1° Juzgado de Letras de Vallenar

CONSTRUCTORA E INVERSIONES VITAL SPA./LEYTON

Rol

O-16-2022

Fecha

21 de julio de 2022

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · NO HAY HECHOS CONTROVERTIDOS X · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. X · RECEPCION DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · OMITE CITACION A AUDIENCIA DE JUICIO X · SENTENCIA x CUESTIONES PREVIAS: 1.- Se da inicio a la audiencia de juicio mediante la aplicación Zoom, con la intervención de la parte demandante, ya individualizada en el cuadro anterior. 2.- Se deja constancia que se conectó a la audiencia la abogada de la Corporación de Asistencia Judicial, doña Ana María Campos Araya, señalando que la demandada no ratificó en el tribunal el patrocinio y poder otorgado en el escrito de contestación de la demanda, quien tampoco comparece en este acto; por lo que procede a retirarse de la audiencia. 3.- Se realiza una breve relación de los hechos de la demanda. 4.- Que habiendo sido legalmente notificada la demandada doña Paulina Andrea Leyton Madariaga, ésta no compareció a la presente audiencia. 5.- La demandante, solicita se proceda a tener por reconocidos los hechos contenidos en la demanda, se omita la recepción de prueba y se proceda a dictar sentencia. 6.- El tribunal hace efectivo el apercibimiento de folio 7, con fecha trece de julio de dos mil veintidós; y se resuelve: A lo principal: Téngase por no contestada la demanda, dentro del plazo legal. A los otrosíes, estese a lo resuelto precedentemente. 7.- El tribunal llama a las partes a conciliación, la que no prospera por la inasistencia de la demandada.- HECHOS A PROBAR 1.- Efectividad de estar sujeto la demandada a fuero maternal. En la afirmativa, fecha de inicio y término del mismo. 2.- Efectividad de estar sujeta la trabajadora a contrato a plazo fijo. En la afirmativa, de fecha de inicio y término del mismo. Medios de Prueba: La parte demandante ofrece: Documental: 1. Contrato de trabajo y Pacto temporal de horas extraordinarias de 7 de marzo de 2022. 2. Anexo de Contrato de trabajo de fecha 23 de marzo de 2022. 3. Comprobante de atenc

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se ha presentado ante este Primer Juzgado de Letras de Vallenar, don GERMAN JAVIER SEGURA VALENZUELA, en representación de CONSTRUCTORA E INVERSIONES VITAL SPA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Francisco Bilbao número 1902, comuna Providencia, Santiago, entablando demanda de desafuero maternal en contra doña PAULINA ANDREA LEYTON MADARIAGA, la que se ha seguido en rebeldía de la parte demandada, la cual estando válidamente emplazada no ha comparecido a estrados. SEGUNDO: Que, la parte demandante sólo ofreció prueba documental consistente en: 1. Contrato de trabajo y Pacto temporal de horas extraordinarias de 7 de marzo de 2022. 2. Anexo de Contrato de trabajo de fecha 23 de marzo de 2022. 3. Comprobante de atención de urgencia de la Sra. Leyton, Folio N° 144786 de fecha 10 de abril de 2022, emitido por Hospital Provincial de Huasco. 4. Carta de aviso de desafuero de fecha 26 de mayo de 2022 y su respectivo comprobante de envío. 5. Seguimiento en Línea de Correos de Chile N° 1179911667059. 6. Licencia médica N° 3 069402206-5 de 21 de abril de 2022. 7. Licencia médica N° 10138566-3 de 26 de abril de 2022. 8. Comprobante constancia empleadores correlativo 426834 de fecha 12 de mayo de 2022. 9. Comprobante constancia empleadores correlativo 456751 de fecha 20 de mayo de 2022. 10. Aviso de Iniciación de Servicios de fecha 9 de marzo de 2022, emitido por AFC Chile. 11. Liquidaciones de los meses de marzo, abril y mayo todos del año 2022. 12. Previred de los meses de marzo, abril y mayo todos del año 2022. 13. Reporte de Asistencia legal de la Sra. Leyton, detalle de asistencia desde el 1 de mayo al 22 de mayo, ambos de 2022 y desde el 23 de mayo al 22 de junio, ambos de 2022. TERCERO: Que la presente controversia se encuentra radicada única y exclusivamente por las alegaciones del demandante y visto lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 del Código del Trabajo, esta jueza estima tácitamente admitidos los hechos, por cuanto el demandado de autos no contestó la demanda en la oportunidad procesal correspondiente, estando válidamente emplazado, privándose por ende de su posibilidad de pronunciarse sobre las pretensiones del actor, ya sea negándolas o aceptándolas en forma expresa y concreta. Lo expresado constituye una omisión del demandado que impide despejar la controversia. Así, se tendrá por tácitamente acreditado: 1) que la demandada fue contratada con fecha 07 de marzo de 2022 para desempeñar funciones de como “Jornal de aseo”; 2) que la relación contractual se determinó por ambos contratantes hasta el día hasta el día 31 de mayo de 2022; 3) que la demandada se encuentra amparada con fuero maternal. 4) Que la demandada ha fallado a la asistencia de su jornada de trabajo desde el 02 de mayo del presente a la fecha de presentación de la demanda sin justificación alguna. 5) Que con fecha 23 de mayo de presente se le envió carta de término de la relación laboral por incumplimiento de las obligaciones

Fallo

se resuelve: A lo principal: Téngase por no contestada la demanda, dentro del plazo legal. A los otrosíes, estese a lo resuelto precedentemente. 7.- El tribunal llama a las partes a conciliación, la que no prospera por la inasistencia de la demandada.- HECHOS A PROBAR 1.- Efectividad de estar sujeto la demandada a fuero maternal. En la afirmativa, fecha de inicio y término del mismo. 2.- Efectividad de estar sujeta la trabajadora a contrato a plazo fijo. En la afirmativa, de fecha de inicio y término del mismo. Medios de Prueba: La parte demandante ofrece: Documental: 1. Contrato de trabajo y Pacto temporal de horas extraordinarias de 7 de marzo de 2022. 2. Anexo de Contrato de trabajo de fecha 23 de marzo de 2022. 3. Comprobante de atención de urgencia de la Sra. Leyton, Folio N° 144786 de fecha 10 de abril de 2022, emitido por Hospital Provincial de Huasco. 4. Carta de aviso de desafuero de fecha 26 de mayo de 2022 y su respectivo comprobante de envío. 5. Seguimiento en Línea de Correos de Chile N° 1179911667059. 6. Licencia médica N° 3 069402206-5 de 21 de abril de 2022. 7. Licencia médica N° 10138566-3 de 26 de abril de 2022. 8. Comprobante constancia empleadores correlativo 426834 de fecha 12 de mayo de 2022. 9. Comprobante constancia empleadores correlativo 456751 de fecha 20 de mayo de 2022. 10. Aviso de Iniciación de Servicios de fecha 9 de marzo de 2022, emitido por AFC Chile. 11. Liquidaciones de los meses de marzo, abril y mayo todos del año 2022. 12.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE VALLENAR FECHA 21/07/2022 RUC 22- 4-0408739-1 RIT O-16-2022 MAGISTRADO NATHALIE ANDREA FUENTES FLORES ADMINISTRATIVO DE ACTAS CRISS BELÉN ROZAS TAPIA HORA DE INICIO 10:09 horas HORA DE TERMINO 11:03 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 22- 4-0408739-1-36 PARTE DEMANDANTE (NO COMPARECE) PAULINA ANDREA LEYTON

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