Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

SODEXO CHILE S.P.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO IQUIQUE

Rol

I-29-2022

Fecha

20 de julio de 2022

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 08 de junio de 2022, don EMILIO IGNACIO PALAVICINO FERRADA, abogado, domiciliado en Av. Vitacura 2909, Oficina 816, Las Condes, Santiago, en representación, de SODEXO CHILE S.p.A., con domicilio en Pérez Valenzuela 1635, Piso 6, Providencia, Santiago, interpone demanda por reclamación de multa, en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE IQUIQUE, representada por su Inspectora Provincial doña MAYERLING JOANNA PAVEZ ROBLEDO, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Patricio Lynch No 1332-1334, comuna y ciudad de Iquique, en razón de la dictación de la resolución de multa N°4176/22/40, de 30 de abril de 2022, notificada el 20 de mayo de 2022 (art. 508 CT), solicitando que se acoja la presente reclamación, en todas sus partes, dejando sin efecto la multa o, en subsidio, rebajando la cuantía de esta, con costas. Que, evacuando el traslado conferido, la demandada contestó la demanda en audiencia de 04 de julio de 2022. Que, en audiencia de 04 de julio de 2022, se llamó a las partes a conciliación, la cual no prosperó. Que, en audiencia única de contestación, conciliación y prueba, se fijaron los siguientes hechos a probar: 1° Efectividad de haber incurrido la demandada en error de hecho al cursar multa N°4176/22/40 de fecha 30 de abril de 2022, hechos y circunstancias. Que, las partes ofrecieron e incorporaron prueba, al tenor de los puntos de prueba decretados por el tribunal. CON LO RELACIONADO VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, demandante sostiene que la multa fue cursada, por “NO PAGAR LAS REMUNERACIONES CONSISTENTES EN SUELDO, RESPECTO DEL TRABAJADOR SEÑOR ELADIO EDWARD GONZÁLEZ QUIROGA, RUT 24.457.674-5 EN EL MES DE OCTUBRE DE 2021. NORMA INFRINGIDA ARTÍCULO 55 INCISO 1º EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 506 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO”. Señala la demandante que, se debe considerar que no se cursó multa por infracción a los arts. 31 y 32 del DFL N°2 de 1967 MINTRAB, por lo que resulta pacífico que su representada cumplió en la etapa administrativa con su obligación de aportar todos los antecedentes y documentos solicitados durante el proceso de fiscalización. Acto seguido, explica que no existe hecho infraccional, puesto que, la remuneración del mes de octubre de 2021 se encontraba pagada en tiempo y forma, según consta de liquidación de remuneración del mes de octubre de 2021 respecto del Sr. González, habiendo prestado servicios por 18 días, se devengó en su favor la suma de $207.449.-, por concepto de remuneración de dicho mes, lo cual fue debidamente pagado con fecha 22 de octubre de 2022, mediante depósito N°000524574781 efectuado en la cuenta vista o Rut N°24457674 cuyo titular es el Sr. Eladio González Quiroga, por la suma de $207.449.-, correspondiente a la remuneración del mes de octubre de 2021 de dicho trabajador. Señala que, con fecha 28 de abril de 2022, el fiscalizador Sr. Marcos Rodríguez Rojas, a través del dominio marodrig@dt.gob.cl remitió correo electrónico a doña Vanessa Feliu Monroy de Sodexo Chile SpA, a la dirección vanessa.feliu@sodexo.com, asunto: comisión 407, solicitando los comprobantes de pago de remuneraciones de los meses octubre y septiembre del 2021 y febrero y marzo del 2022 del trabajador Sr. Eladio González Quiroga, el referido correo electrónico fue respondido por doña Vanessa Feliu el mismo día 28 de abril de 2022, remitiendo lo solicitado por el fiscalizador, en los términos expuestos, incluyendo en el archivo en formato PDF de nombre “244557674-5 102021 (1).pdf”, que consiste, precisamente, en el Certificado Pago de Remuneraciones emitido por el Banco Estado con fecha 28 de abril de 2022, correspondiente a depósito N°000524574781 efectuado en la cuenta bancaria del trabajador Eladio González Quiroga con fecha 22 de octubre de 2021, por la suma de $207.449.-, razón por la cual el fiscalizador tuvo a la vista el documento que acreditaba el pago de la remuneración de dicho mes. Alega, asimismo, falta de objeto de la multa, por cuanto se pagó íntegramente la remuneración del mes de octubre de 2021 al Sr. González, por lo que a su juicio, no habiéndose ocasionado un detrimento económico al Sr. González, por no existir el hecho infraccional, la multa carece de objeto en sancionar a su representada, incurriendo en error de hecho, razón por la cual se deberá dejar sin efecto la multa reclamada. En subsidio, solicita la rebaja prudencial de la multa considerando que esta es excesiva en virtud que su parte siempre e

Fallo

SE RESUELVE ESCRITO PENDIENTE X INCORPORACIÓN PRUEBA DEMANDANTE X OFRECIMIENTO PRUEBA DEMANDADA X INCORPORACIÓN PRUEBA DEMANDADA X OBSERVACIONES Y CONCLUSIONES A LA PRUBA X DICTA SENTENCIA X En Iquique, a veinte de julio del año dos mil veintidós. Se provee escrito pendiente: A la presentación realizada por la parte demandante, de fecha 19 de julio del año 2022, se resuelve: Téngase por cumplido lo ordenado. DICTACIÓN DE SENTENCIA VISTOS: Que, con fecha 08 de junio de 2022, don EMILIO IGNACIO PALAVICINO FERRADA, abogado, domiciliado en Av. Vitacura 2909, Oficina 816, Las Condes, Santiago, en representación, de SODEXO CHILE S.p.A., con domicilio en Pérez Valenzuela 1635, Piso 6, Providencia, Santiago, interpone demanda por reclamación de multa, en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE IQUIQUE, representada por su Inspectora Provincial doña MAYERLING JOANNA PAVEZ ROBLEDO, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Patricio Lynch No 1332-1334, comuna y ciudad de Iquique, en razón de la dictación de la resolución de multa N°4176/22/40, de 30 de abril de 2022, notificada el 20 de mayo de 2022 (art. 508 CT), solicitando que se acoja la presente reclamación, en todas sus partes, dejando sin efecto la multa o, en subsidio, rebajando la cuantía de esta, con costas. Que, evacuando el traslado conferido, la demandada contestó la demanda en audiencia de 04 de julio de 2022. Que, en audiencia de 04 de julio de 2022, se llamó a

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO DE MULTA ADMINISTRATIVA FECHA Iquique, veinte de julio de dos mil veintidós. RUC 22-4-0407556-3 RIT I-29-2022 MAGISTRADA MARCELA MABEL DIAZ MENDEZ ADMINISTRATIVA ACTAS Dinko Alarcón Llaituqueo, (sala 3) HORA DE INICIO 09:26 horas HORA DE TÉRMINO 10:18 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240407556-3-1334-220720-00-01 hasta el audio 224040755

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