1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SAAVEDRA/CORPORACION EDUCACIONAL EDUCA QUILICURA

Rol

O-6300-2021

Fecha

15 de julio de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: PRIMERO: Que con fecha 10 de noviembre de 2021 comparece TATIANA VALERIA SAAVEDRA GAJARDO, Rut: 19.857.533-k soltera, técnico de párvulos; domiciliada para estos efectos en calle Neptuno Nº 852, en la comuna de Lo Prado, quien deduce demanda en Procedimiento Ordinario por Despido Injustificado y Cobro de Prestaciones Laborales, en contra de su ex –empleador, la CORPORACION EDUCACIONAL EDUCA DE QUILICURA, Rut.: 65.154.718-0, empresa del giro de su denominación, representada en conformidad con el articulo 4º de Código del Trabajo, por don SERGIO CONTRERAS LUENGO, cedula de identidad: 10.715.129-k, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo; ambos domiciliados en Lo Ovalle N°285, comuna de Quilicura. Explica que a partir del día 01 de Mayo de 2019, ingresó a prestar servicios bajo dependencia y subordinación en los términos del art. 7ª del Código del Trabajo; para la persona jurídica demandada principal, obligándose a cumplir sus labores como técnico de párvulos, según Contrato de Trabajo. Su remuneración mensual era de 550 mil pesos. Sostiene que el 04 de noviembre de 2021 se le indicó de forma verbal y por teléfono que estaba despedida. Dejó constancia en carabineros. Al 10 de noviembre no había llegado la carta a su domicilio, por lo cual dejó una constancia en la Inspección del Trabajo, en su página web. Cita las normas legales pertinentes y solicita, en definitiva, se acoja su demanda y se condene a la demandada a lo siguiente: 1.-Indemnización sustitutiva de aviso previo, equivalente a $ 550.000.- 2.- Feriado legal 2020 (16 días) $ 293.000.- 3.- Feriado Proporcional 2021 (10.5 días) $ 189.000.- 4.- Indemnización por años servicio (3 años) $ 1.650.000.- 5.-Recargo legal 50% art. 168 Código del Trabajo $ 825.000.- SEGUNDO: Que en tiempo y forma compareció la parte demandada, ya individualizada, la cual sostiene que la demandante se ausentó los días martes 9, miércoles 10 y jueves 11 de noviembre 2021, en forma injustificada, dando luga

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1698 del Código Civil y 63, 67, 71, 73, 160, 162 y 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: i- Que se acoge parcialmente la demanda de autos, solo en cuanto se condena a la demandada a pagar a la actora la suma de $189.000.-, por concepto de feriado proporcional adeudado. ii- Que se rechaza en todo lo demás la demanda. iii- Que cada parte pagará sus costas. iv- Que la suma ordenada pagar se reajustará conforme a lo que establece el artículo 63 del Código del Trabajo. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Notifíquese por correo electrónico y por estado diario. RIT : O-6300-2021 RUC : 21- 4-0365360-5 Pronunciada por don PABLO IGNACIO GOMEZ ZARATE, Juez Interino del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a quince de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, quince de julio de dos mil veintidós. Vistos: PRIMERO: Que con fecha 10 de noviembre de 2021 comparece TATIANA VALERIA SAAVEDRA GAJARDO, Rut: 19.857.533-k soltera, técnico de párvulos; domiciliada para estos efectos en calle Neptuno Nº 852, en la comuna de Lo Prado, quien deduce demanda en Procedimiento Ordinario por Despido Injustificado y C

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