14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ IVÁN MARCELO FUENZALIDA ULLOA

Rol

O-3457-2024

Fecha

2 de septiembre de 2024

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 04 de junio del 2024, aproximadamente a las 01:10 de la mañana, el imputado Ivan Marcelo Fuenzalida Ulloa fue sorprendido por funcionarios de Carabineros conduciendo el vehículo placa patente HKPW.63, marca Land Rover, modelo Discovery, color blanco, año 2016, por la comuna de La Florida, específicamente Av. Julio César, en dirección al sur, llegando a la intersección con calle Rafael Matus, haciendo ingreso a un block de departamentos ubicados en calle Santa Raquel N° 4416 de la misma comuna, cuya entrada es por la calle Rafael Matus. Fuenzalida Ulloa es detenido por Carabineros, en los instantes que descendía del automóvil indicado, llevando la llave de contacto en una de sus manos, es por esa razón, que el imputado, podía o no podía menos que conocer que el vehículo que conducía tenía un encargo por robo con intimidación, el cual afectó a la víctima doña Ximena Riveros Pérez el día 03 de junio del 2024 a las 22:45 horas, hecho denunciado en la 49° Comisaría de Quilicura, conforme al parte policial N° 4461, esto en atención a la cercanía temporal entre la ocurrencia del robo con intimidación y la detención del imputado a bordo del vehículo sustraído”. Delito y grado de desarrollo Receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A inciso 3 del Código Penal, en grado de ejecución consumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes Art. 11 N° 6 y N° 9 del Código Penal. Agravantes No concurren. SE DECLARA: I. Que se CONDENA al acusado IVÁN MARCELO FUENZALIDA ULLOA, ya individualizado, en calidad de autor del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el 456 bis A del Código Penal, en grado de consumado, a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio Código: YQXYXPUQDDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl público du

Fallo

SE DECLARA: I. Que se CONDENA al acusado IVÁN MARCELO FUENZALIDA ULLOA, ya individualizado, en calidad de autor del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el 456 bis A del Código Penal, en grado de consumado, a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio Código: YQXYXPUQDDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl público durante el tiempo de la condena, multa de Una Unidad Tributaria Mensual, ello en razón del hecho cometido con fecha 4 de junio de 2024, en la comuna de La Florida. II. Que la pena corporal impuesta se le sustituye por remisión condicional de la misma, debiendo quedar sujeto a la observancia de Gendarmería de Chile por el término de la condena; para este efecto, el imputado debe presentarse en el Centro de Reinserción Social Santiago Oriente, el día 10 de octubre del presente año a las 09:00 horas. Se le apercibe que en el evento de no presentarse en la fecha indicada o incurrir en incumplimiento de la sanción sustitutiva, esta puede ser intensificada en sus condiciones o sustituida por reclusión nocturna domiciliaria o penitenciaria o por cumplimiento efectivo de la condena. En el evento de cumplimiento efectivo, el imputado registra como abono el día 4 de junio del 2024, en que estuvo detenido para el control de detención. III. Que para efectos del pago de la multa impuesta se conceda al imputado el pla

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TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2400633094-7 RIT : 3457-2024 IMPUTADO : IVÁN MARCELO FUENZALIDA ULLOA Cédula de Identidad : 20.615.833-6 Fecha de nacimiento : 10.10.2001 Nacionalidad : Chilena Estado civil : Soltero Domicilio : Pasaje Darwin Nº 1285, La Florida PROCEDIMIENTO : Abreviado Fecha de sentencia : Santiago, a dos de septiembre de dos mil veinticuatro JUEZ : VERÓNICA

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