GUSTAVO ALONSO AYANCAN HENRIQUEZ C/ ABRAHAM ELÍAS SOTO DÍAZ
Rol
O-3340-2024
Fecha
24 de septiembre de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 24 de junio de 2023 a las 21:30 horas aproximadamente, en circunstancias que el imputado Abraham Elías Soto Díaz, conducía el vehículo placa patente única RCBH-39, marca hyundai, modelo Creta, fue fiscalizado por personal de carabineros en la intersección de calle Licancabur y domingo Atienza de la comuna de San Pedro de Atacama, quienes pudieron advertir que el imputado conducía en evidente estado de ebriedad, ya que mantenía fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, por lo que funcionarios policiales le realizan alcotest, el cual arrojo 1,97 g/l, lo cual fue confirmado por el Servicio Médico Legal de Antofagasta, mediante informe de alcoholemia Nº 02-ANT-0H-2810-2023, que arrojó como resultado que el imputado conducía con 2,10 grados de alcohol por mil en la sangre. El imputado admite responsabilidad y el Tribunal resuelve: Calama, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro Y de conformidad con lo previsto en los artículos 110, 196 de la Ley 18.290, en relación a los artículos 1, 14, 15 N° 1, 21, 30, 67, 69, 70 del Código Penal, artículos 47, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 1, 4, 38 de la Ley 18.216; se declara: I. Que, se condena a ABRAHAM ELÍAS SOTO DÍAZ, cédula de identidad N° 0017438500-9, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN días de prisión en su grado máximo, multa de DOS unidades tributarias mensuales, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 2 años, y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 24 de junio de 2023. II. Que, se le otorga al condenado la PENA SUSTITUTIVA DE REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo mínimo establecido en la Ley, esto es, un año debiendo para tales efectos presentarse ante el Centro de Reinser
Fallo
se declara: I. Que, se condena a ABRAHAM ELÍAS SOTO DÍAZ, cédula de identidad N° 0017438500-9, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN días de prisión en su grado máximo, multa de DOS unidades tributarias mensuales, pena accesoria de suspensión de licencia de conducir por el periodo de 2 años, y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 24 de junio de 2023. II. Que, se le otorga al condenado la PENA SUSTITUTIVA DE REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo mínimo establecido en la Ley, esto es, un año debiendo para tales efectos presentarse ante el Centro de Reinserción Social de ANTOFAGASTA al quinto día de ejecutoriada la presente Código: KJMBXQJXGTC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:alexis.martinez@hotmail.com sentencia, si no se presenta la pena sustitutiva le será revocada y en todo caso no cuenta con abonos en la presente causa. III. Que, para el pago de la multa impuesta se le conceden DOS parcialidades de UNA Unidad Tributaria Mensual cada una, debiendo cancelar la primera cuota al quinto día de ejecutoriada la presente sentencia y la cuota restante al mes siguiente, en el evento de que no cancele una de las parcialidades, se hace exigible su totalidad y se le aplicarán las penas sustitutivas contempl
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO RIT : 3340 - 2024 RUC : 2300689016-4 FECHA : veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro HORA INICIO : 10:33 hrs. HORA TÉRMINO : 10:48 hrs. DELITO : CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD JUEZ : MARÍA JOSÉ AMENGUAL TAPIA FISCAL : RAÚL FERNANDO MARABOLÍ SALAS DEFENSOR : MIGUEL ANGEL CAMPOSANO PEÑA IMPUTADO 1 : ABRAHAM ELÍAS SOTO DÍAZ RUT : 0017438500-9 DOMICIL
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica