4º Juzgado de Garantía de Santiago

CARAB. GUILLERMO ALEJANDRO ORTIZ CABRERA C/ NICOLÁS IGNACIO MELLADO VALLE

Rol

O-9092-2023

Fecha

12 de septiembre de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 24 de agosto de 2022, a las 03:10 horas aproximadamente, el imputado NICOLÁS IGNACIO MELLADO VALLE, condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, el automóvil marca Ford, modelo Ecosport, año 2011, color gris, placa patente CZDF-24, por Avenida Cristóbal Colón en dirección al oriente, en la intersección con calle Robinson Crusoe, en la comuna de Las Condes. Al llegar carabineros al lugar, se percataron que el imputado se encontraba en estado de ebriedad, por su fuerte hálito alcohólico y rostro congestionado, realizándole una prueba respiratoria la cual arrojó un resultado de 1,16 gramos de alcohol por litro de sangre, lo que fue confirmado mediante el Informe de Alcoholemia N° 13-SCL-OH- 16310-22, la cual arrojó un resultado de 1,37 gramos de alcohol por litro de sangre.-” I. Que se condena a NICOLÁS IGNACIO MELLADO VALLE, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo y multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conductor, descrito y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290, relación con el artículo 110 inciso 2° y 209, todos de la misma ley, en grado de desarrollo consumado, perpetrado el día 24 de agosto de 2022, en la comuna de Las Condes, y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y se le exime del pago de las costas de la causa. II. Que se impone al sentenciado la pena accesoria de suspensión de la licencia de conducir por el plazo de 2 años, sin abonos. Ofíciese en art. 468 del Código Procesal Penal al Registro Nacional de Conductores para que en el evento que el imputado obtenga licencia de conducir en el tiempo de vigencia la sanción de Suspensión de licencia, ésta sea remitida al tribunal para su custodia. III. Que reuniéndose en la especie los requisitos contemplados en el artículo 4 de la Ley 1

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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, doce de septiembre de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA ANDREA ARAYA HERNANDEZ RUC: 2200835010-1 RIT: 9092

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