Juzgado de Garantía de Valdivia.

JOSE ALEXIS CUEVAS ROCHA C/ ALEXIS IVÁN GARRIDO CONTRERAS

Rol

O-3429-2024

Fecha

16 de septiembre de 2024

Materia

INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: 1.-“En Valdivia, el día 20 de diciembre de 2023, a las 15:50 horas, aproximadamente, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Picarte N°4100, realiza un registro preventivo al interior del módulo N°12, en donde se le encuentra elementos prohibidos reglamentariamente al requerido ALEXIS IVAN GARRIDO CONTRERAS, consistente en “01 teléfono celular marca Samsung, color dorado“ encontrado entre sus prendas de vestir, a quien se le realiza un registro corporal”. 2.-“El día 09 de marzo de 2024, alrededor de las 16.15 horas, personal del Complejo Penitenciario Llancahue ubicado en Avenida Ramón Picarte N° 4100, Valdivia, realizó una ronda preventiva en el módulo N° 42, en donde se le encuentra un elemento prohibido reglamentariamente a los requeridos: ALEXIS IVÁN GARRIDO CONTRERAS consistente en 01teléfono celular que tenía en su poder. HERNAN ALEJANDRO CARDENAS NEIRA consistente en 01teléfono celular que tenía en su poder”. 3.-“En Valdivia, el día 24 de Junio de 2024, a las 17:00 horas aproximadamente, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Picarte N°4100, realiza un registro y allanamiento preventivo al interior del módulo N° 42, en donde se les encuentran elementos prohibidos reglamentariamente a los requeridos consistentes en: 6.- ALEXIS IVAN GARRIDO CONTRERAS: 02 teléfonos celulares marca vivo, color azul, encontrado entre sus pertenencias.” La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC Nº2400068030-K, de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 30, 304 ter del Código Penal; artículos 4, 45, 47, 297, 340, 348, Código: VDKFXQKHMRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 351, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 10, 11 y 24 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Alex

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 30, 304 ter del Código Penal; artículos 4, 45, 47, 297, 340, 348, Código: VDKFXQKHMRX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 351, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 10, 11 y 24 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Alexis Iván Garrido Contreras, C.I. N°17.924.889-1, nacido el 20 de julio de 1991, domiciliado en Rojas Magallanes N°915, La Florida, Región Metropolitana, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito reiterado de tenencia de teléfono prohibido al interior de un establecimiento penitenciario, ejecutado con fechas 20 de noviembre y 9 de marzo, 24 de junio de 2024, en la comuna de Valdivia. II.- En la presente sentencia, se acumuló la causa RIT N° 5984-2024 y la relación correspondiente en causa RIT N°3488-2024, a la sanción impuesta. III.- Se unifica la condena impuesta a aquella dictada en causa RIT N° 76-2024 de este tribunal y en consecuencia, se concede al sentenciado Alexis Iván Garrido Contreras, la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, por un total de 81 horas, sin que los trabajos puedan exceder de 8 horas diarias, para lo cual se oficiara al programa respectivo al Centro de Reinserción de Sant

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, dieciséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Hechos: 1.-“En Valdivia, el día 20 de diciembre de 2023, a las 15:50 horas, aproximadamente, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Picarte N°4100, realiza un registro preventivo al interior del módulo N°12, en donde se le encuentra elementos prohibidos reglamentariamente a

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