VILCHES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA
Rol
C-1132-2021
Fecha
29 de mayo de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 17.03.2021, comparece FRANCISCO JAVIER VILCHES PONCE, c dula de identidad n mero 16.796.968-2, no indica profesi n u oficio,é ú ó domiciliado en Santa Filomena Sitio N 23-B, comuna de Colina, Regi n Metropolitana;º ó e interpuso demanda en juicio ordinario sobre prescripci n extintiva de las acciones deó cobro de permiso de circulaci n para veh culos motorizados en contra de la ó í ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA, Rut N 69.071.500-7, representada por su Alcaldeº don Mario Antonio Olavarr a Rodr guez, c dula nacional de identidad N 7.591.497-0,í í é ° ambos domiciliados en calle Colina N 700, comuna de Colina, solicitando que se declareº la prescripci n que indica.ó Expuso ser due o del ñ cami n marca Volkswagen, modelo 16.220, a o 1996, deó ñ placa patente/inscripci n NL-2195-8ó y que por concepto de permisos de circulaci n seó debe el pago de los siguientes per odos: a o 2013, la suma de $347.260; a o 2014, laí ñ ñ suma de $321.452; a o 2015, la suma de $292.216; a o 2016, la suma de $265.496; a oñ ñ ñ 2017, la suma de $239.759; a o 2018, la suma de $210.561; a o 2019, la suma deñ ñ $183.863; a o 2020, la suma de $156.739.-ñ Dijo que de los per odos adeudados, se encuentran prescritas las deudas queí corresponden a los per odos 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017 inclusive, por un total deí $1.466.183 (un mill n cuatrocientos sesenta y seis mil ciento ochenta y tres pesos).ó Indic que en virtud de lo dispuesto en el art culo 2521 del C digo Civil, laó í ó acci n con la que cuenta la demandada para cobrar la deuda por concepto impuestosó adeudados por permisos de circulaci n, prescribe en el plazo de 3 a os y que no haó ñ existido interrupci n alguna en dicho tiempo, por lo que sta se encuentra prescrita.ó é HS C-1132-2021 Foja: 1 Solicit acoger la demanda a tramitaci n y en definitiva, declarar la prescripci nó ó ó de las acciones para el cobro del impuesto por permiso de circulaci n adeudado por losó per odos se alados.í ñ Con fecha 16.04.2021, a folio
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. De conformidad a lo dispuesto por el art culo 2.521 del C digoí ó Civil, Prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de las“ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos . En la especie, se trata de la” acci n de cobro de permiso de circulaci n.ó ó SEGUNDO. El art culo 12 de la Ley 3.063 sobre Rentas Municipales, expresaí que “los veh culos que transitan por las calles, caminos y v as p blicas ení í ú general, estar n gravados con un impuesto anual por permiso de circulaci n, aá ó beneficio exclusivo de la municipalidad respectiva .” A su vez el art culo 15 establece que la renovaci n de los permisos de este tipo deí ó veh culos (cami n) se efectuar dentro del mes de septiembre de cada a o, por lo que laí ó á ñ exigibilidad de cada cuota anual ha de contarse desde dicha fecha. TERCERO. El certificado o resumen de deuda de 02.11.2020, relativa a la PPU NL 2195-8 correspondiente al cami n marca Volkswagen, modelo 16.220, a o 1996ó ñ , acompa ado por el actor, valorado en conformidad a la ley, no objetado; unido al hechoñ de que la demandada no discuti la obligaci n ni su monto, demuestra la existencia deó ó la deuda (o cr dito en favor de la Municipalidad de Colina), que abarca los permisos deé los a os 2013 al 2020.ñ CUARTO. Por consiguiente, atendida la fecha en que las obligaciones de pagar los permisos de circulaci n de cada a o se hicieron exigibles, procede acoger la demandaó ñ respecto de las cuotas que van desde el a o 2013 hasta el a o 2017, por haberseñ ñ cumplido el plazo de 3 a os previsto en la ley.ñ Y visto adem s lo dispuesto en los art culos 160, 170, 254, 342 del C digo deá í ó Procedimiento Civil; de los art culos 1.437 y siguientes, 1.545, 1.698, 2.521 del C digoí ó Civil, y el Decreto Ley 3.063: I. Que se ACOGE la demanda entablada por FRANCISCO JAVIER VILCHES PONCE, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA, y
Fallo
se declaran prescritas las acciones que ten a esta ltima para el cobro de los permisosí ú C-1132-2021 Foja: 1 de circulaci n del veh culo placa patente nica NL 2195-8 que vencieron entre el a oó í ú ñ 2013 y el a o 2017, ambos inclusive.ñ II. Que no se condena en costas por no haber mediado oposici n.ó Reg strese y notif quese, en su oportunidad arch vese.í í í Rol C-1132-2021 PRONUNCIADA POR PATRICIA MICHEL IBACACHE TOLEDO, JUEZA TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DE COLINA. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Colina, veintinueve de Mayo de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-05-29T13:43:57-0400
Texto Completo (Preview)
C-1132-2021 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Colina CAUSA ROL : C-1132-2021 CARATULADO : VILCHES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA Colina, veintinueve de Mayo de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 17.03.2021, comparece FRANCISCO JAVIER VILCHES PONCE, c dula de identidad n mero 16.796.968-2, no indica profesi n u oficio,é ú ó domiciliado en Santa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica