Juzgado de Garantía de Concepción.

MINISTERIO PÚBLICO C/ VALENTÍN IVAR LOYOLA LLANOS

Rol

O-5448-2024

Fecha

23 de septiembre de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos del requerimiento: “El día 22 de junio de 2024, aproximadamente a las 17:20 horas, el imputado VALENTÍN IVAR LOYOLA LLANOS concurrió hasta el Supermercado Jumbo ubicado en calle Barros Arana N° 1.068 de la comuna de Concepción. Una vez allí, procedió a apropiarse sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucro de diversas especies de propiedad del referido supermercado, esto es, chocolates de distintas marcas y tipos, todos descritos en la boleta electrónica y en la nota de crédito electrónica emitidas por el propio supermercado, especies avaluadas en la suma total de $47.810.- (cuarenta y siete mil ochocientos diez pesos), siendo sorprendido en el instante en que hacía traspaso de las barras de seguridad del supermercado por el guardia de seguridad, recuperándose las especies referidas.” Sentencia condenatoria en procedimiento simplificado: Ambito afectado Detalle del Hito CAUSA: RUC 2400715012-8 RIT 5448 - 2024 Fecha de deliberación 23 de septiembre de 2024. Juez redactor MARCELO BUSTOS VERGARA. RELACIONES: VALENTÍN IVAR LOYOLA LLANOS / Hurto simple, artículo 446 N° 3 del Código Penal. Resultado CONDENADO. Código: XXGXXQRRMUC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ VALENTÍN IVAR LOYOLA LLANOS. Concepción, veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro. Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 15, 51, 432 y 446 N° 3 del Código Penal; 297, 340 y 388 del Código Procesal Penal; 3 y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA: I. Que se condena al requerido VALENTÍN IVAR LOYOLA LLANOS, R.U.N. 21.408.163-6, ya individualizado, como autor en grado frustrado del delito de hurto simple, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, multa de DOS TERCIOS DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena al requerido VALENTÍN IVAR LOYOLA LLANOS, R.U.N. 21.408.163-6, ya individualizado, como autor en grado frustrado del delito de hurto simple, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, multa de DOS TERCIOS DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que la pena corporal será sustituida por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL por el término de UN AÑO, período durante el cual deberá cumplir estrictamente con las condiciones impuestas en el artículo 5 de la Ley 18.216. En el evento en que la presente sentencia no sea objeto de recurso alguno, desde ya queda citado para comparecer ante Gendarmería de Chile, bajo apercibimiento de despacharse una orden de detención, el 21 de octubre de 2024 entre las 09:00 y las 13:00 horas. III. Que la pena de multa se tiene por cumplida por el tiempo de privación de libertad en la presente causa, esto es, del 21 al 22 de junio y del 22 al 23 de septiembre de 2024. IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriado, cúmplase con el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2400715012-8 RIT 5448 - 2024 La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Control de la Detención Fecha Concepción, veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro Magistrado MARCELO BUSTOS VERGARA Fiscal OCTAVIO STUARDO MELLADO Defensor KATHERINE VALDÉS REBOLLEDO, conforme al artículo 102 CPP. Hora inicio 13:22 horas. Hora término 13:48 horas. Sala Sala 3 TURNO Tribunal Juzgado de Garantía de Concepción Acta Sandra Portiño Henríquez R

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