INSTITUCIÓN FINANCIERA COOPERATIVA COOPEUCH/CEPEDA
Rol
C-2639-2019
Fecha
10 de junio de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 26 de septiembre de 2019, comparece don Luis Felipe D azí Versalovic, Abogado, con domicilio en calle 12 Norte N 610, comuna de Vi a del Mar,° ñ mandatario judicial, en representaci n de Có OOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA, Coopeuch Limitada, representada legalmente por don Rodrigo Silva I iguez, Gerente General, ambos domiciliados enñ Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N 196, piso 7 , Comuna de Santiago, quien° ° interpone demanda ejecutiva en contra de don ALONSO CEPEDA GUTI RREZ,É ignora profesi n u oficio, domiciliado en Blanca 655, comuna de Valpara so, por laó í suma $1.780.813.- m s intereses, reajustes y costas.á Que con fecha 27 de abril de 2021, la ejecutada opuso excepci n a la ejecuci n,ó ó teni ndosele por notificada expresamente y requerida de pago, con fecha 30 de abril deé 2021. Que, con fecha 14 de mayo de 2021, el ejecutante evacu el traslado conferido,ó allan ndose a la excepci n opuesta.á ó Que, con fecha 7 de junio de 2021, y no existiendo hechos pertinentes y controvertidos, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece en autos el ejecutante interponiendo demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ambos ya individualizados, en base a los siguientes fundamentos: Indica que el demandado adeuda a su representada el importe correspondiente al Pagar N 1871919119, a orden y a la vista de Coopeuch, por la suma de $1.780.813.-é ° por capital recibido en mutuo, cantidad que el deudor se oblig a pagar en una cuotaó de $1.780.813, suscrito por don Guillermo Gregorio Artazar Barr os, en representaci ní ó C-2639-2019 Foja: 1 de Coopeuch y, ste a su vez en representaci n del deudor, en virtud del mandatoé ó conferido en el contrato que se acompa a, suscrito por el propio deudor.ñ Expresa que en el documento, se estipul que el capital adeudado devengaró á desde el momento de la mora o simple retardo y hasta la fecha de su ntegra restituci ní ó o pago efectivo, el m ximo inter s que la ley permite estipular, y se estableci , que elá é ó acreedor queda liberado de protestar dicho pagar .é Que el citado pagar , cuya firma se encuentra autorizada ante Notario P blico,é ú constituye t tulo ejecutivo perfecto y estando la obligaci n l quida, actualmente exigible yí ó í estando la acci n ejecutiva vigente, procede se despache mandamiento de ejecuci n yó ó embargo en su contra. En m rito de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los art culos 434é í N 4 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, y en las Leyes N 18010 y N° ó ° ° 18.092, solicita tener por entablada demanda en juicio ejecutivo en contra de don( Alonso Cepeda Guti rrez, ya individualizado, por la suma en capital deé $1.780.813.-, m s los respectivos intereses convencionales e intereses penales hasta laá fecha del pago efectivo; despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra;ó disponer se le embarguen bienes en cantidad suficiente y, si no pagare, se siga adelante la ejecuci n hasta hacer cumplido pago de todas las sumas adeudadas, con costas.ó SEGUNDO: Que con fecha 27 de abril de 2021, comparece el ejecutado, oponiendo la excepci n del N 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,ó ° í ó esto es, la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, solicitando sea acogida,ó ó ó con costas, por los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Indica que el pagar objeto de la presente ejecuci n se encuentra prescrito a laé ó fecha, como consta en el mismo documento acompa ado por la contraria, pues el pagarñ é fue suscrito el d a 13 de agosto de 2.019 y con fecha de vencimiento el mismo d a, 13 deí í agosto de 2019. Se ala que lo anterior es reconocido abiertamente por la contraria en su libelo, yñ cita al respecto los art culos 49 y 107 de la Ley N 18.092, aplicables tambi n a losí ° é pagar s, manifestando que el pagar tuvo como fecha de vencimiento el d a 13 de agostoé é í de 2019. Agrega que el art culo 98 de la citada Ley N 18.902, para fundamentar laí ° prescripci n alegada tambi n aplicable a los pagar s seg n el art culo 107 de
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C-2639-2019 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-2639-2019 CARATULADO : INSTITUCI N FINANCIERA COOPERATIVAÓ COOPEUCH/CEPEDA Valparaiso, diez de Junio de dos mil veintiuno VISTOS: Que con fecha 26 de septiembre de 2019, comparece don Luis Felipe D azí Versalovic, Abogado, con domicilio en calle 12 Norte N 610, comuna de Vi a
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