Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ ANGEL ALEXANDER MEZA CABRERA

Rol

O-779-2022

Fecha

3 de septiembre de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 11 de febrero de 2022, alrededor de las 01:00 horas de la madrugada en circunstancias que la víctima H.A.C.Ñ. se trasladaba en su bicicleta desde su trabajo hacia su domicilio, y cuando iba por Avenida Pedro de Valdivia frente al 901 de esta ciudad, fue interceptado por el imputado Angel Meza Cabrera, quien era acompañado de otro sujeto, en donde Meza Cabrera procede a tomarle fuertemente la bicicleta al mismo tiempo que lo amenaza señalándole que si no hace entrega de ella le iban a pegar, tratando la víctima de oponer resistencia para que no le arrebataran su bicicleta, produciéndose un forcejeo, en donde luego la víctima por temor desiste, retirándose entonces el acusado con la especie en su poder. La especie sustraída corresponde a una bicicleta marca Oxford, aro 26, color negro con gris. Temuco, tres de septiembre de dos mil veinticuatro. Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa Código: PUSXXPXKCUW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de au

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa Código: PUSXXPXKCUW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 9, 15, 432, 436, inciso primero del Código Penal, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y la ley 18.216, se resuelve: I.- Que se CONDENA a ANGEL ALEXANDER MEZA CABRERA ya individualizado, como autor del delito consumado de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACION por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco el día 11 de febrero de 2022 a las penas de TRES

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RESUMEN RIT 2200140069-3 RUC 779 - 2022 MATERIA ROBO CON INTIMIDACIÓN IMPUTADO ANGEL ALEXANDER MEZA CABRERA CÉDULA DE IDENTIDAD 18.611.841-3 DOMICILIO CALLE LOS PIRINEOS NR 1419 DEPARTAMENTO Nº 10, SAN BERNARDO ATENUANTES Artículo 11 N° 9 del Código Penal. AGRAVANTES NO CONCURRE. RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Hechos: El día 11 de febrero de 2022, alrededor de las 01:00 horas de

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