEZ, ya individualizado, a la pena de TESCIENTOS DÍAS 300) de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de tres delitos de Lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo del Código Penal, hechos acaecidos en la comuna de Santiago, el día y de abril de , que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. III.- Que NO reuniendo los requisitos de la Ley . , el cumplimiento de las penas será EFECTIVO, SIN abonos que considerar. IV.- Se exime al imputado al pago de las costas de la causa al haber aceptado este procedimiento abreviado y al haber evitado la realización de un juicio oral. V.- Una vez ejecutoriado el presente fallo dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes NO renunciaron a los p

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PROCEDIMIENTO: ABREVIADO FECHA: Santiago, veinticinco septiembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ISABEL MARGARITA CORREA HAEUSSLER RUC: - RIT: - IMPUTADO: JOSE RAMON UZCATEGUI RODRIGUEZ C.I. - DELITOS Dos Amenazas extorsivas Tres Lesiones menos graves ARTICULO N° del Código Penal 399 del código penal PARTICIPACION AUTOR G. DE DESARROLLO Consuma

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