7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ HORACIO ESTEBAN CÁCERES GAGLIARDI

Rol

O-14023-2020

Fecha

10 de septiembre de 2024

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 11 de Agosto de 2020, a las 14:15 horas, aproximadamente, en calle Santa Isabel al llegar a calle San Isidro, Comuna de Santiago, el imputado HORACIO ESTEBAN CÁCERES GAGLIARDI, mientras se desplazaba en una bicicleta, abordó a la víctima IGNACIO ANDRÉS PEÑA CAROCA, sustrayéndole sorpresivamente desde sus manos su celular marca Apple, modelo IPhone 8, color negro, empresa Entel, dándose a la fuga del lugar con la especie. Producto de lo anterior la víctima resultó con lesiones. SE DECLARA: I. Que se condena a HORACIO ESTEBAN CÁCERES GAGLIARDI, ya individualizado, a sufrir la pena de NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el ART. 436 inc. 2 del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II. En cuanto a la pena privativa de libertad, dado que el imputado se encontró sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario en exceso de este mismo Juzgado de Garantía de Santiago, de acuerdo a lo previsto en el artículo 348 del Código Procesal Penal, se da por cumplida. III. Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado al pago de las costas de la causa atendido a que con ello ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV. Dese oportuno cumplimiento 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Código: MQUXQXHLXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA, Juez Titular del 7° Juzgado de Garantía de Santiago “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a HORACIO ESTEBAN CÁCERES GAGLIARDI, ya individualizado, a sufrir la pena de NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el ART. 436 inc. 2 del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de CONSUMADO, cometido en la comuna de Santiago. II. En cuanto a la pena privativa de libertad, dado que el imputado se encontró sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario en exceso de este mismo Juzgado de Garantía de Santiago, de acuerdo a lo previsto en el artículo 348 del Código Procesal Penal, se da por cumplida. III. Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado al pago de las costas de la causa atendido a que con ello ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV. Dese oportuno cumplimiento 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Código: MQUXQXHLXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA, Juez Titular del 7° Juzgado de Garantía de Santiago “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en lo

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA: Santiago., diez de septiembre de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 7° Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: PONCIANO ANDRES SALLES BASTARRICA RUC: 2000817976-0 RIT: 14023-2020 IMPUTADO: HORACIO ESTEBAN CÁCERES GAGLIARDI C.I. 15333410-2 DELITO ROBO POR SORPRESA ARTICULO ART. 436 inc. 2 del Código Penal PARTICIPACION Autor G. DE DES

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica