Juzgado de Garantía de Tomé.

FABIAN ESTEBAN SALAZAR VERA C/ FERNANDO MARIO RUIZ ALARCÓN

Rol

O-354-2024

Fecha

5 de septiembre de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento Imputado admite responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento X Alegaciones de la Defensa X Tribunal dicta sentencia en procedimiento simplificado X HECHOS REQUERIMIENTO ESCRITO: El día 30 de agosto del año 2023, alrededor de las 03:40 horas, en circunstancias que el imputado FERNANDO MARIO RUIZ ALARCON, conducía en estado de ebriedad el vehículo tipo automóvil marca Kia, modelo Rio 5, color plateado, placa patente única LHFL-63, por la vía pública, específicamente por Calle Egaña, comuna de Tomé, y al pasar frente al domicilio N°1033, chocó contra un poste de alumbrado público, ubicado en el lugar, sin ocasionarle daños. Al ser fiscalizado por personal de Carabineros, estos pudieron percibir que el imputado se desempeñaba en estado de ebriedad debido a su inestabilidad al caminar, rostro congestionado, incoherencia al hablar y fuerte hálito alcohólico. El informe de alcoholemia practicado al requerido arrojó el resultado de 2,12 gramos por mil de alcohol en la sangre. JUZGADO GARANTÍA DE TOMÉ C/ FERNANDO MARIO RUIZ ALARCÓN Tomé, cinco de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos 1°, 3°, 5°,7° 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 25, 30, 49, 67 y 70, todos ellos del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley 18.290 Ley de Tránsito; artículos 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 1°, 4°, 38 y demás pertinentes de la Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603, SE DECLARA: I. QUE SE CONDENA A FERNANDO MARIO RUIZ ALARCÓN, cédula de identidad N° 19.677.167-0, ya individualizado, como AUTOR de un delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y Código: TFXYXPPZUZU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:notifica_jg_tome@pjud.cl mailto:jgtome@pjud.cl mailto:fernando.ruiz@virginiogomez.cl JUZGADO

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto, en los artículos 1°, 3°, 5°,7° 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 25, 30, 49, 67 y 70, todos ellos del Código Penal; artículos 110 y 196 de la Ley 18.290 Ley de Tránsito; artículos 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 1°, 4°, 38 y demás pertinentes de la Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603, SE DECLARA: I. QUE SE CONDENA A FERNANDO MARIO RUIZ ALARCÓN, cédula de identidad N° 19.677.167-0, ya individualizado, como AUTOR de un delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y Código: TFXYXPPZUZU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:notifica_jg_tome@pjud.cl mailto:jgtome@pjud.cl mailto:fernando.ruiz@virginiogomez.cl JUZGADO DE GARANTIA TOME MAIPU 1038 INTERIOR TOME FONOS 41- 2654226 / 41-2654204 CORREOS ELECTRONICOS: notifica_jg_tome@pjud.cl / jgtome@pjud.cl sancionado en los artículos 110 en relación al 196 de la Ley 18.290, Ley de Tránsito, en grado de ejecución consumado, cometido en esta comuna de Tomé, el día 30 de agosto de 2023, a las penas de CUARENTA Y UN DÍAS (41) DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, ACCESORIAS LEGALES DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL Y SUSPENSIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR, POR EL TÉRMINO DE DOS (2) AÑOS. II. Que en lo que refiere a la pena corporal impuesta y

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JUZGADO DE GARANTIA TOME MAIPU 1038 INTERIOR TOME FONOS 41- 2654226 / 41-2654204 CORREOS ELECTRONICOS: notifica_jg_tome@pjud.cl / jgtome@pjud.cl INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO/SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Tomé, cinco de septiembre de dos mil veinticuatro Magistrado XIMENA ANDREA MARTÍNEZ PARRA Fiscal FREDDY BENITEZ CARRERO Defensor CLAUDIA RODRIGUEZ G

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