13º Juzgado Civil de Santiago

MARCHANT/ILUSTRE MUNCIPALIAD MAIPU

Rol

C-19097-2020

Fecha

4 de junio de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 31 de diciembre de 2020, comparece doña María Eugenia Marchant López, pensionada, con domicilio en Pasaje Raúl Prado N°1216, Villa Los Héroes, comuna de Maipú, quien interpone demanda en juicio ordinario por prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada por su alcaldesa, doña Cathy Barriga Guerra, ambos domiciliados en Avenida Cinco de Abril N°260, comuna de Maipú. Por resolución de fecha 3 de junio de 2021, se notificó expresamente la demanda a la demandada. Con fecha 26 de mayo de 2021, comparece en autos la demandada, allanándose a la demanda. Con fecha 3 de junio de 2021, atendido el mérito de autos, especialmente el allanamiento de la contraria y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omitió la recepción de la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña María Eugenia Marchant López, interpone demanda en juicio ordinario por prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada por su alcaldesa, doña Cathy Barriga Guerra, ya individualizados. Funda su demanda en el hecho de ser deudora de derechos municipales por la prestación del servicio recolección de residuos domiciliarias sólidos, también denominados derechos de aseo domiciliarios, correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en Pasaje Raúl Prado N°1216, Villa Los Héroes, comuna de Maipú, por el periodo que se extiende desde el día 30 de septiembre de 2005 hasta el día 30 de septiembre de 2015, y desde el 30 de noviembre de 2018 al 30 de noviembre de 2020, según consta en el documento denomina “Informe de deuda derechos de aseo”. Refiere que respecto al periodo que abarca desde el 30 de septiembre de 2005 hasta el día 30 de septiembre de 2015, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada por su alcaldesa, doña Cathy Barriga Guerra, ya individualizados, someterla a tramitación y en definitiva acogerla en todas sus partes, declarando la prescripción de las acciones destinadas a obtener el pago de la deuda por concepto de aseo domiciliario, correspondiente al período comprendido entre el 30 de septiembre de 2005 hasta el día 30 de septiembre de 2015, por la suma de $160.658.-, ambos períodos inclusive, con costas; SEGUNDO: Que, la demandada comparece en autos, señalando al efecto, previa síntesis de los fundamentos de hecho y de derecho de la demandante, que se allana a la demanda por el periodo señalado, y solicita no se le condene en costas; TERCERO: Que a fin de acreditar sus alegaciones la demandante acompañó los siguientes antecedentes: 1.- Copia del certificado de dominio vigente inscrito a fojas 63077, número 44528, del Registro de Propiedad del año 1990, conservador de Bienes Raíces de Santiago; 2.- Certificado de residencia; 3.- Informe de deuda de derechos de aseo de fecha 13 de Noviembre de 2020; CUARTO: Que, la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los demás requisitos legales, y se encuentra tratada en el Código Civil, en los artículos 2492 y siguientes; QUINTO: Que, la prescripción se inserta en un sistema jurídico proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jurídicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutela o protección de los mismos, instando en definitiva a que los partícipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1567, 2514, 2515 y 2518 del Código Civil; 160, 170, 254 y 314 del Código de Procedimiento Civil; 48 del D.L. 3.063; 53 del Código Tributario y demás pertinentes, se declara: I.- Que se acoge la demanda de lo principal de 31 de diciembre de 2020, en la forma establecida en el considerando décimo de este fallo. II.- Que se exime de las costas a la parte demandada. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. ROL N°C-19097-2020. Pronunciada por don Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cuatro de Junio de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-06-04T14:17:57-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-19097-2020 CARATULADO : MARCHANT/ILUSTRE MUNCIPALIAD MAIPU Santiago, cuatro de Junio de dos mil veintiuno VISTOS Con fecha 31 de diciembre de 2020, comparece doña María Eugenia Marchant López, pensionada, con domicilio en Pasaje Raúl Prado N°1216, Villa Los Héroes, comuna de Maipú, quien interpone demanda en juic

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