19º Juzgado Civil de Santiago

RIADI/

Rol

V-319-2020

Fecha

31 de mayo de 2021

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fecha 23 de diciembre de 2020, comparece don Pablo Chappuzeau Villanueva, abogado, cédula nacional de identidad N°9.258.211-6, y Yusun Hau Seves, abogado, cédula nacional de identidad N°16.606.504-6, ambos con domicilio en Rosario Norte N°555, oficina 1104, comuna de Las Condes, Santiago, en representación de don DANIEL ANTONIO RIADI MANUGUIAN, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°8.543.880-8, con domicilio en Av. Bernardo Larraín Cotapos N°12.654, Casa 105, comuna de Lo Barnechea, Santiago, y solicita se le conceda autorización para donar en favor de los hijos del representado don PABLO FERNANDO RIADI ÁVALOS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°19.690.102-7; don MIGUEL ALEJANDRO RIADI ÁVALOS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°21.519.539-2 y don ANDRÉS DANIEL RIADI ÁVALOS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°20.428.340-0, todos con domicilio en Av. Bernardo Larraín Cotapos N°12.654, Casa 105, comuna de Lo Barnechea, Santiago, a título gratuito y a causa de mera liberalidad: el equivalente al 30% del total los derechos sociales de la Sociedad, de la siguiente forma, a sus tres hijos: a) Un 10% de los derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES EL REMANSO PAM LIMITADA, a su hijo PABLO FERNANDO RIADI ÁVALOS. b) Un 10% de los derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES EL Foja: 1 REMANSO PAM LIMITADA, a su hijo MIGUEL ALEJANDRO RIADI ÁVALOS. c) Un 10% de los derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES EL REMANSO PAM LIMITADA, a su hijo ANDRÉS DANIEL RIADI ÁVALOS. El Solicitante es dueño de derechos sociales en la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES EL REMANSO PAM LIMITADA, Rol Único Tributario N°76.664.580-1 (en adelante indistintamente la “Sociedad”), la cual fue constituida por escritura pública otorgada con fecha 23 de agosto del año 2004 ante doña Leonor Gutiérrez Gatica, Notario Público Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, de don Cosme Fernando Gomila Gatica, con la razón social Inmobiliaria e Inversiones El Remanso Limitada. Un extracto autorizado de la señalada escritura pública de constitución de la Sociedad se encuentra inscrito a fojas 28.047, número 20.831, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2004. Los estatutos de la Sociedad han sido reformados en dos ocasiones. La primera, por escritura pública otorgada con fecha 28 de mayo de 2009 ante don Félix Jara Cadot, Notario Público Titular de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, mediante la cual se modificó la razón social a la actual, quedando como INMOBILIARIA E INVERSIONES EL REMANSO PAM LIMITADA. Un extracto autorizado de la referida escritura pública de reforma de estatutos sociales se encuentra inscrita a fojas 34.001, número 23.224, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009. La segund

Fallo

se declara: Que ha lugar a lo solicitado con fecha 23 de diciembre de 2020, y en consecuencia, se autoriza a don DANIEL ANTONIO RIADI MANUGUIAN, ya individualizado, para que done por mera liberalidad en favor de sus hijos don PABLO FERNANDO RIADI ÁVALOS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°19.690.102-7; don MIGUEL ALEJANDRO RIADI ÁVALOS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°21.519.539-2 y don ANDRÉS DANIEL RIADI ÁVALOS, la donación del 60% de sus derechos sociales, es decir, el equivalente al 30% del total los derechos sociales de la Sociedad, de la siguiente forma, a sus tres hijos: a) Un 10% de los derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES EL REMANSO PAM LIMITADA, a su hijo PABLO FERNANDO RIADI ÁVALOS. b) Un 10% de los derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES EL REMANSO PAM LIMITADA, a su hijo MIGUEL ALEJANDRO RIADI ÁVALOS. c) Un 10% de los Foja: 1 derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES EL REMANSO PAM LIMITADA, a su hijo ANDRÉS DANIEL RIADI ÁVALOS. Regístrese. RESOLVIO DOÑA JACQUELINE BENQUIS MONARES, JUEZA TITULAR DEL DECIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Mayo de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada co

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Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-319-2020 CARATULADO : RIADI/ Santiago, treinta y uno de Mayo de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fecha 23 de diciembre de 2020, comparece don Pablo Chappuzeau Villanueva, abogado, cédula nacional de identidad N°9.258.211-6, y Yusun Hau Seves, abogado, cédula nacional

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