Juzgado de Garantía de Arica.

LUIS ALEXIS VALDIVIA TORREALBA C/ JOSÉ LUIS CORTÉS BARRIENTOS

Rol

O-3521-2023

Fecha

4 de septiembre de 2024

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 02 de junio de 2023, aproximadamente a las 14:30 horas, en el Centro Penitenciario de Arica, ubicado en la Ruta 5 Norte, kilómetro 2063, Cuesta de Acha s/n, Arica; las imputadas Marisela Eugenia Fuentes Salvatierra y Yesenia Huayllas Poma, en circunstancias que se encontraban previamente concertadas para ingresar drogas al interior de recinto penitenciario para su posterior distribución entre la población del penal con los imputados Felipe Andrés Gutiérrez Fuentes y Jaime Huayllas Poma, respectivamente, ambos internos del módulo 06, quienes se encontraban en prisión preventiva en causas diversas, fueron sorprendidas por funcionarios de Gendarmería de Chile, intentando ingresar las drogas al penal, las que mantenían ocultas en las respectivas encomiendas que eran dirigidas a los imputados Gutiérrez Fuentes y Huayllas Poma. Específicamente, la encomienda dirigida al imputado Gutiérrez Fuentes, contenía entre otras especies, un envoltorio de jugo Sprim de color rojo y un envoltorios de jugo Sprim de color amarillo, todos contenedores de Cocaína Base, los que arrojaron un peso bruto de 90,10 gramos, un peso neto de 80,00 gramos y un porcentaje de pureza del 51%. Por su parte, la encomienda dirigida al imputado Huayllas Poma, contenía, entre otras especies, un envoltorio de jugo Sprim de color rojo y un envoltorio de jugo Sprim de color amarillo, ambos contenedores de Ketamina, los que arrojaron un peso bruto de 42,80 gramos y un peso neto de 37,40 gramos, además de un envoltorio de jugo Sprim de color amarillo contenedor de una sustancia indeterminada no controlada por la Ley 20.000, el que arrojó un peso bruto de 27,60 gramos y un peso neto de 24,80 gramos; drogas que no se encontraban destinadas por los imputados para su uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, así como tampoco a la realización de un tratamiento médico, razón por la cual los funcionarios procedieron a la detención de las imputadas Fuentes Salvatierra y Huayllas Poma.

Fallo

se declara: I.- Que se condena a JAIME HUAYLLAS POMA, cédula de identidad N° 7 9 5 576- , ya individualizado, a las penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de un tercio de unidad tributaria mensual, y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de tráfico de droga en pequeñas cantidades, previsto y sancionado por el artículo de la Ley , cometido en Arica el día de junio de II.- Que se condena a JOSÉ LUIS CORTÉS BARRIENTOS, cédula de identidad N° . 5.88 -9, ya individualizado, a las penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de dos unidades tributarias mensuales, y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor del delito consumado de tráfico de droga en pequeñas cantidades, previsto y sancionado por el artículo de la Ley , hecho cometido en Arica el día de junio de III.- Que respecto de JAIME HUAYLLAS POMA, se sustituye la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial nocturna domiciliaria, entre las : y las 6: Código: KWNBXPXXDBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl horas, por el mismo tiempo de la condena, en el domicilio respecto del cual se acompañe informe de factibilidad técnica dentro del plazo de cinco días contados desde que el sentenciado recupere su libertad en causa diversa. Si no se

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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro Magistrado CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal GONZALO FIGUEROA CABELLO Defensor GUSTAVO RIVEROS VILLANUEVA, por Emilio Antonio Hernández Alvarado y Marisela Eugenia Fuentes Salvatierra Defensora MARÍA JAVIERA OLGUÍN RÍOS, por Felipe Andrés Gutiérrez Fuentes y José Luis Cortés Barrientos Defensora SOFIA MAKAUS BRAVO, por J

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