Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ FABIÁN ANDRÉS MATAMALA DÍAZ

Rol

O-906-2023

Fecha

5 de septiembre de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de FABIAN ANDRES MATAMALA DIAZ, C.I. N°16.971.665-K, quien comparece representado por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: HECHO N°1: El día 31 de marzo de 2023, alrededor de las 14.40 hrs., mientras la víctima Madelyn Palma Matamala se encontraba en su domicilio ubicado en calle Temuco N°535, Villa Alemana, hasta ese lugar llegó su tío, el requerido FABIÁN MATAMALA DÍAZ, quien a raíz de conflictos familiares y bajo los efectos de la droga la insultó, para luego agredirla con golpes de pies y puños en su cuerpo. A raíz de la agresión, la víctima resultó con lesiones de carácter leve, consistentes en “herida sangrante de 2 cm en labio inferior con leve edema del mismo; costilla de parrilla costal derecha observa fractura de costilla”, según el DAU N°47866116, emanado del Hospital de Peñablanca. HECHO N°2: Código: WPXUXPRURXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El día 26 de abril de 2023, alrededor de las 10.00 hrs., mientras la víctima Madelyn Palma Matamala se encontraba en su domicilio ubicado en calle Temuco N°535, Villa Alemana en compañía de su hijo y abuelo, hasta ese lugar llegó su tío, el requerido FABIÁN MATAMALA DÍAZ, quien desde el exterior la amenazó de forma seria y grave de muerte, advirtiéndole que le daría puñaladas, que la quemaría viva y que le robaría sus pertenencias, agregando que no tratara de salir de su domicilio porque si lo hacía le pegaría. Posteriormente, alrededor de las 11.55 hrs del mismo día, el requerido retornó hasta el domicilio de la víctima, logrando ingresar a su interior, para en ese lugar insultar a Palma Matamala y amenazarla de forma seria y grave diciéndole “perra conchetumadre te voy a quemarte viva, te voy a terciarte en la calle”, para luego intentar agredir a la víctima, sin lograr su objetivo, siendo detenido por personal policial. La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que no se presentó la prueba de cargo a declarar, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando Código: WPXUXPRURXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340

Fallo

por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.-Que se absuelve a FABIAN ANDRES MATAMALA DIAZ.- II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar.- III.- Déjense sin efecto las cautelares. ARCHIVESE Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: WPXUXPRURXU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-05T15:53:34-0400

Texto Completo (Preview)

C/ FABIAN ANDRES MATAMALA DIAZ. DELITO: AMENAZAS Y LESIONES MENOS GRAVES. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N° - . RIT N° - . Villa Alemana, cinco de septiembre del dos mil veinticuatro.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de FABIAN ANDRES MATAMALA DIAZ, C.I. N°16.971.665-K,

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