2º Juzgado de Letras de Quillota

MUÑOZ/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA

Rol

C-467-2021

Fecha

31 de mayo de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que, con fecha 15 de abril de 2021, comparece don Carlos Isaac Muñoz Carrasco, chofer de maquinaria, domiciliado en Pasaje El Dorado N°1103, Villa Coopreval, Quillota, y deduce demanda en juicio ordinario de declaración de prescripción extintiva de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble que constituye su domicilio civil, ubicado en Pasaje El Dorado N°1103, Villa Coopreval, Quillota, en contra de la I. Municipalidad de Quillota, representada por su Alcalde don Luis Mella Gajardo, médico cirujano, domiciliados en calle Maipú N°330, de Quillota, solicitando se declaren prescritas las cuotas señaladas, desde el año 2011, a la cuota N°9 del año 2015. Funda su demanda, señalando que en los registros municipales, en las nóminas de cuotas de aseo, se registra deuda por tal concepto que afecta al inmueble ubicado en Pasaje El Dorado N°1103, Villa Coopreval, Quillota, desde el año 2011 a la fecha. Que, los artículos 2514 y 2515 del Código Civil, permiten la extinción de los derechos y acciones, siendo para el caso de las acciones ordinarias el plazo de 5 años desde que la obligación se haya hecho exigible, por lo que solicita la prescripción de las cuotas insolutas por concepto de aseo domiciliario, respecto de las cuotas desde el año 2011 a la cuota 9 del año 2015, por cuanto, ha transcurrido el plazo para que dichas obligaciones prescriban. Que, con fecha 24 de mayo de 2021 contesta la demandada. Que, con fecha 28 de mayo de 2021, replica la demandante. Que, con fecha 31 de mayo de 2021, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, con fecha 15 de abril de 2021, comparece don Carlos Isaac Muñoz Carrasco, chofer de maquinaria, domiciliado en Pasaje El Dorado N°1103, Villa Coopreval, Quillota, y deduce demanda en juicio ordinario de declaración de prescripción extintiva de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble que constituye su domicilio civil, ubicado en Pasaje El Dorado N°1103, Villa Coopreval, Quillota, en contra de l

Fallo

se declarará en definitiva. SEXTO. Que la prueba que no se analiza en lo particular, en nada influye en lo dispositivo de esta sentencia. Por las consideraciones anotadas y visto, además lo dispuesto en los artículos 1698, 2492, 2493,2513 y 2515 del Código Civil, 144, 160, 170, 342, 346 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.-Que, se acoge la demanda deducida con fecha 15 de abril de 2021, por don Carlos Isaac Muñoz Carrasco, en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, ambos ya individualizados, y se declara que se encuentra prescrita la acción de la demandada para el cobro de derechos municipales por concepto de extracción de basura que afectan al inmueble ubicado en Pasaje El Dorado N°1103, Villa Coopreval Quillota, desde el año 2011, a la cuota N°9 del año 2015. II.-Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la demanda. Dictada por Patricia Zavala Astudillo, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, treinta y uno de Mayo de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-467-2021 CARATULADO : MU OZ/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTAÑ Quillota, treinta y uno de Mayo de dos mil veintiuno. Vistos: Que, con fecha 15 de abril de 2021, comparece don Carlos Isaac Muñoz Carrasco, chofer de maquinaria, domiciliado en Pasaje El Dorado N°1103, Villa Coopreval, Qui

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica