MP C/ RICARDO ANDRÉS CARREÑO REBOLLEDO
Rol
O-310-2024
Fecha
24 de septiembre de 2024
Materia
PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 14 de octubre de 2023, alrededor de las 05:15 horas, el acusado RICARDO ANDRES CARREÑO REBOLLEDO, en compañía de sujetos desconocidos, llegó hasta el local comercial “Verdulería Don Pilo”, ubicado en Av. Manuel Antonio Matta N°2380, Valparaíso, de propiedad de la víctima Marta Tapia Torres, y una vez en el lugar, con ánimo de lucro y sin voluntad de su dueño, cortó los candados de la cortina metálica del local, con el fin de sustraer especies, no pudiendo concretar el delito debido a la llegada de Carabineros, razón por la cual el acusado, huyó en el vehículo P.P.U. FPKX-51, iniciándose una persecución y posterior captura, dando cuenta que mantenía en su poder 01 Código: EXEKXQUNHMC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl napoleón de metal, color naranjo, instrumento conocido para cometer el delito de robo, sin dar descargo suficiente sobre su adquisición y conservación.” Tales hechos, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito frustrado de robo en lugar no habitado y el delito consumado de portar elementos conocidamente destinados para efectuar el delito de robo, en los cuales le ha correspondido participación al imputado en calidad de autor, no estando beneficiado por ninguna atenuante y concurriendo en perjuicio de este la circunstancia agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal, respecto del delito de robo en lugar no habitado, y la modificatoria de responsabilidad penal del artículo 12 N° 14 del Código Penal. Por lo anterior, la Fiscalía solicita se imponga Carreño Rebolledo, la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, por el delito de robo en lugar no habitado frustrado; y la pena 540 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de Porte de instrumentos destinados conocidamente para efectuar el delito de robo; todo ello más las accesorias legales correspondientes, el comiso las especies provenientes del delito, la determinación de huella gené
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Que el 17 de septiembre de 2024, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, constituida por los jueces señora Valeria Echeverría Vega, quien la presidió, e integrada además, don Francisco Hermosilla Iriarte y don Sebastián Báez Hernández, en calidad de juez suplente, se llevó a efecto el juicio oral de la causa RIT Nº310-2024 seguido en contra de RICARDO ANDRÉS CARREÑO REBOLLEDO, cédula de identidad N°17.051.143-3, nacido en Santiago el 27 de diciembre 1988, de actuales 35 años de edad, divorciado, de ocupación obrero, domiciliado en calle Luis Vicentini N° 614, Achupallas, Viña del Mar; actualmente privado de libertad por causa diversa en el Centro de detención Preventivo de Valparaíso; legalmente representado por el defensor penal público don Marcos Schmitt Magasich. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad representado por el fiscal adjunto don Hernán Martínez Landeros. Los domicilios y formas de notificación solicitadas por los intervinientes se encuentran registrados en el expediente digital de la causa. SEGUNDO: Acusación. Que, en síntesis, el Ministerio Público formuló acusación por los siguientes hechos: “El día 14 de octubre de 2023, alrededor de las 05:15 horas, el acusado RICARDO ANDRES CARREÑO REBOLLEDO, en compañía de sujetos desconocidos, llegó hasta el local comercial “Verdulería Don Pilo”, ubicado en Av. Manuel Antonio Matta N°2380, Valparaíso, de propiedad de la víctima Marta Tapia Torres, y una vez en el lugar, con ánimo de lucro y sin voluntad de su dueño, cortó los candados de la cortina metálica del local, con el fin de sustraer especies, no pudiendo concretar el delito debido a la llegada de Carabineros, razón por la cual el acusado, huyó en el vehículo P.P.U. FPKX-51, iniciándose una persecución y posterior captura, dando cuenta que mantenía en su poder 01 Código: EXEKXQUNHMC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl napoleón de metal, color naranjo, instrumento conocido para cometer el delito de robo, sin dar descargo suficiente sobre su adquisición y conservación.” Tales hechos, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito frustrado de robo en lugar no habitado y el delito consumado de portar elementos conocidamente destinados para efectuar el delito de robo, en los cuales le ha correspondido participación al imputado en calidad de autor, no estando beneficiado por ninguna atenuante y concurriendo en perjuicio de este la circunstancia agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal, respecto del delito de robo en lugar no habitado, y la modificatoria de responsabilidad penal del artículo 12 N° 14 del Código Penal. Por lo anterior, la Fiscalía solicita se imponga Carreño Rebolledo, la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, por el delito de robo en lugar no habitado frustrado; y la pena 540 días de presidio menor en su grado mínimo
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 12 N°16, 52, 432, 442 N°2, 449 del Código Penal; artículos 1, 45, 47, 295, 296, 297, 325 a 338, 341, 342, 344, 348 y 468 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a RICARDO ANDRÉS CARREÑO REBOLLEDO, cédula de identidad 17.051.143-3, ya individualizado, del cargo fiscal que lo sindicó como autor del delito consumado de porte de elementos conocidamente para cometer delito de robo, previsto y sancionado en el artículo 445 del Código Penal, supuestamente perpetrado con fecha 14 de octubre de 2023, en la comuna de Valparaíso. II.- Que se CONDENA a RICARDO ANDRÉS CARREÑO REBOLLEDO, cédula de identidad 17.051.143-3, ya individualizado, a sufrir la pena de cincuenta y un días (51) de prisión en su grado máximo, más la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito tentado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°2 del Código Código: EXEKXQUNHMC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Penal, cometido con fecha día 14 de octubre de 2023, en la comuna de Valparaíso. III.- Que, NO REUNIÉNDOSE en favor del condenado las condiciones para aplicarle alguna de las penas sustitutivas establecidas en la Ley N°18.216, atendidas las razones indicadas en el basamento penúltimo de este fallo, deberá cumplir r
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MINISTERIO PÚBLICO DE VALPARAÍSO C/ RICARDO ANDRÉS CARREÑO REBOLLEDO RUC N°2301115484-0 RIT N°310-2024 DELITO: Robo con fuerza en lugar no habitado. Valparaíso, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Que el 17 de septiembre de 2024, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, con
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