4º Juzgado de Garantía de Santiago

WALMART CHILE S.A C/ VIVIANA MILLARAY FLORES MORALES

Rol

O-6918-2024

Fecha

17 de septiembre de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: El 25-07-2024 aproximadamente a las 16.35 horas, la imputada se encontraba al interior de SUPERMERCADO LIDER ubicado en avenida Jorge Alessandri N° 1131, comuna de la Reina, en este lugar sustrae con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, diversas especies de propiedad de su dueño, avaluadas en la suma total de $ 80.040 , especies con las cuales traspasa el lineal de cajas sin pagar su valor. A juicio del Ministerio Público los hechos enunciados configuran el delito consumado de hurto simple, descrito y sancionado en el artículo 4 en relación con el artículo 44 Nº del Código Penal, en el que correspondió a la imputada una participación de autora. Alega la Código: KXLXXQYQZPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl concurrencia de la agravante de reincidencia específica del artículo 1 N° 1 del Código Penal y pide sea condenada a la a la pena de 4 días de presidio menor en su grado mínimo y a pagar una multa de cinco unidades tributarias mensuales, con costas. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público en su alegato de apertura promete que la prueba, en particular la testimonial de Pedro González, será suficiente para acreditar el hurto más allá de toda duda razonable. La abogada querellante en el mismo sentido sostiene que se acreditará la participación de la imputada en el delito de hurto simple. En el cierre, la fiscal y la querellante reiteran la petición de condena. TERCERO : Que, la Defensa dice que sostendrá la absolución de su representada por falta de corroboración. Anuncia que el juicio solo dispondrá de una fuente de información, la declaración de un testigo, sin que exista otra para corroborar los hechos, lo que no permitirá alcanzar el estándar necesario para condenar. De acuerdo a idéntico fundamento, reiteró durante el cierre la petición de absolución. Estima que faltó rendir prueba que sirviera para corroborar la declaración del único testigo, quien además tuvo contradiccio

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, ante este Cuarto Juzgado de Garantía, el Ministerio Público presenta requerimiento en procedimiento simplificado contra VIVIANA MILLARAY FLORES MORALES, cédula nacional de identidad N° - , se desconoce profesión u oficio, domiciliada en calle Mataveri N° 41 , torre A, departamento 1, comuna de San Joaquín, por la presunta responsabilidad en la comisión de un delito de hurto simple. Que, el día 1 del presente mes y año, con la comparecencia del Ministerio Público, representado por la fiscal Claudia Barraza Alarcón, la abogada querellante Javiera Luna Ibarra, el requerido y el abogado de la Defensoría Penal Pública Sebastian Andrade Delvas, tuvo lugar la audiencia de juicio oral simplificado, en el que luego de verificado, el tribunal pronunció su decisión de condena, fijando la presente audiencia para la lectura del fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO : Que, el requerimiento se funda en la relación de los siguientes hechos: El 25-07-2024 aproximadamente a las 16.35 horas, la imputada se encontraba al interior de SUPERMERCADO LIDER ubicado en avenida Jorge Alessandri N° 1131, comuna de la Reina, en este lugar sustrae con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, diversas especies de propiedad de su dueño, avaluadas en la suma total de $ 80.040 , especies con las cuales traspasa el lineal de cajas sin pagar su valor. A juicio del Ministerio Público los hechos enunciados configuran el delito consumado de hurto simple, descrito y sancionado en el artículo 4 en relación con el artículo 44 Nº del Código Penal, en el que correspondió a la imputada una participación de autora. Alega la Código: KXLXXQYQZPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl concurrencia de la agravante de reincidencia específica del artículo 1 N° 1 del Código Penal y pide sea condenada a la a la pena de 4 días de presidio menor en su grado mínimo y a pagar una multa de cinco unidades tributarias mensuales, con costas. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público en su alegato de apertura promete que la prueba, en particular la testimonial de Pedro González, será suficiente para acreditar el hurto más allá de toda duda razonable. La abogada querellante en el mismo sentido sostiene que se acreditará la participación de la imputada en el delito de hurto simple. En el cierre, la fiscal y la querellante reiteran la petición de condena. TERCERO : Que, la Defensa dice que sostendrá la absolución de su representada por falta de corroboración. Anuncia que el juicio solo dispondrá de una fuente de información, la declaración de un testigo, sin que exista otra para corroborar los hechos, lo que no permitirá alcanzar el estándar necesario para condenar. De acuerdo a idéntico fundamento, reiteró durante el cierre la petición de absolución. Estima que faltó rendir prueba que sirviera para corroborar la declaración del único testigo, quien además tuvo contradicciones. Destaca que todo lo que el testigo declaró se lo dij

Fallo

se declara: I. Que, se condena a VIVIANA MILLARAY FLORES MORALES, ya individualizada, a cumplir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a pagar una multa a beneficio fiscal equivalente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la sanción accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autora de un delito de hurto simple, sancionado en el artículo 44 N° del Código Penal, cometido en esta jurisdicción el de julio de 4. II. Reuniendo la sentenciada los requisitos del artículo 4° de la Ley N ° 1 1 , se sustituye la ejecución de la sanción privativa de libertad por la pena de OCHENTA Y UN HORAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD. Para cumplir la pena sustitutiva deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social Santiago Sur I, ubicado en Arturo Prat 149 , comuna de Santiago, el 14 de octubre próximo. Si se revocare el beneficio concedido purgará íntegramente la pena impuesta, sin abonos. Código: KXLXXQYQZPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III. Téngase por cumplida la multa de un tercio de unidad tributaria mensual con cargo al día de la detención de de julio de 4 IV. Que, exímase a la condenada del pago de las costas de la causa en razón de haber sido representada por la Defensoría Penal Pública. Ejecutoriada que sea la sentencia, cúmplase con lo prescrito en el artículo 4 del Código Procesal Penal. Anótese, reg

Texto Completo (Preview)

CONTRA/ VIVIANA MILLARAY FLORES MORALES RUC - RIT - Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: Que, ante este Cuarto Juzgado de Garantía, el Ministerio Público presenta requerimiento en procedimiento simplificado contra VIVIANA MILLARAY FLORES MORALES, cédula nacional de identidad N° - , se desconoce profesión u oficio, domiciliada en calle Mataveri N

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica