7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ESTEBAN BATISTA SANCHEZ

Rol

O-6336-2024

Fecha

26 de septiembre de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día de mayo del año , siendo las : horas aproximadamente, en un paradero de locomoción colectiva ubicado en Avenida Santa Rosa esquina calle Ñuble, comuna de Santiago, mientras la víctima Kleimar Nacari Ramirez Julio, de años, mantenía su teléfono móvil en una de sus manos, fue abordada por el imputado Esteban Batista Sánchez, quien intentó arrebatarle dicha especie con sus manos, iniciándose un forcejeo y debido a la oposición de la afectada, procedió a empujarla, arrojándola al suelo, le apretó las muñecas de las manos y luego la tomó de sus cabellos arrastrándola por el piso. Así, aprovechándose de la violencia ejercida sobre la afectada, el imputado Batista Sánchez al final logró arrebatarle una mochila marca Totto, multicolor, que portaba consigo y en cuyo interior mantenía un par de zapatillas marca Nike de color rojo con blanco y un par de lentes ópticos de color negro, especies con las cuales huyó del lugar. Producto de estos hechos la víctima Kleimar Nacari Ramirez Julio resultó con las siguientes lesiones: ERITEMA EN REGION MEDIAL DE MUÑECA IZQUIERDA, de carácter leve, según lo informado por el facultativo de turno que la atendió. SE DECLARA: I.- Que se condena a ESTEBAN BATISTA SANCHEZ, Cédula de Identidad N° 888 8- , ya individualizado, a la pena 3 AÑOS y 1 DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de Código: TVMXXQBTSFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena en calidad de AUTORA del delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionados en el artículo inciso primero del Código Penal en relación a los artículos y ambos del Código Penal, en grado de CONSUMADO, cometido el día de mayo del año en la comuna de Santiago. Sin costas. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo de la Ley 8. y habiendo oído al Minis

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a ESTEBAN BATISTA SANCHEZ, Cédula de Identidad N° 888 8- , ya individualizado, a la pena 3 AÑOS y 1 DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de Código: TVMXXQBTSFE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena en calidad de AUTORA del delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionados en el artículo inciso primero del Código Penal en relación a los artículos y ambos del Código Penal, en grado de CONSUMADO, cometido el día de mayo del año en la comuna de Santiago. Sin costas. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo de la Ley 8. y habiendo oído al Ministerio del Interior se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL. El condenado no podrá regresar a Chile en un plazo de diez años, contados desde la presente fecha. En el evento de incumplimiento, se le revocará la pena de expulsión y deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, sirviéndole de abono los días que permaneció privado de libertad en esta causa, completando un total de 117 días, más el tiempo que trascurra hasta que se concrete su expulsión. Ofíciese al servicio Nacional de Migraciones para efectos que se lleve a cabo la imple

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PROCEDIMIENTO Abreviado FECHA: Santiago., veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA RUC: - RIT: - IMPUTADO: ESTEBAN BATISTA SANCHEZ C.I. - NACIONALIDAD Cubano. DELITO ROBO CON VIOLENCIA artículo inciso primero del Código Penal en relación a los artículos y ambos del Código Penal PARTICIPACIÓN Autor G

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