2º Juzgado de Garantía de Santiago

M.P. C/ NN

Rol

O-8521-2023

Fecha

26 de septiembre de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Con fecha 19 de diciembre de 2023 alrededor de las 17:05 horas, encontrándose la imputada Jeannette Susana FERNANDEZ BUSTAMANTE, al interior de su domicilio ubicado en calle El Tebo n° 91 , comuna de Quilicura, llega al lugar el infractor de iniciales A.M.M.S. ( Alfonso Mario MENA SALINAS, )transfiriéndole Fernandez Bustamante a cambio de dinero $ 2.000 01 bolsa con polvo color beige en su interior el que sometido a prueba de campo arrojo coloración positiva a la presencia de cocaína con un peso bruto de 0.58 gramos NUE 167462. Con fecha 04 de enero de 2024 alrededor de las 16.20 horas, en virtud de una orden de entrada y registro autorizada por juez de 2 juzgado de garantía de Santiago, funcionarios de la agrupación microtrafico cero de Bicrim Renca, ingresaron al inmueble ubicado en calle El Tebo n° 91, comuna de Renca. Una vez en el interior, precisamente en la dependencia destinada a living comedor se encontraba la imputada Jeannette Susana FERNANANDEZ BUSTAMANTE, quien mantenía con el objeto de traficar sobre la mesa del comedor un plato contenedora de una sustancia en polvo compacta color beige, la cual sometida a prueba de campo arrojo coloración positiva a la presencia de cocaína, con un peso bruto de 12.82 gramos.( muestra 1) NUE.167490. En el mismo lugar la imputada mantenía un monedero color rosado contenedor de 02 bolsas de nylon transparente contendora de una sustancia en polvo color blanco que sometido a prueba de campo arrojo coloración positiva a la presencia de clorhidrato de cocaína con un peso bruto de 5.49 gramos ( muestra 2) NUE 167491. Sobre una silla en la misma dependencia la imputada guardaba 01 bolsa de nylon color verde contenedora de un envoltorio de papel cuadriculado color blanco con sustancia en polvo compacto en su interior, el que sometido a prueba de campo arrojo coloración positiva a la presencia de cocaína base con un peso bruto de 36.29 gramos ( muestra 3) NUE 167492. A continuación, sobre la mesa del comedor la imputada

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena JEANNETTE SUSANA FERNÁNDEZ BUSTAMANTE ya individualizada, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y a una multa de 1 UTM, como autora del delito de TRAFICO DE DROGAS del artículo 3 de la ley 20.000, cometido el día 4 de enero de 2024, en la comuna de Quilicura, en grado de consumado. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda al domicilio de la imputada y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley. La sentenciada deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, con el oficio entregado, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta le fuese revocada o quebrantada, la condenada cumplirán íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, 26 de septiembre de 2024 TRIBUNAL: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: Mónica Patricia Bellalta Queraltó RUC: 2301162889-3 RIT: 8521-2023 IMPUTADA: JEANNETTE SUSANA FERNÁNDEZ BUSTAMANTE C.I. 14.425.079-6 FECHA DE NAC. 31-10-1974 DIRECCION Pasaje El Tebo N° 91 COMUNA: Quilicura DELITO TRAFICO DE DROGAS ARTICULO Artí

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