Juzgado de Garantía de Los Angeles.

MINISTERIO PUBLICO C/ MAICOL EDUARDO BALBOA ACEVEDO

Rol

O-3635-2022

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 432, 436 y demás aplicables del Código Pena l; artículos 47, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 1 y 15 bis de la ley 18.216, se declara: I.-Que se condena a MAICOL EDUARDO BALBOA ACEVEDO N°0019373056-6, ya individualizado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la de inhabilitación absoluta por cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1 del Código Penal, en relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal, cometido a la comuna de los Ángeles el día 23 de septiembre del año 2022. II.-Que, reuniéndose los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuestas por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que Código: FLXXXPUXMLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile en la ciudad de Los Ángeles, y debiendo además cumplir, durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones previstas en las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada Ley; adicionalmente se impone al sentenciado la condición prevista en el artículo 17 ter, esto es la obligación de cumplir con el programa para el tratamiento de consumo problemático de drogas. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse o

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 432, 436 y demás aplicables del Código Pena l; artículos 47, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 1 y 15 bis de la ley 18.216, se declara: I.-Que se condena a MAICOL EDUARDO BALBOA ACEVEDO N°0019373056-6, ya individualizado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la de inhabilitación absoluta por cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de Robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1 del Código Penal, en relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal, cometido a la comuna de los Ángeles el día 23 de septiembre del año 2022. II.-Que, reuniéndose los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuestas por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que Código: FLXXXPUXMLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile en la ciudad de Los Ángeles, y debiendo además cumplir, durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su moment

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de preparación juicio oral.. Fecha Los Angeles., nueve de septiembre de dos mil veinticuatro Magistrado MAY-LIN CECILIA WONG PARRA Fiscal CARLOS DIAZ ANDRADE Defensor ESTEBAN GUEVARA OLIVARES Hora inicio 12:16PM Hora termino 12:5 AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Los Angeles. Acta Ingrid Saavedra Burgos RUC 22 94 665-8 RIT 3635 – 2 22 Reg de audio Actu

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