MP C/ MARGARITA GEMA MEJÍAS VILCHES
Rol
O-143-2024
Fecha
25 de septiembre de 2024
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 17 de enero de 2024, alrededor de las 16:40 horas, en el contexto de la ejecución de una orden de entrada y registro en el domicilio ubicado en Pasaje Sánchez Colchero N° 3328, Población Legua Emergencia, comuna de San Joaquín, la imputada MARGARITA GEMA MEJÍAS VILCHES fue sorprendida guardando y manteniendo en su poder, sin autorización competente, 01 estuche, el cual contenía 03 bolsas de nylon, las cuales, a su turno, contenían un total de 498 envoltorios de papel contenedores de 115,3 gramos bruto de cocaína base; 03 bolsas de nylon contenedoras de 114,4 gramos bruto de clorhidrato de cocaína; 02 balanzas digitales y $12.500 en dinero en efectivo; y una mochila contenedora de 40 bolsas de nylon contenedora de 50,5 gramos bruto de cannabis sativa. Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro.- Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 3, 7, 11, 6 y 9, 14, 1, 15, 1, 24, 25, 29, 65 y siguientes, 72 del código penal, artículo 3 y 1 de la ley 20.000, 47, 2, 9, 7, 3, 40, 341, 342, 348, 406, siguientes, 408 del código procesal penal, artículo 14, 15, 15 bis de la ley 18.016, artículo 38 de esa misma normativa, se declara; 1. Que se condena a MARGARITA GEMA MEJÍAS VILCHES a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA, de presidio menor en su grado máximo, más la multa de diez unidades tributarias mensuales, accesorias del artículo 29 del código penal, comiso de los efectos del delito e inscripción de su huella genética, todos ellos como autora del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley 20.000, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, cometido el día 17 de enero de 2024 en la comuna de San Joaquín. 2. Que la pena de multa se le tiene por cumplida con el tiempo que ha permanecido privada de libertad con motivo de esta causa, abonándose entonces para ese efecto 30 días de privación de libertad que se restarán los 252 días del total que registra. Código: TQEXQGSHN
Fallo
se declara; 1. Que se condena a MARGARITA GEMA MEJÍAS VILCHES a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA, de presidio menor en su grado máximo, más la multa de diez unidades tributarias mensuales, accesorias del artículo 29 del código penal, comiso de los efectos del delito e inscripción de su huella genética, todos ellos como autora del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley 20.000, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, cometido el día 17 de enero de 2024 en la comuna de San Joaquín. 2. Que la pena de multa se le tiene por cumplida con el tiempo que ha permanecido privada de libertad con motivo de esta causa, abonándose entonces para ese efecto 30 días de privación de libertad que se restarán los 252 días del total que registra. Código: TQEXQGSHND Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3. Reuniéndose en la especie, los requisitos establecidos en el artículo 15bis de la ley 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta se le sustituye por la de libertad vigilada intensiva por el tiempo de duración de la pena privativa de libertad sujeta a la intervención, vigilancia y orientación permanente de un delegado a gendarmería de Chile en lugar de su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el artículo 17 de la ley 18.216 y las demás que el delegado le imparta. En este caso, tratándose de libertad vigilada inten
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RUC : 2301265744-7 RIT : 143 - 2024 MAGISTRADO : JAVIERA GAINZA FLORES NOMBRE IMPUTADO : MARGARITA GEMA MEJÍAS VILCHES CEDULA DE IDENTIDAD : 0014338349-0 DOMICILIO : Pasaje 55 Nº 794, comuna de El Bosque. FISCAL : MARIA DEL PILAR NAVAEZ REBOLLEDO DEFENSOR PÚBLICO : BARBARA CHANDIA TRIBUNAL : 12º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro
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