13º Juzgado Civil de Santiago

CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./CERDA

Rol

C-27347-2019

Fecha

31 de mayo de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 1, comparece Francisco Javier Sepúlveda Figueroa, abogado, en representación de CAT Administradora de Tarjetas S.A, sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Agustinas Nº 1022, Oficina 1010, comuna de Santiago, interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de Daniel Andrés Cerda Fernández, cuya profesión u oficio ignora, con domicilio en Sigma Nº 4812, comuna de Estación Central, en atención a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que se exponen a continuación. Señala que su representada es dueña de un pagaré suscrito a su orden por el demandado por la suma de $1.045.555, pagadero en una única cuota, con vencimiento el 11 de julio de 2019. Indica que en caso de mora o simple retardo en el pago se devengarían intereses penales a una tasa equivalente al máximo convencional vigente por todo el periodo de mora o simple retardo. Expone que el deudor incumplió su obligación de pago a la fecha de vencimiento del documento, adeudando $1.045.555, más intereses pactados y costas. Señala que la firma del suscriptor puesta en el pagaré se encuentra autorizada por Notario Público. Además, que la deuda es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. Previas citas legales, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Daniel Andrés Cerda Fernández, ya individualizado, y, con su mérito, despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma señalada, más intereses pactados, y seguir adelante con la ejecución hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas. Por resolución de 11 de mayo de 2021, se tuvo por notificado y requerido de pago al ejecutado, a petición de este último en presentación de folio 23. A través de dicha presentación, el demandado opuso la excepción contemplada en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, confiriéndose el traslado respectivo, el cual no fue evacuado. C-27347-2019 Foja: 1 Por resolución de 25 de mayo de 2021, se declaró admisible la excepción opuesta, se omitió la recepción de la causa a prueba, y, acto seguido, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 1, comparece Francisco Javier Sepúlveda Figueroa, abogado, en representación de CAT Administradora de Tarjetas S.A, interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de Daniel Andrés Cerda Fernández, ya individualizado, y, con su mérito, solicita despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma $1.045.555, más intereses pactados, y seguir adelante con la ejecución hasta hacer a su representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas, con costas, en razón de los fundamentos de hecho y derecho reseñados en lo expositivo de este fallo; SEGUNDO: Que el ejecutado opuso a la ejecución la excepción contemplada en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva, argumentando que a entre la fecha de mora -11 de julio de 2019- y la notificación de la demanda, ha transcurrido con creces el plazo de prescripción dispuesto por el artículo 98 de la Ley 18.092; TERCERO: Que la entidad ejecutante para sustentar su acción incorporó a los autos como título ejecutivo, un pagaré suscrito por el ejecutado a la orden de CAT Administradora de Tarjetas, con fecha 11 de julio de 2019, junto con contrato

Fallo

Por estas consideraciones, teniendo presente el mérito de autos y visto además lo dispuesto en los artículos 1545, 1698 y siguientes del Código Civil, artículos 144, 170, 434 y siguientes, 471 del Código de Procedimiento Civil, artículo 98 de la Ley 18.092, se resuelve que: I.- Se acoge la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta por el ejecutado mediante el segundo otrosí de su presentación de folio 23, y en consecuencia, se rechaza la demanda y se le absuelve de la ejecución. C-27347-2019 Foja: 1 II.- Se condena en costas a la ejecutante. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Rol C-27347-2019.- Dictada por don Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Mayo de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-05-31T16:44:14-0400

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C-27347-2019 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-27347-2019 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./CERDA Santiago, treinta y uno de Mayo de dos mil veintiuno VISTOS: Al folio 1, comparece Francisco Javier Sepúlveda Figueroa, abogado, en representación de CAT Administradora de Tarjetas S.A, sociedad del giro de su denominación, ambo

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