C/ CHERYL MARDOTH FLÁNDEZ RODRÍGUEZ
Rol
O-36-2023
Fecha
7 de septiembre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 7 de mayo del año 2022, a las 06:10 horas aproximadamente, la acusada Cheryl Mardoth Flandes Rodríguez que viajaba como pasajera en el automóvil marca Geely, modelo Emgrand 7, placa patente única PFDS-66, al llegar a calle O´Higgins esquina calle Vicuña, comuna de Coquimbo, procedió a intimidar con un cuchillo al conductor de dicho vehículo, la víctima don Cristian Rodrigo Baigorri Segovia, exigiéndole la entrega de dinero diciéndole “pasa la plata o te apuñalo como apuñalé al weon del centro”, ante lo cual la víctima le entrega la suma de $20.000 en dinero en efectivo, tras lo cual la acusada al descender del vehículo para huir del lugar cae al piso siendo retenida por la víctima hasta la llegada de Carabineros. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran un delito de robo con intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 inciso Código: WBMPXPXWXXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl primero del Código Penal, correspondiéndole a la imputada la participación en calidad de autora y en grado de desarrollo consumado. En lo relativo a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el ente persecutor expuso que respecto de la encartada no concurren. TERCERO: En su alegato de apertura, el fiscal refirió que se acreditarán los hechos y la participación de la acusada principalmente con el relato de la víctima que trasladaba a la imputada como pasajera en Uber y protagonizó un robo con intimidación. Además, los funcionarios policiales darán cuenta del momento de la detención, de las especies que habrían sido encontradas tanto el dinero de propiedad de la víctima como el cuchillo para la comisión del hecho y, a su turno, dará cuenta de la supuesta tesis planteada por la acusada la que carecerá de efectividad. También agregó que se presentará prueba fotográfica que dará cuenta del cuchillo y daños producidos al interior del vehículo y por ello sol
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 2 de septiembre de dos mil veinticuatro, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrado por los magistrados Sra. Eugenia Elvira Gorichón Gómez quien preside, Sr. Edgardo Pinto Solís y Sr. Sergio Almonacid Muñoz quien redacta, en causa Rol Único 2200441366-4 y Rol Interno del Tribunal 36-2023, el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto Juan Pablo Aguilera Ponce con domicilio en Juan Melgarejo N° 847, Coquimbo, sostuvo acusación por el delito de Robo con Intimidación en contra de la imputada Cheryl Mardoth Flandes Rodríguez, cédula nacional de Identidad N° 15.890.790-9, chilena, nacida el 18 de septiembre de 1984 en la ciudad de Santiago, soltera, manipuladora de alimentos y trabaja en faena minera, cuarto medio rendido, con domicilio en calle El Canelo Parte Alta Nº 255, Coquimbo, cuya defensa se encuentra a cargo del Defensor Penal Público Sr. Carlos Cerda Aguirre, con domicilio en Aldunate N° 540, 5to piso, Coquimbo. SEGUNDO: El Ministerio Público fundó su acusación, según se lee en el auto de apertura, en los siguientes hechos: El día 7 de mayo del año 2022, a las 06:10 horas aproximadamente, la acusada Cheryl Mardoth Flandes Rodríguez que viajaba como pasajera en el automóvil marca Geely, modelo Emgrand 7, placa patente única PFDS-66, al llegar a calle O´Higgins esquina calle Vicuña, comuna de Coquimbo, procedió a intimidar con un cuchillo al conductor de dicho vehículo, la víctima don Cristian Rodrigo Baigorri Segovia, exigiéndole la entrega de dinero diciéndole “pasa la plata o te apuñalo como apuñalé al weon del centro”, ante lo cual la víctima le entrega la suma de $20.000 en dinero en efectivo, tras lo cual la acusada al descender del vehículo para huir del lugar cae al piso siendo retenida por la víctima hasta la llegada de Carabineros. A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos configuran un delito de robo con intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 inciso Código: WBMPXPXWXXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl primero del Código Penal, correspondiéndole a la imputada la participación en calidad de autora y en grado de desarrollo consumado. En lo relativo a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el ente persecutor expuso que respecto de la encartada no concurren. TERCERO: En su alegato de apertura, el fiscal refirió que se acreditarán los hechos y la participación de la acusada principalmente con el relato de la víctima que trasladaba a la imputada como pasajera en Uber y protagonizó un robo con intimidación. Además, los funcionarios policiales darán cuenta del momento de la detención, de las especies que habrían sido encontradas tanto el dinero de propiedad de la víctima como el cuchillo para la comisión del hecho y, a su turno, dará cuenta de la supuesta tesis planteada por la acusada la que carecerá de efectividad. También agregó que se pre
Fallo
se acuerda muy bien. Solo recordó que ella decía que la querían violar y él mencionaba que el teléfono estaba bajo el asiento. Código: WBMPXPXWXXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- Depuso en estrados don Diego Antonio Ulloa Miranda, 32 años, lugar de nacimiento Peumo, soltero, funcionario de Carabineros de Chile, cabo primero, domiciliado en Tegualda 515, El Llano, Coquimbo. Tras prestar juramento al fiscal le manifestó que la fecha del procedimiento fue el 7 de mayo de 2022 entre las 6:30 a las 7 de la mañana, el que se desarrolló en el sector de la parte alta de Coquimbo, calles O’Higgins con Vicuña. Se llegó porque fueron alertados por la central, pero no se indicaba información previa y que sería una situación que verificar. Cuando llegaron al lugar encontraron un vehículo con el conductor al costado de él y una femenina que estaba tendida en el suelo, no recuerda que tipo de vehículo era. La mujer estaba a unos 2 metros o un metro de distancia del vehículo. Cuando llegaron al lugar ambos hablaban, los dos querían dar su versión de los hechos, no recuerda que dijo cada uno. Lo que señaló la víctima es que tomó un pasajero hasta el sector de Vicuña con O’Higgins, esta persona saca de su bolso un arma blanca con la que le intimida y le saca de su mano una suma de dinero que eran 20 mil pesos. La persona que lo asaltó iba como pasajera no recuerdo si era taxi o alguna aplicación de transporte. Re
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RUC : 2200441366-4 RIT : 36-2023 ACUSADA : Cheryl Mardoth Flandes Rodríguez MATERIA : Robo con intimidación La Serena, siete de septiembre de dos mil veinticuatro VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 2 de septiembre de dos mil veinticuatro, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, integrado por los magistrados Sra. Eugenia Elvira Gorichón Gómez quien preside, Sr.
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