MP C/ NICOLÁS HONORINDO CAÑUMIR ANTINE
Rol
O-3576-2024
Fecha
1 de septiembre de 2024
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL), OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 09 de mayo del año 2024, alrededor de las 16:55 horas, en circunstancia que el personal de Carabineros procedió a fiscalizar al imputado NICOLÁS HONORINDO CAÑUMIR ANTINE en calle Matta, de esquina avenida Balmaceda, la comuna de Temuco, procedió a solicitar su identificación, negándose a individualizarse, indicando textualmente a Carabineros: “por qué no van a huevear a otro lado pacos culiaos, si yo no les paso mi carnet a ningún paco culiado donde los vea en la ciudad de Temuco, les voy a poner una estocada por la espalda dando la muerte”, por lo cual Carabineros procedió a su detención.” II. La fiscalía, representada por el Fiscal Adjunto Sr. LUIS ARROYO PALMA, para efectos del artículo 395 del Código Procesal Penal, modificó el requerimiento y tuvo los hechos como dos FALTAS PENALES CONSUMADAS de FALTAR EL RESPETO A LA AUTORIDAD, del articulo 495 N° 4 del Código Penal y OCULTAMIENTO DE IDENTIDAD, del artículo 496 N° 5 del Código Penal, cometidos por el requerido en calidad de AUTOR de acuerdo al artículo 15 Nº1 del Código Penal y en grado de ejecución, le reconoce la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal y solicitó DOS PENAS DE MULTA DE UTM, sin costas. Código: KYVSXPGYJYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III. La defensa solicita se reconozca la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, solicita que se impongan las penas de multa, sean rebajadas y se den por cumplidas o cuotas para pagarlas, sin costas. IV. Conforme a lo referido se dan por establecidos los hechos descritos en el requerimiento, los cuales configuran DOS FALTAS PENALES CONSUMADAS de FALTAR EL RESPETO A LA AUTORIDAD, del artículo 495 N° 4 del Código Penal y OCULTAMIENTO DE IDENTIDAD, del artículo 496 N° 5 del Código Penal, y al requerido le corresponde intervención criminal en calidad de AUTOR. Se reconocerá la atenuante invocada y se impondrá la pena de multa prudencialmente rebajada, como se d
Fallo
Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 348, 388, 389, 390, 393, 395 del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 31, 49, 50, 67, 70, 288 bis, 495 y 496 del Código Penal, RESUELVO: I. Que se condena a NICOLÁS HONORINDO CAÑUMIR ANTINE, RUN . . - ya individualizado, a la DOS PENAS de MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO ( ) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de las FALTAS PENALES CONSUMADAS de FALTAR EL RESPETO A LA AUTORIDAD, infracción al artículo 495 N° 4 del Código Penal y OCULTAMIENTO DE IDENTIDAD, infracción al artículo 496 N° 5 del Código Penal, cometidas en esta jurisdicción el 9 de mayo de 2024. II. Que, las multas impuestas en el numeral I. se le tienen por cumplidas con cargo a dos días de detención en esta causa. III. Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Una vez ejecutoriado el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Remítase copia de la sentencia al Registro Nacional de Condenas del Servicio de Registro Civil e Identificación. Código: KYVSXPGYJYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y dese copia. RUC - RIT - Dictada por don MAURICIO ALEJANDRO TORRES CONTRERAS, Juez de Garantía (S). Código: KYVSXPGYJYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-10T13:59:22-0300
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA: Temuco, uno de septiembre de dos mil veinticuatro. I. La Fiscalía Local formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de NICOLÁS HONORINDO CAÑUMIR ANTINE, RUN . . - , obrero, domiciliado en calle Ferrara N° , comuna de Temuco, asistido por la abogada defensora penal pública Sra. DANIELA MORA SCHEEL, y el imputado debidamente advertido de sus derechos, en aud
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