Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MP C/ CRISTIAN ALBORNOZ ARAVENA

Rol

O-279-2023

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: El día 4 del presente, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, para conocer de la acusación dirigida contra CRISTIAN ALBORNOZ ARAVENA, chileno, natural de Talca, 38 años de edad, nacido el 29 de mayo de 1986, cédula de identidad N° 16.453.834-6, soltero, enseñanza técnica profesional, técnico electricista, domiciliado en Villa Pablo Neruda, calle 19 ½ Sur con 1 ½ Poniente, casa N°678, Talca. Fue parte acusadora el Ministerio Público, con domicilio en calle 4 Norte N° 703, Talca, representado por la Fiscal doña Viviana Rojas Alarcón. La defensa del acusado, estuvo a cargo del Defensor Penal Licitado, don Jaime Paiva Ferrada, domiciliado en calle 6 Norte N° 833, Talca.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según consta del auto de apertura, es del siguiente tenor: “El 16 de septiembre de 2022, alrededor de las 18:10 horas, en la vía pública específicamente en calle 5 Norte con Avenida Circunvalación de la ciudad de Talca, funcionarios de Carabineros sorprendieron al imputado CRISTIAN ALBORNOZ ARAVENA conduciendo el vehículo marca Hyundai modelo Accent color blanco placa patente falsa código alfa numérico HGTJ.15 en circunstancias que el vehículo en mención le correspondía la placa patente única HCPH-41, como asimismo el número de chasis adulterado; además el imputado mantenía en su poder este vehículo, conociendo o no pudiendo menos que conocer que se trataba de una especie robada la cual es de propiedad de CESAR RICARDO CORREA LÓPEZ, el que mantenía un encargo vigente por Robo, específicamente el siguiente SEBV 2017055225-05-2017 parte N°1870 de fecha 28 de mayo de 2017 de la 10ª Comisaria de Carabineros de la Cisterna”. A juicio de la Fiscalía, tales hechos son constitutivos del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A inciso tercero del Código Penal; y, del delito consumado de conducción a sabiendas de vehículo motorizado con placa patente falsa, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley 18.290; atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor. Señala, además, que le favorece la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Punitivo; y, requiere se le imponga la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo y multa de 117 UTM, por el primer ilícito; y, tres años de presidio menor en su grado medio, multa de 70 UTM y suspensión de licencia de conducir por dos años, por el segundo; en ambos casos, más accesorias legales y pago de las costas. En su intervención inicial, el Ministerio Público, reprodujo los hechos y calificación jurídica contenidos en la acusación; agrega que estima que el juicio versará sobre el elemento subjetivo de ambos tipos penales, pues la defensa cuestionará si el imputado sabia o no podía menos que saber la procedencia del vehículo; el Ministerio Público estima que si lo sabía, por cuanto no tomó ninguna precaución al adquirirlo; lo que probará con la prueba que ofrece rendir; por lo que pedirá al termino del juicio un Código: USXPXFMDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 veredicto condenatorio. En su alegato de clausura, sostuvo que tal como lo señaló, la discusión sería por el elemento subjetivo de los tipos penales, pero con la prueba incorporada a juicio, queda de manifiesto que el vehículo tenía una procedencia ilícita, pues como consta del parte policial, el vehículo fue objeto de un robo con intimidación; el personal aprehensor fiscalizó al imputado porque a simple vista, visualizó que las patentes eran falsas, registran el vehículo y se percatan que el nú

Fallo

se acuerda muy bien, pero debe haber sido lo mismo. Se le refresca memoria con su declaración en la que se lee “lo adquirí en octubre de 2018, en el cual únicamente me fije en la parte estética y que se encontraba en buenas condiciones, para lo cual concurrí hasta la comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago, donde realicé la compra, dando como pago el vehículo que tenía en ese tiempo y que era un Great Wall modelo C-30, año 2014; a una persona al parecer de la misma comuna, del cual actualmente no mantengo los datos ni mayor información”; lo que dice ahí es solo lo del auto, pero lo otro de la revisión del motor y chasis efectivamente lo revisó, no sabe porque no lo dijo en Carabineros. A las preguntas de su defensor, responde que su declaración en Carabineros, en la Tercera Comisaría; fue como a las 22:00 a 23:00 horas y fue controlado como a las 17:30 horas. Antes no sabía las medidas que debe tener una placa patente, ahora con esto que le pasó lo sabe, como también que debe tener un sello o un logo, pero eso no lo sabía en aquella ocasión; el pago del auto fue con su vehículo ya mencionado, no dio dinero más encima. El auto tenía la chapa de encendido en buenas condiciones, la llave era la original y tenía alarma con control; revisó los documentos y todos correspondían a la placa patente que tenía puesta el auto. Pagó los permisos de circulación y seguro obligatorio, durante los años 2019, 2020, 2021 y 2022, andaba con los documentos como corresponde. Ofrecida que le f

Texto Completo (Preview)

1 Talca, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: El día 4 del presente, ante la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, para conocer de la acusación dirigida contra CRISTIAN ALBORNOZ ARAVENA, chileno, natural de Talca, 38 años de edad, nacido el 29 de mayo de 1986, cédula de identidad N° 16.453.834-6, soltero, ense

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica