M. PUBLICO C/ VÍCTOR SEBASTIÁN GARCÍA FLORES
Rol
O-3391-2023
Fecha
4 de septiembre de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 Nro. 9, 15 Nro. 1, 21, 30, 51, 68 y 296 Nro. 3 del Código Penal; artículo 30, 36, 45, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a VÍCTOR SEBASTIÁN GARCÍA FLORES, cédula nacional de identidad N°0021430893-2 ya individualizado(a) a sufrir a tres penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la suspensión de cargo, oficio público durante el tiempo que dure la condena por el delito de amenazas previsto y sancionado en el artículo 296 Nro. 3 del Código Penal, por su responsabilidad en calidad de autor en grado de desarrollo consumado, ilícitos ocurridos el día 03 de noviembre de 2023 en perjuicio de la víctima don Jorge Hernán Moreno y por el ilícito ocurrido el día 03 de noviembre de 2023 y el día 02 de noviembre de 2023, en la comuna de Ovalle. II.- Que, en razón del tiempo que ha permanecido sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total por esta causa, esto es, 199 días, se le dará por cumplida la pena corporal impuesta respecto del imputado,
Fundamentos
considerando como abono 183 días. III.- Se deja sin efecto la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno que pesa sobre el imputado, Ofíciese a carabineros del domicilio del imputado. IV.- Se exime del pago de las costas por haber admitido responsabilidad y haber sido asesorado por la defensoría penal pública. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese, archívese en su oportunidad. Dictada por la señora ETHEL KATHERINE HENRIQUEZ OPAZO – Juez de Garantía (s). Código: HXXXXPXNKBU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: HXXXXPXNKBU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-09-04T21:17:27-0400
Fallo
se declara: I.- Que se condena a VÍCTOR SEBASTIÁN GARCÍA FLORES, cédula nacional de identidad N°0021430893-2 ya individualizado(a) a sufrir a tres penas de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la suspensión de cargo, oficio público durante el tiempo que dure la condena por el delito de amenazas previsto y sancionado en el artículo 296 Nro. 3 del Código Penal, por su responsabilidad en calidad de autor en grado de desarrollo consumado, ilícitos ocurridos el día 03 de noviembre de 2023 en perjuicio de la víctima don Jorge Hernán Moreno y por el ilícito ocurrido el día 03 de noviembre de 2023 y el día 02 de noviembre de 2023, en la comuna de Ovalle. II.- Que, en razón del tiempo que ha permanecido sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total por esta causa, esto es, 199 días, se le dará por cumplida la pena corporal impuesta respecto del imputado, considerando como abono 183 días. III.- Se deja sin efecto la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno que pesa sobre el imputado, Ofíciese a carabineros del domicilio del imputado. IV.- Se exime del pago de las costas por haber admitido responsabilidad y haber sido asesorado por la defensoría penal pública. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese, archívese en su oportunidad. Dictada por la señora ETHEL KATHERINE HENRIQUEZ OPAZO – Juez de Garantía (s). Código: HXXXXPXNKBU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://ver
Texto Completo (Preview)
/paag SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Ovalle., cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado ETHEL KATHERINE HENRIQUEZ OPAZO RUC 2301196366-8 RIT 3391 - 2023 Delito Amenazas simples contra las personas, en grado de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal Grado de ejecución
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