2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CONTRERAS/MORENO

Rol

O-591-2022

Fecha

15 de julio de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 41, 42, 63, 73, 160 N°7, 162, 163, 168, 17,2 173, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 459, todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes se resuelve: I. Se acoge la acción de despido indirecto y cobro de prestaciones interpuesta por LUIS CARLOS CONTRERAS ESTAY en contra de JOSE MORENO Y CIA LTDA y por tanto se declara que el contrato de trabajo entre las partes terminó por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo por parte del empleador el día 18 de noviembre de 2021 en los términos del artículo 160 N°7 en relación al artículo 171 del Código del Trabajo. II. Se condena a la demandada JOSE MORENO Y CIA LTDA a pagar al demandante LUIS CARLOS CONTRERAS ESTAY: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $421.250 2. Indemnización por años de servicios correspondiente a $22.747.500 3. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios correspondiente a $11.373.750 4. Remuneraciones entre el 16 de abril de 2020 al 18 de noviembre de 2021 correspondiente a $7.353.834 5. Diferencia de remuneración del mes de marzo de 2020 al 06 de abril de 2020 por $181.502. 6. Feriado progresivo correspondiente a $75.252. 7. Feriado legal correspondiente a $294.882 8. Feriado proporcional correspondiente a $185.932. 9. Diferencia de feriado progresivo correspondiente a $168.504 III. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo cuando corresponda. IV. Se acoge la acción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales y por tanto se condena al demandado JOSE MORENO Y CIA LTDA a pagar al demandante LUIS CARLOS CONTRERAS ESTAY remuneraciones desde el despido indirecto ocurrido el 18 de noviembre del año 2021 hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales adeudadas a razón de $421.250 mensuales. Para efecto de la convalidación del des

Fallo

se resuelve: I. Se acoge la acción de despido indirecto y cobro de prestaciones interpuesta por LUIS CARLOS CONTRERAS ESTAY en contra de JOSE MORENO Y CIA LTDA y por tanto se declara que el contrato de trabajo entre las partes terminó por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo por parte del empleador el día 18 de noviembre de 2021 en los términos del artículo 160 N°7 en relación al artículo 171 del Código del Trabajo. II. Se condena a la demandada JOSE MORENO Y CIA LTDA a pagar al demandante LUIS CARLOS CONTRERAS ESTAY: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $421.250 2. Indemnización por años de servicios correspondiente a $22.747.500 3. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicios correspondiente a $11.373.750 4. Remuneraciones entre el 16 de abril de 2020 al 18 de noviembre de 2021 correspondiente a $7.353.834 5. Diferencia de remuneración del mes de marzo de 2020 al 06 de abril de 2020 por $181.502. 6. Feriado progresivo correspondiente a $75.252. 7. Feriado legal correspondiente a $294.882 8. Feriado proporcional correspondiente a $185.932. 9. Diferencia de feriado progresivo correspondiente a $168.504 III. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo cuando corresponda. IV. Se acoge la acción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales y por tanto se condena al demandado JOSE MO

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA QUINCE DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA CATORCE (ZOOM) RUC 22-4-0381735-3 RIT O-591-2022 MAGISTRADO VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 11:29 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:12 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2240381735-3-1

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