TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN BERNARDO

C/ DOMINGO GAMALIER LASTRA RODRÍGUEZ

Rol

O-63-2023

Fecha

11 de septiembre de 2024

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: IDENTIFICACIÓN DE LOS SUJETOS PROCESALES: Que el día seis de septiembre de dos mil veinticuatro, ante la sala de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, integrado por las Juezas, doña Carla Villemur Torres, quien la presidió, doña Margarita Guevara Carrasco y don Juan Madrid Pozas, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral RIT N° 63-2022, seguida en contra de Domingo Gamalier Lastra Rodríguez, cédula de identidad Nº 19.723.497-0, nacido el 27 de mayo de 1997, 27 años de edad, soltero, guardia, segundo medio, domiciliado en calle José Miguel Carrera 691, Población Manuel Plaza, Buin. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Sr. Fiscal don Claudio Ciudad Cueto, con domicilio y forma de notificación ya registrados en la audiencia. La Defensa del acusado estuvo a cargo de la Sra. Defensora Penal Público, doña Jessica Retamal Utreras, con domicilio y forma de notificación ya registrados en la audiencia. SEGUNDO: ACUSACION: Que la acusación objeto del juicio, según se consigna en el auto de apertura, señala que “el día 1 de mayo de 2021, siendo las 16:15 horas aproximadamente, el imputado Domingo Gamalier Lastra Rodríguez fue sorprendido por Carabineros conduciendo por calle Bajos de Matte intersección con Los Pellines en Buin, el vehículo Hyundai Sonata, color verde, p.p.u. NR 6169, el cual mantenía encargo por robo de fecha 24 de octubre de 2020, hecho denunciado por la víctima, Kevin Nicolás Luengo Avalos, ante la 7ma. Comisaría de Renca según parte 4037, Evento 11687713 de la misma fecha, y con encargo vigente SEBV 202010- 4105, conociendo el imputado o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de la especie”. A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos en configuran el delito de receptación de vehículo del artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, en el que atribuye al acusado participación en calidad de autor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del mismo código. Con relación a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, reconoce la atenuante de irreprochable conducta anterior. Solicita que se aplique la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y multa de $ 1.000.000, más la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y pago de las costas. Se hace presente que no hubo convenciones probatorias. TERCERO: ALEGATOS DE LA FISCALIA: Que en su alegato de apertura el Ministerio Público indica que 1 de mayo de 2021, Carabineros realizaba control vehicular selectiva, era periodo de pandemia, se fiscalizó un Hyundai, sonata, verde, se le solicitaron permisos sanitarios, y se detectó que el vehículo no portaba Código: XDJKXPCUNSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 patente delantera, y el conductor tampoco mantenía

Fallo

Se acuerda del imputado y lo señala en la audiencia, ejercicio que no resulta de gran dificultad dado que primeramente fue interrogado por el Sr. Fiscal y, obviamente, el acusado se encontraba junto a su abogada defensora. Añadió que en la ocasión el imputado le dijo que había comprado así el auto, sin su patente. En el mismo orden de ideas, el Cabo II, Gustavo Ferrada Vásquez, manifestó que el 1 de mayo de 2021 había un velorio de alta complejidad por temas de droga. En esas circunstancias hacían un punto fijo y fiscalizan un auto Hyundai Sonata verde. Los jóvenes no tenían documentos, el conductor se llamaba Domingo Lastra a quien reconoce en la audiencia. Su colega Moisés Alegría al consultar la placa patente resultó que tenía un encargo por robo. Luego se trasladaron a la Comisaria. Constató el encargo, al parecer de Renca; no se acuerda de la fecha, octubre, pero no sabe qué año, si era la denuncia o el encargo. Tampoco se acuerda si la patente de adelante el auto la portaba. Recuerda que el conductor fue amable, no tuvieron problemas con él. En la exhibición de fotografías, y refiriéndose específicamente a los cilindros de ambas puertas, da cuenta de las mismas y no hace mención a que hubiere apreciado daños en su estructura. Por último, indica que no sabe si el móvil se entregó el mismo día o después, pero luego del peritaje se informa que el vehículo está listo, de modo que ello es indicativo que hubo una revisión específica del mismo. Código: XDJKXPCUNSX Este docum

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1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SAN BERNARDO. CONTRA: DOMINGO GAMALIER LASTRA RODRÍGUEZ. DELITO: Receptación de vehículo motorizado. R. U. C.: 2 100 429 270 – 4. R. I. T.: 63 – 2023.- San Bernardo, once de septiembre de dos mil veinticuatro. - OIDO, VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: IDENTIFICACIÓN DE LOS SUJETOS PROCESALES: Que el día seis de septiembre de dos mil veinticuatro, ante la sala

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