MARCELO PLAZA MORA C/ JIM ESTEFAN URQUETA PATERAKIS
Rol
O-1145-2024
Fecha
25 de septiembre de 2024
Materia
INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: El día 15 de Julio del presente año, a las 08:30 horas aproximadamente, en dependencias del CCP de la comuna de Parral Ubicado en Calle Delicias Norte n° 599 de la Comuna de Parral, en la celda n° 4 específicamente en una tabla en su interior se logra el hallazgo de 01 celular color negro con gris marca iphone y un chip de la compañía claro correspondiente al imputado JEAN PAUL NICOLAS ESTROZ CASTRO. Asimismo, en la celda n° 13 específicamente detrás del casillero se logra el hallazgo de 01 teléfono celular color negro marca Samsung y 01 chip de la compañía entel de propiedad del imputado JIM ESTEFAN URQUERA PATERAKIS. En ambos casos sin autorización alguna Código: VLXGXQCFDSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PARRAL, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70, 304 ter del Código Penal; Ley 18.216, 388 y siguiente del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a JEAN PAUL NICOLÁS ESTROZ CASTRO , cédula de identidad 19.157.820-1, y a JIM ESTEFAN URQUETA PATERAKIS, cédula de identidad 20.837.605-5 por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 15 de julio de 2024, como autores del delito consumado de INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 Ter, a sufrir cada uno de ellos la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN SU GRADO MÁXIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que no cumpliendose los requisitos de la Ley 18.216, la pena privativa de libertad deberá ser cumplida de manera efectiva, a contunuación de la que actualemnte se encuentran cumpliendo, sin abonos que considerar. III.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas correspondientes a un celular marca Iphone , un chip de la compañía Claro, un teléfono marca Samsung y un chip de la co
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 67, 70, 304 ter del Código Penal; Ley 18.216, 388 y siguiente del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a JEAN PAUL NICOLÁS ESTROZ CASTRO , cédula de identidad 19.157.820-1, y a JIM ESTEFAN URQUETA PATERAKIS, cédula de identidad 20.837.605-5 por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 15 de julio de 2024, como autores del delito consumado de INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 Ter, a sufrir cada uno de ellos la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN SU GRADO MÁXIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que no cumpliendose los requisitos de la Ley 18.216, la pena privativa de libertad deberá ser cumplida de manera efectiva, a contunuación de la que actualemnte se encuentran cumpliendo, sin abonos que considerar. III.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas correspondientes a un celular marca Iphone , un chip de la compañía Claro, un teléfono marca Samsung y un chip de la compañía Entel. IV.- Que no se condena en costas. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese la sentencia. RIT Nº 1145 - 2024 RUC Nº 2400826361-9 Dictada por JOHN LANDERO SALGADO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Parral. Código: VLXGXQCFDSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede
Texto Completo (Preview)
RUC N° : 2400826361-9 RIT N° : 1145 - 2024 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO : INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS. IMPUTADO 1 : JIM ESTEFAN URQUETA PATERAKIS. CÉDULA IDENTIDAD N° : 20.837.605-5 DOMICILIO : Calle AVENIDA DELICIAS NORTE Nº 599, Parral. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9 AGRAVANTES : no concurren IMPUTADO 2 : JEAN PAUL NICOLÁS ESTROZ CASTRO C
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