GÓMEZ/SERVICIOS CONSTRUCTIVOS SIGA SPA
Rol
M-1364-2020
Fecha
19 de julio de 2022
Materia
Costas, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACION PARCIAL Llamadas las partes a conciliación, esta se produce en los siguientes términos: 1. Las partes (demandante y demandada solidaria, Automotriz Rosselot S.A.), sin reconocer los
Fundamentos
fundamentos de demanda ni contestación, con el solo ánimo de poner término a la presente litis, acuerdan el pago a la demandante, la suma única y total de $250.000.-, monto que se pagará mediante depósito en la cuenta bancaria del Tribunal, en una sola cuota, a más tardar el día 25 de julio de 2022. 2. Las partes se otorgan el más amplio, completo y total finiquito, de todas las obligaciones emanadas de la relación, cualquiera que fuera la naturaleza de aquella y si es que la hubo, sin perjuicio de las obligaciones que emanan de la presente conciliación. 3. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal aprueba la conciliación en todo lo que no fuere contrario a derecho. Ordena registrar y archivar los antecedentes respecto de la demandada solidaria, en su oportunidad. SOLICITUD DEMANDANTE: La parte demandante, en atención que la demandada principal se encuentra debidamente notificada (por avisos), encontrándose rebelde y teniendo presente que no ha comparecido a esta audiencia, solicita que el Tribunal ejerciera la facultad del artículo 453 N° 1, inciso 7°, y que se tuviera como tácitamente admitidos los hechos señalados en la demanda monitoria y que por lo demás fue aceptado por el
Fallo
fallo monitorio dictado por este mismo Tribunal. El Tribunal Resuelve: Como se pide a la solicitud, atendido la rebeldía de la parte demandada principal, que no ha contestado la demanda, el Tribunal procederá a continuación a dictar sentencia. SENTENCIA: Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintidós. VISTOS OÍDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que ha comparecido ante este Tribunal, interponiendo demanda de cobro de prestaciones en juicio monitorio don ALEX EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, en contra de SERVICIOS CONSTRUCTIVOS SIGA SPA, Rut N° 76.939.112-6, representado por don NELSON ANDRES SILVA MORA, Rut N° 15.882.458-2. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 63, 162, 173, 420, 425, 452 y siguientes, se declara: Que se acoge la demanda en procedimiento monitorio, por cobro de prestaciones interpuesta por don ALEX EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, en contra de SERVICIOS CONSTRUCTIVOS SIGA SPA, representado por don NELSON ANDRES SILVA MORA, debidamente individualizado, declarándose en consecuencia: 1. Que se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $376.250.- por concepto de remuneración del mes de octubre de 2019. b) $75.250.- por concepto de remuneración desde el 01 al 06 de noviembre de 2019. c) $29.975.- por concepto de feriado proporcional. d) Las cotizaciones de seguridad social AFP PROVIDA, FONASA y AFC CHILE el mes de octubre y 06 días del mes de noviembre de 2019. 2. Que las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución deberán ser reajustadas y deve
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 18/07/2022, Santiago RUC 20- 4-0268783-6 RIT M-1364-2020 CARATULADO GÓMEZ/SERVICIOS CONSTRUCTIVOS SIGA SPA MAGISTRADO FELIPE ANDRES NORAMBUENA BARRALES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Pablo Vernal Lay HORA DE INICIO 10:25 HORA DE TERMINO 10:43 SALA Sala Virtual 4 (6.3) Nº REGISTRO DE AUDIO
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