7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PUBLICO C/ CLAUDIO CRISTOPHER RUZ GEISSBUHLER

Rol

O-164-2024

Fecha

13 de septiembre de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos objeto de la acusación fueron los siguientes: “El día 16 de noviembre de 2023, siendo aproximadamente las 18:30 horas, el Acusado CLAUDIO CRISTOPHER RUZ GEISSBUHLER, se encontraba al interior de un bus de locomoción publica, el cual circulaba por la comuna de La Florida y, al llegar a la intersección de Punta Arenas con Vespucio, en la mencionada comuna, se acercó a la víctima, la adolescente L.L.O.G, de 16 años de edad, quien también se encontraba en calidad de pasajera en el interior del bus, procediendo el acusado a exigirle mediante gritos la entrega de su teléfono celular a la afectada, que esta estaba manipulando entre sus manos, negándose la víctima, procediendo el acusado a agredir la víctima con un golpe de puño en el rostro, luego intentó quitarle el teléfono a la víctima desde sus manos, iniciándose Código: QRJVXPHHSDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC N° 23-0-1254876-1 RIT N° 164-2024 2 un forcejo, interviniendo pasajeros del bus quienes detienen al acusado. A consecuencia de lo anterior, la víctima resultó con lesiones clínicamente calificadas de leves, consistentes en "contusión mejilla derecha", según da cuenta el comprobante de atención medica otorgado del facultativo de turno. La especie corresponde a un teléfono celular, marca Samsung, modelo A 21, color negro, especie avaluada en la suma de $ 200.000. A juicio del Ministerio Público el hecho descrito es constitutivo del delito de robo con violencia, ilícito previsto y sancionado en los artículos 432 y 436, inciso 1°, ambos del Código Penal, en grado de ejecución frustrado, cabiéndole participación a Claudio Cristopher Ruz Geissbuhler según lo señalado en el artículo 15 N° 1 del referido código, y a quien le perjudica la agravante de ser reincidente en delito de la misma especie y la de ejecutar el delito contra una persona menor de 18 años de edad. Por tales consideraciones el Ministerio Público solicita que Claudio

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: INTERVINIENTES. Con fecha nueve de septiembre último, ante una Sala de este Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, se realizó la audiencia de la causa RUC N° 23-0-1254876-1, RIT N° 164-2024, seguida en contra de Claudio Cristopher Ruz Geissbuhler, cédula de identidad N° 19.023.798-2, chileno, soltero, nacido en Santiago el día 01 de marzo de 1995, 29 años, soltero, cursó hasta 4° año de enseñanza media, comerciante ambulante, domiciliado en pasaje Carahue Nº 02315, villa Don Ramón, comuna de Puente Alto. El Ministerio Público fue representado por el abogado Sr. Samuel Constenla Morales. La defensa del acusado estuvo a cargo del abogado defensor penal público Sr. Jorge Andrés Palacios Vallejos. Todos los intervinientes tienen domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: ACUSACIÓN. Los hechos objeto de la acusación fueron los siguientes: “El día 16 de noviembre de 2023, siendo aproximadamente las 18:30 horas, el Acusado CLAUDIO CRISTOPHER RUZ GEISSBUHLER, se encontraba al interior de un bus de locomoción publica, el cual circulaba por la comuna de La Florida y, al llegar a la intersección de Punta Arenas con Vespucio, en la mencionada comuna, se acercó a la víctima, la adolescente L.L.O.G, de 16 años de edad, quien también se encontraba en calidad de pasajera en el interior del bus, procediendo el acusado a exigirle mediante gritos la entrega de su teléfono celular a la afectada, que esta estaba manipulando entre sus manos, negándose la víctima, procediendo el acusado a agredir la víctima con un golpe de puño en el rostro, luego intentó quitarle el teléfono a la víctima desde sus manos, iniciándose Código: QRJVXPHHSDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC N° 23-0-1254876-1 RIT N° 164-2024 2 un forcejo, interviniendo pasajeros del bus quienes detienen al acusado. A consecuencia de lo anterior, la víctima resultó con lesiones clínicamente calificadas de leves, consistentes en "contusión mejilla derecha", según da cuenta el comprobante de atención medica otorgado del facultativo de turno. La especie corresponde a un teléfono celular, marca Samsung, modelo A 21, color negro, especie avaluada en la suma de $ 200.000. A juicio del Ministerio Público el hecho descrito es constitutivo del delito de robo con violencia, ilícito previsto y sancionado en los artículos 432 y 436, inciso 1°, ambos del Código Penal, en grado de ejecución frustrado, cabiéndole participación a Claudio Cristopher Ruz Geissbuhler según lo señalado en el artículo 15 N° 1 del referido código, y a quien le perjudica la agravante de ser reincidente en delito de la misma especie y la de ejecutar el delito contra una persona menor de 18 años de edad. Por tales consideraciones el Ministerio Público solicita que Claudio Cristopher Ruz Geissbuhler sea condenado a la pena de 15 años de presidio mayor en su grado medio en calidad de autor del delito de rob

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 7°, 11 N° 9, 12 N° 22, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 26, 28, 31, 32, 50, 68 ter, 432, 436, 449 y 450 del Código Penal; artículos 1, 45, 47, 295, 297, 323, 329, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículo 17 de la ley N° Código: QRJVXPHHSDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC N° 23-0-1254876-1 RIT N° 164-2024 13 19.970 y su Reglamento; y, ley N° 18.216, se declara que: 1) Se condena a Claudio Cristopher Ruz Geissbuhler, ya individualizado, a la pena de siete años de presidio mayor en su grado mínimo; a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; por su responsabilidad de autor del delito frustrado de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 432 con relación al inciso 1° del artículo 436, ambos del Código Penal, perpetrado con fecha 16 de noviembre de 2023, en la comuna de La Florida. 2) No se condena a Claudio Cristopher Ruz Geissbuhler al pago de las costas de la causa según se indicó en el último considerando. 3) Por no reunirse ninguno de los requisitos legales contemplados en la ley N° 18.216, Claudio Cristopher Ruz Geissbuhler deberá cumplir la pena impuesta de manera efectiva, sirviéndole de abono el tiempo que lleva preventivament

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RUC N° 23-0-1254876-1 RIT N° 164-2024 1 Ministerio Público Contra: Claudio Cristopher Ruz Geissbuhler Delito: robo con violencia RUC N° 23-0-1254876-1 RIT N° 164-2024 Santiago, trece de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: INTERVINIENTES. Con fecha nueve de septiembre último, ante una Sala de este Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, se real

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