C/ DIEGO FERNANDO SALVATIERRA PINTO
Rol
O-1201-2023
Fecha
3 de septiembre de 2024
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, tres de septiembre de dos mil veinticuatro. Procedimiento Abreviado R.U.C. 2300269530-8 R.I.T. 1201 - 2023 MAGISTRADO JUAN ENRIQUE OLIVARES URZUA FISCAL PAOLA MARUZZELLA TRISOTTI DÍAZ DEFENSOR PRIVADO NATHALY BOSIKA SKOLJAREV GUZMÁN IMPUTADO DIEGO FERNANDO SALVATIERRA PINTO Cédula nacional de identidad 20.958.030-6 Domicilio: Pasaje El Disco Nº 4705, Estación Central. Delitos Receptación de vehículo motorizado Grado de desarrollo Consumado. Participación Autor Atenuantes Artículo 11 N°9 del Código Penal. Agravantes No se invocan Hecho ilícito El día 12 de marzo de 2023, a las 12:00 horas aproximadamente, en intersección de calle Las parcelas con calle Curacavi, comuna de Estación Central, el acusado DIEGO FERNANDO SALVATIERRA PINTO, conducía y tenía en su poder el automóvil marca Mercedes Benz, modelo ML 350 blue efficiency, color café, año 2012, PPU DYFK -30, el que registraba encargo vigente por el delito de robo con intimidación N° 529349, de fecha 12 de marzo de 2023, denuncia efectuada mediante parte denuncia N° 00423, de la 3ª Comisaria de Carabineros de Algarrobo, realizada por la denunciante Alejandra Andrea Aravena Fuentes. Tanto por la proximidad temporal que existe entre la ocurrencia del delito base y el momento en que el acusado es sorprendido teniendo en su poder el vehículo como por el hecho de que al momento de ser divisado por funcionarios de carabineros el acusado Salvatierra Pinto se dio a la fuga, y
Fundamentos
considerando además que el acusado no cuenta con documentación alguna que le permita justificar la legítima posesión o tenencia del automóvil, se estima que el acusado conocía o no podía menos que conocer el origen Código: PTYXXPDYXKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ilícito de dicha especie. Parte resolutiva Por lo razonado entonces y lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15, 30, 49, 50, 68, 69, 456 bis A, todos del Código Penal; artículos 47, 297, 340 y siguientes y, 406 y siguientes, todos del Código Procesal Penal;
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a DIEGO FERNANDO SALVATIERRA PINTO, como autor de un delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO, según hecho descubierto el día 12 de marzo del año 2023, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas: a) A la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN (541) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO. b) A la suspensión de todo cargo u oficio público mientras dure el tiempo de la condena. c) A la pena de multa ascendente a UN (1/3) TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, pena que se declara cumplida por vía sustitutiva con cargo a audiencia de control de la detención que tuvo lugar el día 13 de marzo del año 2023. II.- Que, por no ser procedente no se le concede pena sustitutiva y deberá cumplir la pena en forma efectiva, sin abonos que considerar a su respecto. III.- Que, atendido el procedimiento verificado, se estima del caso eximir al sentenciado del pago de costas del proceso. Regístrese el presente fallo y una vez firme cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, y oportunamente se archivaran los antecedentes. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. RUC 2300327241-9 RIT 1395 - 2023 SENTENCIA PRONUNCIADA POR JUAN ENRIQUE OLIVARES URZÚA, JUEZ TITULAR DE ESTE SEXTO JUZGADODE GARANTÍA /srp. Código: PTYXXPDYXKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-09T21:35:58-0300
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Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, tres de septiembre de dos mil veinticuatro. Procedimiento Abreviado R.U.C. 2300269530-8 R.I.T. 1201 - 2023 MAGISTRADO JUAN ENRIQUE OLIVARES URZUA FISCAL PAOLA MARUZZELLA TRISOTTI DÍAZ DEFENSOR PRIVADO NATHALY BOSIKA SKOLJAREV GUZMÁN IMPUTADO DIEGO FERNANDO SALVATIERRA PINTO Cédula nacional de identidad 20.958.030-6 Domici
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