C/ JACOB VICTORIANO GATICA CANTILLANA
Rol
O-3064-2024
Fecha
5 de septiembre de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 1 de Mayo de 2024, aproximadamente a las 15:00 horas, los requeridos JACOB VICTORIANO GATICA CANTILLANA y DENISSE SOLANGE ENCALADA MORENO se encontraban en avenida José Victorino Lastarria con Pasaje Maule, de la ciudad de Arica, manteniendo en su poder 01 bolso tipo matutero de color rojo en cuyo interior mantenía diversas prendas de vestir y 01 mochila de color negra marca TUF GOMIN en cuyo interior también mantenía diversas prendas de vestir y otras especies, siendo fiscalizados por personal de Carabineros en el lugar. Ambos requeridos conocían o no podían menos que conocer el origen ilícito de las especies que mantenían en su poder, ya que estas fueron sustraídas el mismo día 1 de mayo de 2024, aproximadamente entre las 14:30 y 14:40 horas desde el interior del vehículo marca Mazda modelo Demio color blanco placa patente única SWJY.51, que se encontraba en los estacionamientos del Cementerio Municipal ubicado en avenida José Victorino Lastarria N° 1000, desde donde sujetos desconocidos fracturaron el vidrio trasero del costado izquierdo y sustrajeron desde el interior del vehículo, entre otras especies, 01 bolso tipo matutero de color rojo en cuyo interior mantenía diversas prendas de vestir y 01 mochila de color Código: HEZVXPJQRCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl negra marca TUF GOMIN en cuyo interior también mantenía diversas prendas de vestir, las cuales son avaluadas en la suma de $500.000. A juicio de la fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito consumado de receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal y a los requeridos les cabe participación en los hechos a título de autores conforme al artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Consulta de admisión: El imputado admite responsabilidad en los hechos del requerimiento. Sentencia en juicio Simplificado. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuent
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Jacob Victoriano Gatica Cantillana, cédula de identidad N° 15.822.651-0 y Denisse Solange Encalada Moreno, cédula de identidad N° 20.215.246- 5, ya individualizados, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autores del delito consumado de receptación, castigado por el artículo 456 BIS A del Código Penal, cometido en Arica el 1 de mayo de 2024. II.- Que se sustituye la pena corporal; a ambos sentenciados; por la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad por un total de ochenta horas, no pudiendo exceder en este caso de ocho ni menos de cuatro horas diarias de trabajo. Los sentenciados deberán presentarse al Centro de Reinserción Social en el plazo de cinco días, contados desde que recuperen su libertad. Si esta pena sustitutiva fuere revocada o quebrantada deberán cumplir efectivamente la pena corporal impuesta. III.- Que la multa impuesta; a ambos sentenciados; se tendrá por cumplida con un día del tiempo que estuvieron privados de libertad por esta causa, conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que queda ejecutoriada. Regístrese y dese cumplimiento a lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, cinco de septiembre de dos mil veinticuatro Magistrado ANA PAULA SEPULVEDA BURGOS Fiscal DANIELLA ANNIBALI LIENDO Defensor GINGER RIFFO GAETE Defensor GUSTAVO RIVEROS VILLANUEVA Tipo de Audiencia JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Hora inicio 13:10 Hora termino 13:25 Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2400494283-K-992-240905-00-20 - JOSI ASB LCR RIT
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