Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

REPOL/VICUÑA

Rol

O-680-2019

Fecha

22 de julio de 2022

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece FERNANDO MANUEL REPOL GAJARDO, cedula nacional de identidad 10.598.847-8, trabajador, con domicilio para estos efectos en calle Urmeneta N° 488-B, San Bernardo, quien interpone demanda por Subterfugio; Nulidad del Despido, Indemnizaciones legales, Prestaciones laborales, Ley 20.760 sobre multiplicidad de razones sociales consideradas un solo empleador, y sus efectos; en subsidio, declaración de mera certeza de Unidad Económica; en contra de las siguientes empresas: 1.- PRODUCTOS DE POLIURETANO ESPUMARKET LIMITADA, empresa del giro de colchones, espumas y similares; Rut número 76.693.058-1, representada legalmente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º del código del Trabajo, por MARCIA VICUÑA BRAVO, cédula de identidad número11.736.477-1, ignora profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, ambos domiciliados en TUCAPEL N°1755, COMUNA DE LA PINTANA. 2.- de FABRICACION DE COLCHONES Y ESPUMA MARCIA ALEJANDRA VICUÑA BRAVO EIRL, del giro de colchones, espumas y similares, Rut número 76.986.259-5, representada legalmente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º del código del Trabajo, por MARCIA VICUÑA BRAVO, cédula de identidad número 11.736.477-1, ignora profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, ambos domiciliados en TUCAPEL N°1755, COMUNA DE LA PINTANA. 3.- de Doña MARCIA VICUÑA BRAVO, dedicada al giro de colchones, espumas y similares, cédula de identidad número 11.736.477-1, ignoro profesión u oficio, domiciliado en TUCAPEL N°1755, COMUNA DE LA PINTANA. 4.- de Don JOSE IGNACIO VICUÑA BRAVO, dedicada al giro de colchones, espumas y similares, cédula de identidad número 13.544.651-3, ignoro profesión u oficio, domiciliado en TUCAPEL N°1755, COMUNA DE LA PINTANA. A efecto que se declare y condene a las demandadas conforme a peticiones concretas contenidas en la presente demanda, y en definitiva se les condene a pagar las indemni

Fundamentos

fundamentos y pormenores. 2. En el evento de existir relación laboral, remuneración pactada y efectivamente percibida por el actor y rubros que la componen. Monto de los mismos. Detalles y pormenores. 3. En el evento de existir relación laboral, fecha, causas y circunstancias del término de los servicios del demandante. Cumplimiento de las formalidades legales y justificación de su desvinculación. Hechos, detalles, fundamentos y pormenores. 4. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social del actor. 5. Vinculación existente entre las demandadas, y fundamento de la responsabilidad que el actor les atribuye en las prestaciones demandadas en esta causa. Hechos, detalles, fundamentos y pormenores. 6. Si las demandadas incurrieron en subterfugio laboral. Hechos, detalles, fundamentos y pormenores. 7. Prestaciones adeudadas al actor. Fundamento y monto de las mismas. QUINTO: Que para acreditar sus asertos la demandante rindió la siguiente prueba: PRUEBA DOCUMENTAL: 1. Certificado de cotizaciones de AFP PROVIDA de fecha 22 de julio de 2019 2. Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo de fecha 04 de julio de 2019. 3. Certificados de inscripciones y anotaciones vigentes en el R.V.M. , emitida por el Registro Civil, de fecha 27 de junio de 2019.del vehículo patente JSRK.48-8., de propiedad de José Ignacio Vicuña Bravo. 4. Legajo de comprobantes de transferencias electrónicas por el periodo comprendido entre el 16 de junio de 2017 y el 3 de mayo de 2019. 5. Certificado de cotizaciones de FONASA de fecha 23 de julio de 2019. 6. Activación de Fiscalización 1313/2019/883. 7. Informe resultado de Solicitud de Fiscalización 1313/2019/883. 8. Cartola de cuenta Vista de Banco Falabella periodo 01 de julio hasta 22 de julio de 2019. 9. Solicitud de afiliación en AFC CHILE de fecha 23 de julio de 2019. 10. Finiquito del trabajador de fecha 31 de mayo de 2019. 11. Cheques protestados de fecha 02 de julio, 12 de julio, 26 de julio y 09 de agosto de 2019. 12. Fotografía del libro de asistencia de los meses de enero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agostos, septiembre, octubre y diciembre de 2018; enero, febrero, marzo, abril de 2019. 13. Consulta Situación tributaria a terceros de Fabricación de colchones y espuma Marcia Alejandra Vicuña Bravo E.I.R. 14. Consulta Situación tributaria a terceros de Productos de Poliureteno Espumarket Limitada. 15. Consulta Situación tributaria a terceros José Ignacio Vicuña Bravo. 16. Consulta Situación tributaria a terceros Marcia Alejandra Vicuña Bravo. Tribunal PRUEBA CONFESIONAL: Se deja constancia que Marcia Vicuña Bravo por sí y como representante legal de la Fabricación de Colchones y Espuma Marcia Alejandra Vicuña Bravo EIRL., y José Ignacio Vicuña Bravo, no han comparecido a la presente audiencia. La parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal del artículo 454 N°3 del Código del Trabajo. Tribunal Resuelve: Atendido el mérito de los antecedentes, se hace efecti

Fallo

En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 3, 162, 168, 171, 425 y siguientes, todas del Código del Trabajo, y demás disposiciones legales y principios pertinentes Pide tener por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general, en contra de: PRODUCTOS DE POLIURETANO ESPUMARKET LIMITADA Rut número 76.693.058-1, representada legalmente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º del código del Trabajo, por MARCIA VICUÑA BRAVO; FABRICACION DE COLCHONES Y ESPUMA MARCIA ALEJANDRA VICUÑA BRAVO EIRL, Rut número 76.986.259-5, representada legalmente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º del código del Trabajo, por MARCIA VICUÑA BRAVO , cédula de identidad número 11.736.477-1, ; en contra de Doña MARCIA VICUÑA BRAVO, dedicada al giro de colchones, espumas y similares, cédula de identidad número 11.736.477- 1, y en contra de Don JOSE IGNACIO VICUÑA BRAVO, dedicada al giro de colchones, espumas y similares, cédula de identidad número 13.544.651-3, ignoro profesión u oficio, Todos los demandados con domiciliado en TUCAPEL N°1755, COMUNA DE LA PINTANA. Todas ya individualizadas, admitirla a tramitación y acogerla en definitiva, declarando las peticiones contenidas en el capítulo de las “PETICIONES CONCRETAS” de esta demanda, correspondiente a: 1) Que se declare la relación laboral mantenida con los demandados, y que su despido es injustificado, indebido, improcedente o carente causal legal. 2) Que se declare que su despido es nulo. 3) QUE SE DECLARE QUE

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San Miguel a veintidós de julio del año dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece FERNANDO MANUEL REPOL GAJARDO, cedula nacional de identidad 10.598.847-8, trabajador, con domicilio para estos efectos en calle Urmeneta N° 488-B, San Bernardo, quien interpone demanda por Subterfugio; Nulidad del Despido, Indemnizaciones legales, Prestaciones laborales, Ley 20.760 sobre

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