Juzgado de Garantía de Arauco.

MP C/ JOSE ANTONIO ANCAN DIAZ

Rol

O-73-2024

Fecha

17 de septiembre de 2024

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., INCENDIO SOLO C/DAÑOS O SIN PELIGRO PROPAGACION.ART.477,478., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS LOS ANTECENTES, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal e intervinientes. Que, ante este Juzgado de Garantía de Arauco, el día 12 de septiembre del año 2024, se llevó efecto audiencia de procedimiento abreviado en causa RIT N° 73-2024, seguida en contra de la acusada MARIBEL DEL ROSARIO ANCAN DÍAZ, chilena, cédula nacional de identidad N° 15.196.764-7, apercibida de conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal en el domicilio ubicado en Yani S/N, de la comuna de Arauco, representada en juicio por el Defensor Penal Privado Patricio Robles Contreras, domiciliado en calle Séptimo de Línea N° 131, Cañete, correo electrónico rmwalker.abogado@gmail.com. Representó al Ministerio Público, el Fiscal Adjunto de Arauco, Johnny Cares Martínez, con domicilio en calle Esmeralda N° 575, comuna de Arauco, correo electrónico jamartinez@minpublico.cl. Intervino como querellante en representación de Forestal Arauco, el abogado Álvaro Araya Fuentes, domiciliado en calle Cochrane 635, Torre A, Oficina 605, Concepción, correo electrónico fasa@ayal.cl. De igual forma, por la Delegación Presidencial del Bío Bío, el abogado Ignacio Sapiain Martínez, domiciliado en calle Aníbal Pinto N°442, Segundo Piso, comuna y ciudad de Concepción, correo electrónico notificacionesibiobio@interior.gob.cl. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que, el Ministerio Público dedujo acusación en los siguientes términos: HECHOS: “Con fecha 21 de enero del año 2024, alrededor de las 12:00 horas, los imputados José Antonio Ancan Díaz, y Maribel del Rosario Ancan Díaz previamente concertado, concurrieron al interior del predio YANI EFA propiedad de forestal Arauco S.A., movilizados en el vehículo marca Subaru color plomo sin P.P.U. procediendo en este acto a quemar matorrales emplazados en el predio mediante la utilización de acelerantes, provocando de esta manera un incendio en el lugar, es así como alrededor de las 13:00 horas al llegar personal de la brigada forestal al lugar de los hechos para combatir el incendio, ambos imputados ya individualizados impidieron el trabajo de bomberos, amenazando a bomberos profiriendo insultos y señalando de manera agresiva que si apagaban el fuego los Código: BNPXQRQNSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl iban a balear, logrando que el fuego se propagara evitando de esta manera que los trabajadores realizaran sus labores para extinguir las llamas, y controlar el fuego, por lo anterior recién alrededor de las 14:30 horas las brigadas forestales pudieron combatir efectivamente logrando extinguir el incendio, solo después de 3 horas de labores combativas contra las llamas mediante trabajos de infantería y aéreos, sin perjuicio de lo anterior la conducta del imputado y debido al descontrol del incendio que impidieron contralar mediante las fuerzas especiales de carabineros y bomberos las llamas se extinguieron afectando aproximadamente 1 hectárea de árboles de especie pino los cuales quedaron consum

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 25, 26, 29, 30, 31, 50, 67, 68, 69, 70, 296 N°3, 476 N° 3, y 456 Bis A del Código Penal; artículo 417 del Código de Justicia Militar; artículos 11, 45, 47, 295, 297, 340, 348, 406, 407, 410, 412 y 413 del Código Procesal Penal; artículos 1, 15, 15 bis, 16, 17, y 17 ter de la Ley 18.216; y artículo 17 de la Ley 19.970, SE RESUELVE: I.- Que, SE CONDENA a MARIBEL DEL ROSARIO ANCAN DÍAZ, cédula nacional de identidad N° 15.196.764-7, ya individualizada, a la pena de 3 AÑOS Y 1 UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MÁXIMO, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autora de un delito consumado de incendio, previsto y sancionado en el artículo 476 N° 3 del Código Penal, cometido el día 21 de enero del año 2024, en la comuna de Arauco. Que, SE CONDENA a MARIBEL DEL ROSARIO ANCAN DÍAZ, cédula nacional de identidad N° 15.196.764-7, ya individualizada, a la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales, por su responsabilidad como autora de un delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal, cometido el día 21 de enero del año 2024, en l

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Lectura de Sentencia Fecha Arauco, diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Magistrado ALBERTO JARAQUEMADA CARRASCO Fiscal JOHNNY CARES MARTÍNEZ Ab. Querellante IGNACIO RODRÍGUEZ ALFARO (Forestal Arauco) Ab. Querellante FRANCISCA SOUPER ABURTO (Delegación Presidencial del Bio- Bío) Defensor Privado PATRICIO ROBLES CONTRERAS Hora inicio 10:02 horas Hora t

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica