Juzgado de Garantía de Calama.

MP C/ ARACELLI KARLAY ANTIQUERA ESCOBAR

Rol

O-3910-2023

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Con fecha 24 de septiembre de 2023, alrededor de las 05:00, la víctima de iniciales H.A.T.M. se encontraba en el interior de su vehículo Hyundai, modelo Eon, años 2016, color blanco, estacionado en calle Código: HXWBXPCMCNW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgcalama@pjud.cl mailto:aracelliantiquera@gmail.com __________________________________________________________________________________ Dirección: Avenida Granaderos 2406, Calama. Correo electrónico jgcalama@pjud.cl Teléfono: 55-2683900 2 Granaderos intersección de calle Bañados Espinoza cuando fue intimidada por tres sujetos en compañía de la imputada ARACELLI KARLAY ANTIQUERA ESCOBAR, quienes, previamente concertados y utilizando un arma blanca tipo cortaplumas amenazaron a la víctima con el objeto de sustraerle su vehículo, rompiendo el parabrisas trasero, para luego huir del lugar con el móvil, procediendo la imputada a presenciar el hecho y a apurar a los coautores para asegurar el ilícito. Posteriormente la víctima realizó la denuncia ante carabineros. A las 08:30 aproximadamente, carabineros, quienes estaban alertados por radio del robo del vehículo, mientras realizaban un patrullaje preventivo, lo encontraron estacionado afuera de la Hostal “Capri”, ubicado en calle Vivar N°1639, Calama, comprobándose que este había sido estacionado por la imputada ARACELLI KARLAY ANTIQUERA ESCOBAR, y su pareja JOSE HUMBERTO SALAS MARIN, quienes mantenían el vehículo sustraído, sin poder menos que conocer su origen espurio. La víctima reconoció a la imputada como una de las personas que cometieron el delito de robo con intimidación. 2. Calificación Jurídica, iter críminis y participación: Los hechos precedentemente descritos son constitutivos de los siguientes delitos: 1.- José Humberto Salas Marín: autor de un delito consumado de receptación de vehículo previsto en el artículo 456 bis A) del Código Penal; 2.- Aracelli Karlay Antiquera Es

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Calama, en causa RUC 2301032671-0, RIT 3910-2023, se presentó acusación en contra de ARACELLI KARLAY ANTIQUERA ESCOBAR, chilena, cédula nacional de identidad 15690650-6, con domicilio en la casa de su madre en San Francisco 829, población José Miguel Carrera de Antofagasta, autorizada conforme al artículo 31 del Código Procesal Penal para su notificación en el correo electrónico aracelliantiquera@gmail.com, y de JOSE HUMBERTO SALAS MARIN, chileno, cédula nacional de identidad 15769218-6, chileno, con domicilio en Calama, pasaje Manuel Rodríguez 1143, Villa Chica, para los efectos del artículo 26 del Código Procesal Penal. Presentes en la audiencia: el Fiscal Cristian Encina Farías y en representación de los acusados la Defensora Penal Pública Marcela Fuentes Montero, además de los acusados quienes comparecen vía remota desde las unidades penales en los que se encuentran cumpliendo prisión preventiva por esta causa. SEGUNDO: Acusación. La imputación del Ministerio Público conforme el artículo 407 del Código Procesal Penal se formula en los siguientes términos: 1. Los Hechos: Con fecha 24 de septiembre de 2023, alrededor de las 05:00, la víctima de iniciales H.A.T.M. se encontraba en el interior de su vehículo Hyundai, modelo Eon, años 2016, color blanco, estacionado en calle Código: HXWBXPCMCNW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgcalama@pjud.cl mailto:aracelliantiquera@gmail.com __________________________________________________________________________________ Dirección: Avenida Granaderos 2406, Calama. Correo electrónico jgcalama@pjud.cl Teléfono: 55-2683900 2 Granaderos intersección de calle Bañados Espinoza cuando fue intimidada por tres sujetos en compañía de la imputada ARACELLI KARLAY ANTIQUERA ESCOBAR, quienes, previamente concertados y utilizando un arma blanca tipo cortaplumas amenazaron a la víctima con el objeto de sustraerle su vehículo, rompiendo el parabrisas trasero, para luego huir del lugar con el móvil, procediendo la imputada a presenciar el hecho y a apurar a los coautores para asegurar el ilícito. Posteriormente la víctima realizó la denuncia ante carabineros. A las 08:30 aproximadamente, carabineros, quienes estaban alertados por radio del robo del vehículo, mientras realizaban un patrullaje preventivo, lo encontraron estacionado afuera de la Hostal “Capri”, ubicado en calle Vivar N°1639, Calama, comprobándose que este había sido estacionado por la imputada ARACELLI KARLAY ANTIQUERA ESCOBAR, y su pareja JOSE HUMBERTO SALAS MARIN, quienes mantenían el vehículo sustraído, sin poder menos que conocer su origen espurio. La víctima reconoció a la imputada como una de las personas que cometieron el delito de robo con intimidación. 2. Calificación Jurídica, iter críminis y participación: Los hechos precedentemente descritos son constitutivos de los siguientes delitos: 1.- José Humberto Salas Mar

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 68, 69, 70, 432, 436 y 456 bis A del Código Penal; 407 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 8, 15, 15 bis, 17, 17 bis y 17 ter de la Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Se condena JOSE HUMBERTO SALAS MARIN, chileno, cédula nacional de identidad 15769218-6, en calidad de autor de un delito consumado de receptación de vehículo cometido en Calama el 24 de septiembre de 2023, a la siguiente pena: a) La pena de OCHOCIENTOS DIECIOCHO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO. b) Al pago de una multa de 3 unidades tributarias mensuales. c) La suspensión de cargo y oficio público mientras dure la condena. d) No se le condena en costas. II. Que, reuniéndose los requisitos del artículo 8° de la ley N° 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad, por reclusión parcial nocturna y Código: HXWBXPCMCNW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgcalama@pjud.cl __________________________________________________________________________________ Dirección: Avenida Granaderos 2406, Calama. Correo electrónico jgcalama@pjud.cl Teléfono: 55-2683900 12 domiciliaria, que se verificará entre las 22:00 horas y 06:00 horas del día siguiente en el domicilio de pasaje Manuel Rodríguez 1143, Villa Chica, comuna de Calama, controlado mediante monitoreo telemático, habiéndose informado factibilidad técnica con an

Texto Completo (Preview)

__________________________________________________________________________________ Dirección: Avenida Granaderos 2406, Calama. Correo electrónico jgcalama@pjud.cl Teléfono: 55-2683900 1 ACTA DE LECTURA DE SENTENCIA RIT : 3910 - 2023 RUC : 2301032671-0 FECHA : nueve de septiembre de dos mil veinticuatro HORA INICIO : 11:59 horas. HORA TÉRMINO : 12:09 horas. DELITO : ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 4

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