1º Juzgado de Letras de la Serena

ARANCIBIA/

Rol

V-58-2020

Fecha

14 de junio de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS ( )Con fecha 16 de marzo de 2020 folio 1 , comparece doña MILENKA KIARA ARANCIBIA GUZMÁN, manipuladora de , . . - , alimentos cédula nacional de identidad Nº18 047 689 K domiciliada en , ; Avenida Islon Nº18 La Serena deduciendo reclamación en contra de . , negativa del Sr Conservador de Bienes Raíces de La Serena por lo .argumentos de hecho y de derecho que expone Antecedentes de hecho. Refiere que , con fecha 12 de febrero del año 1991 su madre la , señora MARIA DEL CARMEN GUZMAN POBLETE contrajo , matrimonio con don JOSE MANUEL ARANCIBIA LARA inscrito con ° , , ,el N 356 del registro del mismo año de la circunscripción de Ñuñoa , bajo el régimen de sociedad conyugal según da cuenta el certificado de .matrimonio que acompaña Señala que la relación duró , hasta el año 2005 luego de esta , fecha los cónyuges vivieron vidas separadas es del caso que con fecha , 22 de diciembre del año 2009 su madre realizó una compraventa ante ; , ,la Segunda Notaría de La Serena Notaria Don Oscar mediante la cual , compra el inmueble ubicado en el Sitio dieciocho de la manzana B de , , la población Islón el cual se anotó en el Repertorio con el número . , 22 099 y se inscribió a fojas 8334 número 6017 del Registro de Propiedades correspondiente .al año 2009 , Por lo tanto dice que su madre adquirió este inmueble , encontrándose legalmente casada pero separada de hecho del señor José , , ,Arancibia lo cual la indujo en un error en el escrito de compraventa , esto por cuanto en el punto undécimo de esta escritura su madre , .declaró poseer el estado civil de soltera estando aun casada Que p , or lo anterior es necesario que se enmiende este error al , estar su madre y su padre fallecidos como heredera viene a solicitar , que se ordene al Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad acepte , la escritura de compraventa original corrigiendo este error a través de , una subinscripción al margen de la inscripción respectiva en el que se , consigne que según consta del certificado d

Fundamentos

Motivos del reclamo. Dice que e , l presente reclamo se funda en su derecho y el de sus , ,hermanos en obtener la inscripción especial de herencia a fin de que todos los derechos que pertenecían a doña María del Carmen Guzmán , , Poblete sean transmitidos cumpliéndose con lo preceptuado en el artículo 688 del Código Civil y con lo dispuesto en el artículo 55 del , Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces conservándose , .además la historia fidedigna de la propiedad raíz , De lo contrario seguirán existiendo derechos sobre el inmueble , ,ubicado en el Sitio dieciocho de la manzana B de la población Islón , . , el cual se anotó en el Repertorio con el número 22 099 y se inscribió a fojas 8334 número 6017 del Registro de Propiedades correspondiente , , al año 2009 los cuales no pueden disponer atendido el fallecimiento de .su madre , , Finalmente y previas citas legales solicitó t ener por interpuesto ,reclamo por la negativa a realizar la inscripción especial de herencia ,respecto del inmueble ubicado en el Sitio dieciocho de la manzana B , de la población Islón que concedió la posesión efectiva de los bienes , ,de la causante y en función de lo indicado acceda a lo solicitado , ordenando al Conservador de Bienes Raíces de La Serena inscribirla , sin más trámite transmitiendo los derechos que doña María del Carmen , Guzmán Poblete tenía sobre los inmuebles antes descrito a sus .herederos ( )Con fecha 18 de junio de 2020 folio 7 , se tuvo por agregado . a la causa el informe evacuado por el Sr Conservador de Bienes .Raíces de La Serena ( )Con fecha 02 de junio de 2021 folio 15 , encontrándose en , “estado se decreta Autos para fallo”. :CONSIDERANDO :PRIMERO , ( ), Que con fecha 16 de marzo de 2020 folio 1 doña Milenka Kiara Arancibia Guzmán dedujo reclamación en contra de . , negativa del Sr Conservador de Bienes Raíces de La Serena fundando su pretensión en los antecedentes de hecho y de derecho que constan , en la parte expositiva los que en este acto se dan por enteramente , reproducidos solicitando tener por interpuesto reclamo por la negativa a , realizar la inscripción especial de herencia respecto del inmueble , ,ubicado en el Sitio dieciocho de la manzana B de la población Islón , que concedió la posesión efectiva de los bienes de la causante y en , función de lo indicado acceda a lo solicitado ordenando al Conservador , ,de Bienes Raíces de La Serena inscribirla sin más trámite ,transmitiendo los derechos que doña María del Carmen Guzmán Poblete .tenía sobre los inmuebles antes descrito a sus herederos :SEGUNDO , , Que don Jaime Morandé Miranda Conservador de , , Bienes Raíces de La Serena evacuando su informe señala que según ° , consta de Carátula N 836736 con fechas 22 de julio de 2019 y 13 de , enero de 2020 se efectúa requerimiento de inscripciones especiales de , herencia en lo que respecta a los causantes doña MARIA DEL CARMEN GUZMAN POBLETE y don JOSE MANUEL ARANCIBIA , ,LARA según consta de Carátulas Números 750075

Fallo

por tanto la Sra Guzmán , , . Poblete al momento de fallecer el estado civil de viuda :SEXTO , , Que de este modo queda de manifiesto el error en que se incurrió al transcribir la escritura pública de compraventa de fecha , , 22 de diciembre de 2009 esto es que la compradora ostentaba a esa “ ” “ ” fecha el estado civil de casada y no de soltera como allí se , consignó procediéndose a la inscripción del título que adolecía de tal , .error razón por la que se acogerá la solicitud de folio 1 , , Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio , de Bienes Raíces los artículos 817 y siguientes del Código de ; Procedimiento Civil :se resuelve Que se acoge la solicitud de rectificación de la inscripción ( ), ,solicitada con fecha 16 de marzo de 2020 folio 1 por tanto . , procédase por el Sr Conservador de Bienes Raíces de La Serena a la ° rectificación de la inscripción de fojas 8334 N 6917 del Registro de , , Propiedad del año 2009 de dicho Conservador correspondiente al Sitio “ ”, , 18 de la Manzana B de la Población Pueblo de Islón comuna de La , Serena debiendo consignarse al margen de la misma que la titular doña , María del Carmen Guzmán Poblete cédula nacional de identidad ° . . - , N 6 440 645 0 suscribió la escritura pública de compraventa de fecha , “ ” 22 de diciembre de 2009 teniendo el estado civil de casada y no de “ ” , , , soltera como allí se consignó y en consecuencia se debe proceder a

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FOJA: 14.- Catorce.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de La Serenaº CAUSA ROL : V-58-2020 CARATULADO : ARANCIBIA/ La Serena, catorce de junio de dos mil veintiuno :VISTOS ( )Con fecha 16 de marzo de 2020 folio 1 , comparece doña MILENKA KIARA ARANCIBIA GUZMÁN, manipuladora de , . . - , alimentos cédula nacional de identidad Nº18 047 689 K domiciliada en , ; Avenida Isl

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