SCOTIABANK CHILE / ESCUDERO
Rol
C-6744-2015
Fecha
4 de junio de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 17 de enero de 2015, comparece don Cristian Viñales Devoto, abogado, en representación del Banco Scotiabank Chile, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat Nº 214 oficina 402, interponiendo demanda ejecutiva en contra de don Marco Antonio Escudero Gajardo, con domicilio en calle Avda. Las Flores N 321, La Herradura Oriente, Coquimbo. Funda la demanda, en que la entidad bancaria es dueña de un pagaré Nº 710042113880, por la suma de $9.975.381 (nueve millones novecientos setenta y cinco mil trescientos ochenta y un pesos), suscrito el día 30 de marzo de 2015, devengando un interés del 1,35% mensual, pagadero en 56 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 55 cuotas por un valor de $257.016 cada una y la última por un valor de $260.992, cuyo primer vencimiento corresponde al día 05 de mayo de 2015, y los restantes los días 5 de cada mes, o del último mes del respectivo período. Señala que se estipuló que el capital adeudado devengaría desde el momento de la mora o simple retardo en el pago de todo o parte de cualquiera de las cuotas, el máximo interés que la ley permite estipular, se pactó además que las obligaciones contraídas tienen el carácter de indivisibles, se reguló que el banco quedaría facultado para exigir anticipadamente el pago total de lo adeudado, el que se consideraría de plazo vencido para todos los efectos legales. Indica, que el demandado se encuentra en mora en el cumplimiento de su obligación desde la cuota número 3, cuota con vencimiento el 06 de junio de 2015, adeudando al banco la suma de $9.760.776, y siendo la deuda líquida en cuanto al capital, y liquidable respecto de los intereses, actualmente exigible, y no encontrándose la acción prescrita; solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma indicada, más intereses moratorios, y se siga adelante con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de dicha suma al ejecutante, con expresa condenación en costas. Con fecha 10 de noviembr
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco Scotiabank Chile, ha deducido demanda ejecutiva en contra de don Marco Escudero Gajardo., solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $9.975.381, ordenándose seguir adelante con la ejecución hasta el cumplido pago de lo adeudado, más intereses y costas. SEGUNDO: Que el ejecutado opuso a la ejecución la excepción contemplada en el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de los fundamentos ya pormenorizados en esta sentencia. TERCERO: Que la parte ejecutante se allanó en forma expresa a la excepción de prescripción opuesta, de conformidad a la presentación de fecha 30 de noviembre de 2020. CUARTO: Que el artículo 98 de la Ley 18.092 dispone que: El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un año, contado desde el día del vencimiento del documento. QUINTO: Que de esta forma y con el mérito de los documentos aportados al proceso, en especial, del pagaré fundante de la acción tenido a la vista y habiendo transcurrido el plazo de prescripción para la acción cambiaria nacida del pagaré, conforme reza la norma legal citada; y teniendo presente además, que la parte ejecutante se allanó en forma expresa a la excepción planteada por el ejecutado, dándose en la especie los requisitos de la prescripción alegada, habrá que necesariamente acogerse la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada, rechazándose la demanda ejecutiva, tal como se dirá en resolutiva. SEXTO: Que habiéndose allanado en forma expresa la parte ejecutada y teniendo únicamente presente lo dispuesto en el artículo 471 inciso final del Código de Procedimiento Civil, no se le condenará en costas al ejecutante.
Fallo
se declara admisible la excepción opuesta, y en virtud del allanamiento expreso de la parte ejecutante, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco Scotiabank Chile, ha deducido demanda ejecutiva en contra de don Marco Escudero Gajardo., solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $9.975.381, ordenándose seguir adelante con la ejecución hasta el cumplido pago de lo adeudado, más intereses y costas. SEGUNDO: Que el ejecutado opuso a la ejecución la excepción contemplada en el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de los fundamentos ya pormenorizados en esta sentencia. TERCERO: Que la parte ejecutante se allanó en forma expresa a la excepción de prescripción opuesta, de conformidad a la presentación de fecha 30 de noviembre de 2020. CUARTO: Que el artículo 98 de la Ley 18.092 dispone que: El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un año, contado desde el día del vencimiento del documento. QUINTO: Que de esta forma y con el mérito de los documentos aportados al proceso, en especial, del pagaré fundante de la acción tenido a la vista y habiendo transcurrido el plazo de prescripción para la acción cambiaria nacida del pagaré, conforme reza la norma legal citada; y teniendo presente además, que la parte ejecutante se allanó en forma expresa a la excepción planteada por el ejecutado, dándose en la especie los requisitos d
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-6744-2015 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE / ESCUDERO Antofagasta, cuatro de Junio de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 17 de enero de 2015, comparece don Cristian Viñales Devoto, abogado, en representación del Banco Scotiabank Chile, ambos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat Nº 214 of
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